1. Activo
Son todos los bienes o derechos que posee una persona a su disposición y que le reportan un beneficio en razón de su valor.
2.Actos administrativos
Son actos administrativos todos los actos realizados por los Órganos de la Administración del Estado o por las autoridades administrativas en virtud de la potestad pública que la ley le otorga.
3. Agencia Oficiosa
Es un contrato por medio del cual una persona se encarga de la administración de los bienes de otro sin que exista mandato. En materia fiscal, solamente los abogados pueden actuar como agentes oficiosos para la contestación de requerimientos o para interponer recursos o para la presentación de las declaraciones.
4. Agente de Retención
Personas naturales o jurídicas y sociedades de hecho que efectúan pagos o abonos en cuenta generadores de ingresos gravados con los impuestos de renta y complementarios. En los impuestos sobre las ventas, IVA, timbre y, en algunos municipios o distritos, industria y comercio, también existen los agentes retenedores
5.Anticipos de impuestos
Pago anticipado de un impuesto con ocasión de una imposición legal emanada por las Autoridades Tributarias.
6.Autorretención
Es la retención en la fuente que realiza la misma persona jurídica que recibe el pago o abono en cuenta. La figura de la autorretención consiste en que el agente retenedor se abstiene de practicar la retención para que sea el mismo sujeto pasivo de la retención quien se la practique, en su calidad de autorretenedor, según los conceptos y tarifas que correspondan al pago o abono en cuenta.
7.Auto de Inspección Contable
Actuación administrativa por la cual la administración tributaria, mediante la evaluación, en un ente económico, de los libros de contabilidad y sus soportes, puede verificar la exactitud de las declaraciones para establecer la existencia de los hechos gravados y para verificar el cumplimiento de las obligaciones formales.
8.Auto de Inspección Tributaria
Medio de prueba en virtud del cual se realiza la constatación directa de los hechos que interesan a un proceso adelantado por la administración tributaria, para verificar sus existencia, características y demás circunstancias de tiempo, modo y lugar, en el cual pueden decretarse todos los medios de prueba autorizados por la legislación tributaria y ordenamientos legales.
9.Auto Inadmisorio
Acto administrativo emitido por la dirección de impuestos nacionales a través del cual se inadmite una solicitud del contribuyente (la inadmision conlleva la posibilidad de subsanar la inconsistencia por la cual se detuvo el procedimiento invocado por el contribuyente.)
10.Base Gravable
Es el valor monetario o la unidad de medida del hecho imponible al cual se le aplica la tarifa del impuesto.
11. Beneficio tributario
Incentivo otorgado por la administración de impuestos con el fin de favorecer al contribuyente en sus deudas o liquidaciones de impuestos y a la vez lograr mayores recaudos.
12. Bienes de capital
Son aquéllos que se utilizan para la producción de otros bienes, elementos y servicios. Bienes destinados a fines especiales. Son aquéllos bienes o derechos que se han trasmitido a una persona por medio de sucesión a través de donaciones o asignaciones modales.
13.Bonos para la paz.
Inversión obligatoria que recae sobre las personas naturales y jurídicas que posean a determinada fecha un patrimonio liquido superior a valores establecidos por la administración de impuestos. Diseñado con el fin de financiar actividades de las fuerzas armadas de Colombia.
14.Causalidad
Es el nexo o vínculo que entre los costos y las deducciones guardan con la actividad productora de la renta.
15. Certificados de reembolso tributario (CERT)
Son documentos libremente negociables que sirven para la cancelación de impuestos, tasas y contribuciones. Tienen por objeto el estímulo e incremento a las exportaciones y son entregados por parte del Banco de la República en títulos al portador. 16. Certificados de desarrollo turístico.
Es un estímulo fiscal que consiste en el otorgamiento de beneficios para el fomento de las inversiones en establecimientos hoteleros de importancia para el sector turístico nacional.
17. Certificado de retención
Es el documento que los agentes retenedores deben entregar anualmente a los sujetos de la retención en la fuente.
18.Contribuciones
Ingreso público ordinario, de carácter obligatorio y tasado proporcionalmente, que el Estado percibe de un grupo de personas destinado a un fin específico, del cual además del beneficio colectivo resulta una ventaja particular para los contribuyentes.
