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Con Supersociedades, los Contadores aprendimos otra dura lección: la información que nos piden puede NO ser usada

Por: actualicese.com
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Publicado: 16 de Mayo de 2006

Luego de que los contadores y demás personal responsable de la información financiera en las entidades vigiladas y controladas por la Superintendencia de Sociedades nos trasnocharamos haciendo los 5 Estados Financieros del trimestre enero-marzo de 2006 (comparativos con los del mismo trimestre en el año 2005), pues debíamos entregarlos a mediados de Mayo de 2006 (tal como lo dispuso dicha superintendencia en su circular 007 de oct.19 de 2005), la noticia que nos llegó fue como un baldado de agua fría.

En efecto, la propia Superintendencia de Sociedades, en fecha mayo 11 de 2006, y a solo 4 días de empezar a vencerse los plazos para el suministro de información financiera trimestral del 2006, expidió su “Circular Externa 003 de 2006” en la cual comunicó su decisión de suspender la exigencia de dicha información trimestral.

¿Por qué se suspendió esta exigencia?

En el texto de esta nueva circular 003 de 2006 encontramos la siguiente motivación para ordenar la suspensión de la entrega de la información trimestral:

…este Despacho decidió suspender la obligatoriedad de su envío para las sociedades vigiladas, con el objeto de analizar, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de esta circular, la calidad y periodicidad de la información actualmente reportada.
Todo ello,  para establecer o buscar un justo equilibrio entre las cargas o costos de transacción que genera la solicitud de dicha información y la idoneidad de su contenido y divulgación, para una adecuada supervisión, ejercida con criterio constructivo y pedagógico, bajo los supuestos de mercado ampliado y competitividad, que plantea la actual realidad universal.”
(los resaltados son nuestros)

En efecto, la solicitud de información trimestral del año 2006 corría por cuenta de las sociedades “vigiladas” y las sociedades “controladas” por parte de la Superintendencia de Sociedades.

Nota: los términos inspeccionada, vigilada y controlada, y la explicación de  cómo una sociedad comercial puede llegar a estar en una cualquiera de tales categorías, las puedes encontrar en nuestro anterior editorial “Cuales sociedades deberán enviar informes a supersociedades durante el 2006?”.

Pero las sociedades controladas aún tienen la obligación

Sin embargo, en el texto de la resolución 003 de mayo de 2006 se observa que fue solo a las sociedades “vigiladas” a quienes se les suspende hasta nueva orden la obligatoriedad de entregar estados financieros trimestrales, lo que significa que las sociedades “controladas” no se les ha suspendido tal obligatoriedad.

Menciona la Superintendencia que lo que se desea es revaluar la calidad y periodicidad de la información que se debe entrar a exigir a las sociedades vigiladas, pues tal parece que exigirles información con periodicidad trimestral y con la calidad que se les exigió (se debía entregar los 5 estados financieros, con notas a los mismos,  certificados por el Representante legal y el Contador, e igualmente dictaminados por el Revisor Fiscal), es un trabajo “desgastante”, en términos de “costo-beneficio”.

¿Si se aprovechará toda la información financiera que nos exigen?

En efecto, todo ese trabajo y con esa periodicidad implica una gran cantidad de trabajo por parte del personal contable y financiero de las empresas y que quizás no iba a ser aprovechado como se esperaba por parte de los usuarios externos de tal información.

Debe recordarse que  el objetivo de la Superintendencia de Sociedades, al entrar a exigir más información por parte de las sociedades a quienes vigila, estuvo expuesto en su circular 007 de octubre de 2005 cuando dijo:

la Superintendencia de Sociedades pondrá en funcionamiento el Sistema de Información y Riesgo Empresarial, (SIREM), el cual podrá ser consultado en forma gratuita por cualquier persona en el país y en el mundo, a través de nuestra página Web, como un servicio público.
SIREM, como herramienta dirigida al mejoramiento de la competitividad y la generación de confianza, requiere de información contable y financiera actualizada, para mantener y profundizar la oportunidad de su relación con un mercado que exige reacciones y respuestas eficaces e inmediatas para el logro de aquellos propósitos, razón por la cual este Despacho convoca a las sociedades mercantiles a conocer, compartir y cumplir las siguientes instrucciones…”
(los resaltados son nuestros)

Es claro entonces que la información que exige la Supersociedades está encaminada a lograr lo que en teoría siempre se ha planteado: que la información financiera sí sea un bien publico de toda la comunidad interesada en ella, pues es la “materia prima” con la cual pueden tomar decisiones financieras y de inversión, decisiones sin las cuales no se mueve una economía

Pero hasta ahora, en nuestro país, el uso de la información financiera no es en verdad muy aprovechada por el publico en general (en nuestro país el uso de la Internet, que es el medio para acceder al SIREM,  es muy bajo todavía).

