Decreto 0403 de 21-02-2012
Ministerio de Comercio. Por el cual se modifica el Decreto 4946 del 30 de diciembre de 2011.
Categorías: Decreto, Ministerio de Comercio, Por Clase, Por Entidad, Por Tipo de Norma, Tributaria
Ministerio de Comercio. Por el cual se modifica el Decreto 4946 del 30 de diciembre de 2011.
DIAN. Precios de referencia.
Ministerio de Agricultura. Por medio de la cual se fijan los precios del ganado bovino para efectos tributarios correspondientes a la vigencia fiscal del año 2011.
DIAN. Preguntas alredor del art.173 de la Ley 1450 de 2011 y su decreto reglamentario 3590 de 2011.
DIAN. Devolución de IVA pagado por reaprovisionamiento de combustible para buques y aeronaves.
DIAN. Plazo para presentar información año 2012.
DIAN. En relación con la solicitud que plantea en el radicado de la referencia, me permito manifestarle que este despacho mediante oficio 042923 de 2010 se pronunció frente a la procedencia de la exención de gravamen arancelario contemplada para las importaciones de vehículos especiales; pronunciamiento del cual remito copia para su conocimiento.
DIAN. Deducciones por indemnizaciones ocasionadas por despidos.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
DIAN. Por la cual se prescriben los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2012 y se fijan los precios de venta al público.
Concejo de Santiago de Cali. Por medio del cual se estructura el Estatuto Tributario Municipal.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta el Artículo 102 de la Ley 1450 de 2011.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2915 de 2011.
Ministerio de Comercio. Por el cual se dictan disposiciones en materia del ejercicio de aplicación voluntaria de las normas internacionales de contabilidad e información financiera.
DIAN. Por la cual se establecen nuevos Grandes Contribuyentes y se excluyen algunas sociedades y entidades de esta calificación.
DIAN. Por la cual se modifican unos plazos para presentar la información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecida en las Resoluciones 011423, 011425, 011427, 011428 y 011429 de 2011, se aclara la denominación de una casilla de la especificación técnica de un formato y se modifican los literales j) de los artículos 1° y 2° de la Resolución 011429 de 2011.
Secretaría de Hacienda de Bogotá. Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB.
Congreso de Colombia. Por medio de la cual se garantiza la igualdad salarial y de retribución laboral entre mujeres y hombres, se establecen mecanismos para erradicar cualquier forma de discriminación y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se garantiza la operación del Sistema General de Regalías.
Departamento Nacional de Planeación. Por el cual se determinan los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2012.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1429 de 2010 y el artículo 616-1 del Estatuto Tributario.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reajustan los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2012.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario.
Congreso de Colombia. Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica el artículo 2.36.3.1.3 del Decreto 2555 de 2010 en relación con las transferencias temporales de valores.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifican el literal h) del numeral 2 y el literal a) del numeral 5 del artículo 6.2.2.1.3 del Decreto 2555 de 2010 y se adiciona un artículo al Título 2 Libro 2 de la Parte 6 del Decreto 2555 de 2010.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010.
Congreso de Colombia. Por medio de la cual se crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social y ecológica o en situación de desastre o calamidad pública.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica el Título 2 del Libro 4 de la Parte 10 del Decreto 2555 de 2010, en relación con el Consejo Asesor para el Programa Banca de las Oportunidades.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se adiciona el Decreto 2555 de 2010, en relación con las normas y principios que deben observarse para la fijación, difusión y publicidad de las tarifas y precios de los productos y servicios financieros.
DIAN. Derecho a devolución para productores de bienes exentos.
DIAN. Intereses pagados a entidad financiera española frente al Tratado para evitar la doble tributación entre Colombia y España.
DIAN. Notificaciones en procesos de fiscalización.
DIAN. Alcance de los beneficios establecidos en la Ley para generación y formalización del empleo con relación a las sociedades Administradoras de Riesgos Profesionales.
DIAN. Presentación de declaración sin pagar anticipo y con solicitud de compensación, acogiéndose, a la vez, al beneficio de auditoría.
DIAN. Declaraciones presentadas por exportadores con IVA descontable y ceros ingresos para efecto del derecho a devolución.
DIAN. Notificación del mandamiento de pago en cobro coactivo de obligaciones tributarias.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se reglamenta el artículo 74 de la Ley 1328 de 2009 y se modifican algunas disposiciones en materia de instrumentos financieros derivados y de productos estructurados.
Superindustria y Comercio. Ampliar término previsto en los numerales 1.1.4.10, inciso 5° y 1.1.9, inciso 2° del Capítulo I del Título VIII de la Circular Única.
Supersolidaria. Modificación Capítulos XII y XIV de la Circular Básica Contable y Financiera número 004 de 2008.
DIAN. Obligatoriedad de pago electrónico para Grandes Contribuyentes.
DIAN. Régimen especial para entidades sin ánimo de lucro con fines educativos.
DIAN. Convenios de Doble Imposición. Colombia – Chile.
DIAN. Tratamiento tributario para el servicio de software en el tratado comercial de Colombia con Canadá.
DIAN. Plantea una situación fáctica en la que un deudor de impuestos nacionales pretende eliminar su obligación mediante la entrega en dación en pago de la posesión sobre un inmueble que aparece registrado en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de otra persona jurídica y consulta sobre la viabilidad de aceptar tal posesión, en vista de la insistencia de la Dirección Seccional que adelanta el proceso de cobro.
DIAN. Ineficiencia de las declaraciones de retención en la fuente.
