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Según resolución 114 del 31/08/2007 de la UIAF
Todos los comerciantes de vehículos reportarán la totalidad de sus operaciones mensualmente a la UIAF
El 31 de agosto de 2007 la UIAF expidió su resolución 114 con la cual deroga lo indicado en su resolución 092 de agosto 1 de 2007. Esta vez la exigencia de información sobre compraventa de vehículos se solicita por periodos mensuales (empezando con el mes de Noviembre de 2007) y no trimestrales. Además se pide reportar la totalidad de las operaciones sin importar el medio de pago utilizado.
La amortización de tales cuentas sí constituirá o un gasto deducible o un ingreso gravado, según corresponda.
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Hoja de Trabajo en Excel
Modelo para el cálculo de la sanción por corrección en una declaración de renta
Con el propósito de visualizar la forma en que se calcularía la sanción de corrección mencionada en el artículo 644 del ET, en esta herramienta se desarrollan dos casos prácticos en excel sobre la forma en que se aplicaría dicha sanción al caso de la corrección que se pretenda hacer a una declaración de renta
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No todas las pérdidas fiscales son compensables en las declaraciones de renta de los años siguientes
Duración: 12 minutos
Modalidad: Conferencia en línea
Costo: Ninguno.
De acuerdo con lo indicado en el inciso 6 del artículo 147 del ET, en algunos casos habría que tener presente que no todas las pérdidas fiscales que denuncie una sociedad comercial en una declaración de renta podrían ser compensables en sus declaraciones de renta de los periodos siguientes. En esta conferencia examinamos con un caso prático la aplicación de dicha norma
Contenido:
- Análisis a la norma contenida en el artículo 147 del ET según la cual las sociedades comerciales tienen la posibilidad de hacer compensaciones de sus perdidas fiscales originadas en sus declaraciones de renta.
- Ilustración con un caso práctico sobre la disposición contenida en el inciso 6 del artículo 147 según la cual no todas las pérdidas fiscales pueden ser compensables en las declaraciones de renta de los años siguientes
Haz click aquí para ver esta Conferencia
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Desde nuestro Blog Oficial
La mejor aria de Pavarotti
Cuando en la copa mundial de fútbol Italia 90 este magnífico tenor entonó el aria Nessun Dorma (“Que nadie duerma” – haz click aquí para escucharla en Youtube), muchos dijeron que era la interpretación más soberbia y magnífica que se le había escuchado al italiano.
Yo no pienso así.
Estoy convencido que Luciano Pavarotti interpretó su vida de una forma aún más magistral.
Y podemos aprender algunas lecciones de su vida:
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Fue generoso (participó y organizó cientos de conciertos benéficos),
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Fue persistente (mientras estudiaba tenía varios trabajos que le permitían sostenerse),
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No se amilanó ante las dificultades. En 1960, después de un concierto desastroso (su garganta le jugó una mala pasada en Ferrara), renunció a la ópera. Pese a ello, debutó en público en Abril 29 de 1961, sobreponiéndose a su anterior derrota y marcando un hito en su carrera.
Como todos nosotros, también tuvo defectos y fallas.
Pero su vida fue realmente inspiradora.
Y estas tres lecciones que nos deja son un invaluable legado que debemos comprender e incorporar en nuestra lucha por hacer de nuestro trabajo y nuestra profesión una verdadera ópera a la excelencia.
Luciano Pavarotti: paz en tu tumba.
Jose Hernando Zuluaga M.
CEO (Presidente y Fundador)
actualícese.com |
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Según el inciso 4 del art.90 del ET, declarado inexequible
Si se venden bienes raíces, la posible pérdida en su venta no es aceptada fiscalmente
De acuerdo con lo indicado en el inciso 4 del art.90 del ET, la DIAN no aceptaría que un contribuyente llegue a reflejar en su declaración de renta una pérdida en venta de bien raíz por razón de haberlo vendido con un precio de venta inferior a su costo fiscal. Esta norma ya fue declarada exequible por la Corte Constitucional.
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De acuerdo con el art.191 del ET
Cómo opera la Renta presuntiva para las empresas declaradas en disolución y liquidación?
Desde cuando fue aprobada la Ley 788 de Diciembre del 2002, las sociedades comerciales que se declaren en disolución y liquidación (sean sociedades comerciales reales o simples sociedades comerciales “de papel”) solo pueden disfrutar del beneficio de no calcular renta presuntiva en los primeros tres años desde la declaratoria de su disolución o liquidación.
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El reajuste fiscal es optativo y no se aplica a los inventarios de mercancías
Cuando se apliquen “reajustes fiscales”, dichos reajustes no son base para el cálculo del gasto depreciación fiscal
En vista de que la ley 1111 de Diciembre del 2006 eliminó la aplicación de los ajustes por inflación fiscales, las sociedades podrán aplicar fiscalmente a sus activos fijos, en los años 2007 y siguientes, lo que en la norma del art.280 del ET se menciona como “reajuste fiscal”. Sin embargo, dicho “reajuste fiscal” no puede ser sometido a depreciación.
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Impuestos aplicables a las personas Jurídicas constituidas como Entidades sin Animo de Lucro
Otros especiales:

Novedades Normativas

- Resolución 114 de 31-08-2007 Por la cual se impone a las personas naturales, sociedades comerciales y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el territorio nacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos automotores nuevos y/o usados, la obligación de reportar de manera directa a la UIAF.
- Circular 00104 de 22-08-2007
Aclaración Circular 009 del 17 de enero de 2007, por la cual se precisa el alcance y la vigencia de los cambios introducidos en materia de los impuestos administrados por la Entidad mediante la Ley 1111 del 27 de diciembre de 2006.
- Sentencia C-655/07 de 22-08-2007
1.- Estarse a lo resuelto en la sentencia C-624 de 2007 con respecto a las expresiones acusadas contenidas en los artículos 45 y 46 de la Ley 1111 de 2006. 2 - Declarar inexequible el artículo 53 de la Ley 1111 de 2006.
Ver toda la Normatividad publicada |

Otras novedades
Eventos
Celebración 15 años de actividades del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Lugar y fecha: Bogotá, Septiembre 25 de 2007
Septimo Simposio de Contadurìa Pùblica : " La interdisciplinariedad de la contaduria y su incidencia en los sectores productivos "
Lugar y Fecha: Paipa- Boyacà , Octubre 4, 5 y 6 de 2007.
Organiza : Escuela de Contadurìa Pùblica, Universidad Pedagogica y Tecnològica de Colombia, Facultad Seccional Sogamoso.
Seminario Internacional Auditoría Financiera Forense “Prevención en delitos económicos y financieros”
Lugar y Fecha: Octubre 5 y 6 de 2007 , Bogota
Organiza: Fundación Universitaria San Martin Facultad Universidad Abierta y a Distancia Programa de Contaduria Publica ,"Cano y Suarez, International Trading Ltd" en convenio internacional con "United States Interamerican Community Affairs"
XXIV Simposio sobre Revisoría Fiscal 2007
Fecha: Octubre 10 - 12 de 2007
Lugar : Riohacha, Guajira, Centro de Covenciones Anais Mai
Organiza: Asociación de Contadores Públicos de la Guajira (A.C.P.G)
Seminario - Taller Lavado de activos, Auditoría forense y extinción de dominio
Lugar y fecha: Bogota, Octubre 17 de 2007
Organiza: Auditores y Asesores Asociados siglo XXI
XXVII CIC. “El Contador Público y la Responsabilidad Social en la Empresa”
Lugar: Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Fecha: 21-24 de Octubre – 2007
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