19.Contribuyente
Son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo, los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligación sustancial.
20. Compensación
Es el modo de extinguir las obligaciones; se presenta cuando dos o más personas son deudoras y acreedora s entre sí. Se requiere que la prestación de la obligación sea de la misma naturaleza. En materia impositiva sólo es procedente cuando así lo determine expresamente la ley de impuestos.
21. Comprobante de contabilidad.
El comprobante de contabilidad es el documento que debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en el cual se indicará el número, fecha, origen, descripción y cuantía de la operación, así como las cuentas afectadas con el asiento. A cada comprobante se anexarán los documentos que lo justifiquen.
22.Costo
Los costos representan erogaciones y cargos asociados clara y directamente con la adquisición o la producción de los bienes o la prestación de los servicios, de los cuales un ente económico obtuvo sus ingresos.
23.Declarante
Personas que por ley tienen la obligación de presentar declaración del impuesto a la renta y complementarios, ya que cumple con los requisitos establecidos por la ley tanto de patrimonio como de ingresos.
24. Declaraciones Aduaneras
Declaraciones relacionas con las importaciones y exportaciones de bienes y servicios ingresados o retirados del territorio nacional y que deben cumplir con los requisitos previamente establecidos por la administración de impuestos.
25. Declaraciones Tributarias
Declaración que recae sobre contribuyentes y no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y otros impuestos en el cual se consigna información relacionada con las operaciones y la actividad económica desarrollada por las personas naturales y jurídicas en un período de tiempo determinado. 26. Deducción
Son los gastos, expensas o egresos que efectúa el contribuyente dentro de la actividad productora de renta necesarios para la producción de la renta, ejemplo: los salarios, las prestaciones sociales, los viáticos, etc.
27.Devolución
Mercancías regresadas al enajenante por el adquiriente; la devolución también tiene efecto entre departamentos o secciones de un ente económico.
28.Día calendario
Para efectos tributarios es el día que se cuenta de corrido sin importar los sábados, dominicales y festivos.
29.Día Hábil
Para efectos tributarios son los días laborales comunes, sin tener en cuenta los sábados, dominicales y festivos.
30.Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales es una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual existe para coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.
31.Etapa de verificación
Plazo establecido por la administración de impuestos nacionales para verificar la información suministrada por los contribuyentes.
32. Exportador
Persona natural o Jurídica que vende y envía productos o mercancías o servicios desde un país a otro.
33. Exportaciones
Comprende las ventas y envío de productos o mercancías o servicios desde un país a otro.
34. Gravamen a los Movimientos Financieros
Impuesto instantáneo a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman, cuya causacion se da en el momento en que se produzca la disposición de los recursos objeto de la transacción financiera.
35.Importaciones
Conjunto de bienes y servicios que se introducen a un país procedentes del extranjero, a través del comercio internacional.
36.Importación con franquicia
Adquisición de mercancías en el exterior que, en virtud de un tratado, convenio o ley, goza de exención total o parcial de tributos aduaneros; con base en ella, la disposición de la mercancía estará restringida, salvo lo dispuesto en la norma legal que consagra el beneficio.
37. Importación temporal
Introducción al territorio nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de mercancías destinadas a la reexportacion en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en su uso y con base en la cual su disposición quedara restringida.
38. Impuestos
El impuesto es sin duda el más importante de los tributos que percibe el Estado en desarrollo de su finalidad. Podrimos definir el impuesto como el ingreso que obtiene el Estado, en virtud de su poder, respecto de quienes se suceda el hecho jurídico que la ley considera imponible. Es importante saber que existe más o menos un consenso básico entre los tratadistas en cuanto se refiere a la definición de impuestos. Por ultimo el claro que los impuestos son sin duda el principal recurso de los Estados contemporáneos, constituyéndose en el procedimiento más democrático que permite asegurar la atención de los gastos públicos.
39.Imputación
Es el modo como la administración de impuestos debe afectar las obligaciones cuantificadas de los contribuyentes cuando recibe pagos por estos.