DIAN. Revocatoria directa de actos administrativos con relación a los derechos de explotación sobre juegos de suerte y azar.
DIAN. Beneficios tributarios a favor de extranjeros contemplados en Convenios Internacionales.
DIAN. Por la cual se señalan los contribuyentes, responsables, agentes de retención y usuarios aduaneros y demás obligados, que deben presentar las declaraciones y diligenciar los recibos de pago a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Corte Constitucional. Condiciones establecidas por el legislador para que el contribuyente nacional tenga derecho al descuento tributario por impuestos pagados en el exterior, desconoce los principios de equidad y progresividad tributaria.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 y el régimen de patrimonio adecuado de las entidades aseguradoras.
DIAN. Formalidades para solicitar conceptos a la subdirección de gestión jurídica de la DIAN.
Ministerio de Transporte. Por la cual se determina la base gravable de los vehículos de carga y colectivo de pasajeros, para el año fiscal 2012.
Ministerio de Transporte. Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automóviles, camperos, camionetas, motocicletas y motocarros, para el año fiscal 2012.
DIAN. Por la cual se regula la inscripción y actualización del Registro Único Tributario (RUT), a través de las Cámaras de Comercio.
DIAN. Responsables de IVA no obligados a llevar libros de contabilidad, sólo pueden registrar impuestos descontables en el período fiscal correspondiente a la fecha de pago o dentro de los dos bimestres siguientes.
DIAN. Presentación de declaraciones tributarias. Procedimiento para subsanar por medios electrónicos declaraciones presentadas en forma litográfica.
DIAN. Descuento sobre la renta, para usuarios industriales de servicios públicos domiciliarios.
DIAN. Deducción especial por inversión en activos fijos reales productivos.
DIAN. Descuento sobre la renta no puede concurrir con deducción.
DIAN. Declaración y pago de retenciones en la fuente presentadas en medios electrónicos.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Se basa la consulta objeto de estudio en señalar si el término de cinco (5) meses establecido en el artículo 150 de la Ley 142 de 1994 es aplicable frente a investigaciones por desviaciones significativas a usuarios no regulados del servicio eléctrico.
Corte Constitucional. Declarar EXEQUIBLE la expresión “igual o superior a ochenta y dos mil (82.000) UVT”, contenida en el artículo 15 de la Ley 1430 de 2010.
Corte Constitucional. Declarar la EXEQUIBILIDAD del inciso final del artículo 8º de la Ley 1430 de 2010, en el entendido de que el término allí previsto consagra una prescripción especial a la facultad sancionatoria, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente sentencia.
Corte Constitucional. Declarar INEXEQUIBLE la expresión “más las sanciones de que trata el artículo 670 de este Estatuto siempre que estas últimas no superen diez mil (10.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes” del artículo 18 de la Ley 1430 de 2010.
DIAN. Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2012.
DIAN. Preocedimiento para inscribirse en el RUT cuando además de la actividad principal como hotelero se ejerce actividad como profesional en comercio de divisas.
DIAN. Precisiones sobre el descuento tributario para usuarios industriales con respecto al valor de la sobretasa al sector eléctrico.
DIAN. Aplicación de la deducción por inversión en activos fijos reales productivos mediante adquisición por el sistema leasing.
DIAN. Causación de intereses en el pago de la contribución especial en contratos de obra pública.
DIAN. Tarifa aplicable a ingresos provenientes de exportación de productos mineros.
DIAN. Aplicación de sobretasa al consumo de energía eléctrica por parte de la industria minera.
DIAN. Aplicación de nuevos mecanismos de control para devolución de saldos a favor.
DIAN. Exenciones. Traslados exentos. Redención de C.D.T.
DIAN. Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente.
DIAN. Alcance de la deducción por contribuciones a Fondos de Pensiones de Jubilación e invalidez, y fondos de cesantías.
DIAN. Límite de ingresos que genera la obligación de presentar declarción de renta para asalariados.
DIAN. Deducciones por inversión en activos fijos.
DIAN. Exenciones. Traslado de recursos de cuentas a inversiones.
DIAN. Obligados a declarar – Asalariados.
DIAN. Firmeza de actos administrativos por agotamiento de la vía gubernativa, y efecto de sentencias declarativas de nulidad.
DIAN. Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 07 de 2008, sobre competencia funcional y territorial de la DIAN.
DIAN. Este Despacho está facultado para absolver en forma general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias, en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
DIAN. Los proveedores de las sociedades de Comercialización Internacional tienen la condición de agentes de retención en operaciones exentas con derecho a devolución.
DIAN. Vigencia restrigida de la autorización para excluír de la base del impuesto al patrimonio del año 2011, los bienes afectados por ola invernal.
DIAN. Sustitución del importador.
DIAN. Exenciones y exclusiones para importación de alimentos y combustibles desde países vecinos al Departamento de Amazonas.
Ministerio de Comercio. Por la cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 1171 de 2007.
DIAN. Por la cual se señala el contenido y las características técnicas para la presentación de la información que deben suministrar mensualmente las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 58 de la Ley 863 de 2003 y en el Decreto 4660 de 2007.
DIAN. Por la cual se señala el contenido y características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por los grupos empresariales, correspondiente al año gravable 2011.
DIAN. Por la cual se establece para el año gravable 2011, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
DIAN. Precisiones para diferenciar interposición de recurso contra actos de la administración tributaria y la formulación de queja por omisión de deberes de los funcionarios de la DIAN.
DIAN. Por la cual se establece para el año gravable 2011, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
DIAN. Por la cual se establece para el año gravable 2011, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.