Entre el 9 de agosto y 6 de septiembre son los plazos establecidos por el Gobierno Nacional para que las Personas Naturales cumplan con la obligación de presentar la Declaración de Renta ante la DIAN. De acuerdo con las normas contenidas en los Artículos 592 a 594-3 del Estatuto Tributario y en el Artículo 7 del Decreto 4907 del 26 de diciembre de 2011, las Personas Naturales deben cumplir con un total de seis requisitos para quedar exoneradas de la obligación de presentar su Declaración de Renta. En consecuencia, quienes incumplan alguno de estos requisitos, quedarían de manera inmediata obligados a presentar la respectiva declaración.
En este especial te aclaramos, con análisis y casos, las situaciones probables como la declaración del patrimonio conyugal, el cálculo de este impuesto con pequeños empresarios, las retenciones en la fuente a los trabajadores independientes, beneficios de auditoría, la conveniencia de presentar declaraciones de renta en perdidas, etc.

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