40.Impuesto sobre la renta y complementarios
Es el impuesto directo más importante del orden nacional exigido a los sujetos pasivos sobre los ingresos realizados en un período gravable y constitutivos de enriquecimiento, pre via aceptación de los costos y gastos previamente señalados en la ley. El impuesto de renta y complementarios es un solo gravamen integrado por el impuesto de renta y los complementarios de ganancia ocasional y de remesas.
41. Impuesto de ganancias ocasionales
Es el impuesto complementario que grava aquéllos ingresos que se reciben esporádicamente; se obtienen de actividades que no hacen parte del giro ordinario de los negocios del contribuyente, o por azar o por la liberalidad de otras personas.
42.Impuesto de remesas
El giro o transferencia al exterior de rentas o ganancias ocasionales de fuente nacional (rentas obtenidas en Colombia), causa el denominado impuesto complementario de remesas sin que revista importancia el beneficiario o destinatario del giro.
43. Impuesto sobre las ventas
Impuesto al valor agregado; gravamen indirecto sobre la venta e importación de bienes corporales muebles no excluidos; sobre la prestación de servicios expresamente gravados; excepcionalmente, sobre la venta de activos fijos en el caso de intermediarios que negocian habitualmente a nombre y por cuenta de terceros, vehículos y activos fijos y sobre la venta de aerodinos.
44. Ingreso
Están representados por todo valor en dinero o en especie equivalente a un pago que se recibe por la realización de determinada labor o actividad. Constituyen la fuente del impuesto de renta y complementarios.
45. Ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional
Son aquéllos ingresos que en atención a circunstancias especiales o al fomento de sectores determinados de la economía se encuentran excluidos del impuesto; no obstante producir enriquecimiento en el patrimonio del sujeto pasivo.
46. Ingresos excluidos
Ingresos que de acuerdo a lo establecido por la administración de impuestos no generan gravamen alguno.
47.Ingresos exentos
Ingresos que de acuerdo a lo establecido por la administración de impuestos están gravado a un tarifa del cero (0%) por ciento.
48. Ingresos gravados
Ingresos que de acuerdo a lo establecido por la administración de impuestos generan gravamen a tasas determinadas.
49.Intereses moratorios
Costos o rendimientos causados sobre dinero obtenido en un préstamo, durante el tiempo que transcurre después del vencimiento de una obligación.
50. Libros de contabilidad
Documentos en los cuales un ente económico registra sus operaciones, aportes y el resultado de las reuniones de sus órganos de dirección, administración y control; el registro en ellos debe hacerse por medios de reconocido valor técnico como el manual, el electrónico y el mecanizado; los libros deben conformarse y diligenciarse en forma tal que se garantice su autenticidad e integridad y, de acuerdo con el uso a que se destinen, deben llevar una numeración sucesiva y continua.
51. Liquidación privada
Determinación por parte del contri buyente y responsable del impuesto a pagar o del saldo a su favor en sus declaraciones tributarias.
52.Liquidación oficial
Determinación por parte de las Autoridades Tributarias del impuesto a pagar o del saldo a favor, que debió haber liquidado el contribuyente y responsable en su liquidación privada.
53.Obligación Tributaria
Es un vínculo establecido por la ley a través del cual el Estado puede exigir una prestación económica a cargo de los contribuyentes o responsables, también llamados sujetos pasivos.
54.Pago de lo no debido
Un pago de lo no debido se genera cuando se hayan efectuado pagos con cargo a impuestos no administrados por la DIAN o a impuestos administrados por la DIAN y efectuados sin que existan causal legal para hacer exigible su cumplimiento.
55. Pagos en exceso
Se configuran pagos en exceso cuando se cancelan sumas mayores a las que figuren liquidadas por el responsable de la obligación tributaria o por la Administración (renta, ventas, retención en la fuente) sea que se efectúe en uno o varios recibos oficiales de pago y/o en la declaración tributaria privada, liquidaciones oficiales, fallos vía gubernativa o recursos de reconsideración o acciones de revocatoria directa y sentencias o demandas y apelaciones ante los tribunales administrativos o Consejo de Estado.
56. Pasivo
Un pasivo es la representación financiera de una obligación presente del ente económico, derivada de eventos pasados, en virtud de la cual se reconoce que en el futuro se deberá transferir recursos o proveer servicios a otros entes.
