¿En qué normatividad se contemplan los factores que harían que una declaración tributaria se dé como no presentada? (Comentarios al artículo 580 del Estatuo Tributario).
Comentarios e ilustración con ejemplo de la norma contenida en el parágrafo 2 del artículo 588 del ET y que nos indica que si se debe presentar una nueva declaración tributaria para subsanar algunos de
los errores mencionados en el art.580 del ET y que implicaban que la declaración inicial se tome como no presentada, entonces en esa segunda declaración la sanción de extemporaneidad del artículo 641 del ET se calcula en forma reducida.
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