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MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
DECRETO 2417
26-06-2007
Por el cual se modifica el Decreto 4588 de 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 59 de la Ley 79 de 1988,
DECRETA:
ARTICULO 1º. PLAZO PARA ADECUAR ESTATUTOS Y EL REGIMEN DE TRABAJO Y COMPENSACIONES. Amplíese hasta el 30 de septiembre de 2007, el plazo establecido para que las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado ajusten sus estatutos y el Régimen de Trabajo y Compensaciones a lo dispuesto en el Decreto 4588 de 2006, y presenten las solicitudes con el fin de obtener las respectivas autorizaciones del Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia de la Economía Solidaria o demás superintendencias que vigilen y controlen la actividad especializada de éstas.
ARTICULO 2°. VIGENCIA, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotà D.C
DIEGO PALACIO BETANCOURT
Ministro de la Protecciòn Social.
ROSEMBERG PABÓN PABÓN
Director Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria
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