Tal información financiera solo es buscada por un pequeño grupo de inversionistas que sí desean saber donde colocar su riqueza. Así las cosas, en esta etapa incipiente de aprovechamiento de la información, se ve que es bastante desgastante para las empresas proveer demasiada información que no termina siendo aprovechada, algo que entendió la propia Supersociedades.

¿Qué aprendimos?

De todo lo anterior podemos extractar, como personas vinculadas a la profesión contable, las siguientes conclusiones:

  1. Definitivamente el mundo actual depende de la información financiera. Sin información financiera no hay toma de decisiones
  1. La responsabilidad por la exactitud y seriedad de tal información corre por cuenta de verdaderos profesionales en la materia quienes deben aprender a desarrollar estrategias para que tal información pueda ser ágilmente suministrada cuando sus usuarios externos (socios, proveedores, empleados, Estado) se la lleguen a exigir. Y ese es nuestro reto como Contadores de este nuevo siglo.
  1. Las entidades de vigilancia deberían, por lo menos, revisar los calendarios de entrega de información que nos aplican a los Contadores Públicos. La confluencia de múltiples obligaciones en las mismas épocas del año son el caldo de cultivo de errores y problemas de coherencia informativa, que es lo que terminamos haciendo los Contadores cuando estamos “hasta el cuello” de obligaciones. Por ejemplo: el primer trimestre del año es el más agitado, pues se hace el cierre anual del año inmediatamente anterior, se hacen declaraciones de renta, de impuesto al patrimonio, de precios de transferencia, reportes de medios magnéticos;  y al mismo tiempo se atienden las declaraciones de IVA, de industria y comercio y renovación mercantil para el año que está empezando;  se deben expedir certificados de retenciones en la fuente del año anterior, y un largo etcétera.
  1. Para quienes deben dictaminar los estados financieros de las entidades vigiladas (los Revisores Fiscales), es conveniente rediseñar sus estrategias de atención a este tipo de clientes, pues ya está claro que tales sociedades, en una economía globalizada, son responsables de estar suministrando cada vez más información. Ello implica incluso que deberán pensar en tener asistentes de revisoría con mayor presencia ante tales clientes, y no con visitas esporádicas como puede estar sucediendo en varios casos.

Debemos entonces quedar a la espera de qué seguirá pasando en el proceso de entrega de información de periodos intermedios ante las entidades de Vigilancia y Control (de seguro que se podrá esperar una reducción en la periodicidad y cantidad de información a suministrar)

Sin embargo, para los profesionales de la contaduría los retos que se plantean en relación con este tema (tener oportunamente preparada la información financiera que le pueden llegar a solicitar)  exigen el estar diseñando estrategias, con apoyo de sus clientes eso sí, para que tal trabajo pueda quedar hecho a la altura de lo que se espera de un profesional de la contaduría.

Y de igual forma, para los usuarios de tal información preparada por el profesional de la contaduría publica, lo conveniente es que se aprenda a valorar la importancia de tal trabajo para no sobrecargarla o demeritar el valor de la remuneración que se merecen (si deseas conocer de qué maneras se puede fijar el valor de los honorarios de un contador publico, haz clic aquí).

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    • Propuesta para un futuro sin evasión- [DIAN]
    • Resolución No. 3847 del 30 de Abril de 2008 - [actualicese.com]
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Hilos Conductores para el Contador Público del Futuro
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Lo legal y lo ilegal en la contratación del Servicio Doméstico
Conferencista: Dr. Alexánder Coral- Líder de Investigación Legal - actualicese.com
Duración: 48 minutos

3 Casos prácticos para la Declaración de Renta 2007 de Personas Naturales
Conferencista: Dr. Diego Hernán Guevara
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Material complementario:

  • [Archivo] Requisitos para Exoneración de la Presentación de la DR año 2007
  • [Archivo] ¿Cómo determinará un asalariado el valor de sus rentas exentas en su Declaración de Renta del 2007?

Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)


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