57.Patrimonio Bruto
Es el que está constituido por el total de los derechos reales y personales apreciables en dinero poseídos por el contribuyente dentro del país en el último día del año o período gravable, susceptibles de ser utilizados para la obtención de la renta.
58.Patrimonio Líquido
Es el patrimonio bruto, es decir, la suma de los activos a 31 de diciembre del año o período gravable menos las deudas.
59. Período Fiscal
Lapso durante el cual los contribuyentes cumplen con sus obligaciones tributarias; es definido por la ley tributaria.
60. Productor
Se considera productor quien agrega uno o varios procesos a las materias primas o mercancías.
61. Proporcionalidad
Procedimiento que deben seguir los responsables del impuesto sobre las ventas que enajenen bienes gravados, exentos y excluidos cuando realizan compras gravadas y no están en la capacidad de identificar que compra a que ingreso se asociara.
62.Prorrateo
Asignación de costos o gastos a una unidad administrativa en forma proporcional y de acuerdo con una base establecida.
63. Relación de causalidad
Es la relación que deben tener los gastos en que incurre un contribuyente con su negocio para poder hacerlos deducibles del impuesto sobre la renta.
64. Renta bruta
Es aquella utilidad que obtiene un contribuyente en el ejercicio de una actividad económica y que resulta de un proceso de depuración legalmente establecido.
65. Renta líquida
Está conformada por la renta bruta menos las deducciones que tengan causalidad con la actividad desarrollada por el contribuyente y cumplan con los demás requisitos legales.
66.Requerimiento ordinario
Es la comunicación que envía la administración de impuestos al contribuyente para que éste informe, aclare o presente pruebas relativas a hechos suyos consignados en su declaración. Puede hacerse tantas veces considere necesario la administración.
67.Requerimiento especial
Es la comunicación que envía la administración de impuestos a los contribuyentes, responsables, agentes retenedores o declarantes informándoles de los puntos que ésta pretenda modificar de una declaración. El requerido puede dentro de los tres meses siguientes formular las objeciones del caso, solicitar pruebas, etc., para su defensa.
68. Retención en la fuente a título de IVA
Sistema cuyo objeto es facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre las ventas; deberá practicarse cuando se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero.
69.Retención en la fuente a título de renta
Mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta y sus complementarios, establecido por el Gobierno Nacional con el fin de facilitar, acelerar, y asegurar su recaudo, en el mismo período gravable.
70.Saldo a favor
Se genera cuando el valor del impuesto liquidado es menor a los descuentos tributarios por sumas retenidas o impuestos descontables.
71. Saldo a pagar
Se genera cuando el valor del impuesto liquidado es mayor a los descuentos tributarios por sumas retenidas o impuestos descontables.
72.Sanción
En materia impositiva, las sanciones son la pena pecuniaria que el Estado le impone a los contribuyentes, agentes retenedores o responsables que infringen las normas de impuestos.
73.Signatario
Personas que por ley se encuentran obligadas a firmar las declaraciones tributarias.
74.Tasas
Obligación pecuniaria que el Estado exige como contraprestación de un servicio que está directamente relacionado con el sujeto pasivo. (Pago por el disfrute de un bien o servicio del cual quien paga se beneficia de forma directa)
75. Títulos de devolución de impuestos (TIDIS).
Son títulos valores de deuda pública interna expedidos por el Banco de la República , de valor nominal, libremente negociables mediante endoso y que sirven para cancelar los impuestos o derechos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dentro del año calendario siguiente a su fecha de expedición.
76. Vivienda de interés social
Para efectos tributarios se considera vivienda de interés social, la solución de vivienda nueva que se desarrolla para garantizar el derecho a la vivienda de personas de menores ingresos, cuyo precio al momento de su adquisición o adjudicación sea inferior o igual a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos legales mensuales, SMLM, ubicada en los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3.
77.Zona Franca
Área geográfica delimitada del territorio nacional, con el objeto primordial de promover y desarrollar el proceso de industrialización de bienes y de prestación de servicios, destinados a mercados externos y de manera subsidiaria al mercado nacional; sobre este territorio se aplicara un régimen legal especial en materia aduanera, cambiaria, de inversión de capitales y de comercio exterior, así como beneficios fiscales sobre la venta a mercados externos de bienes y servicios.
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
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