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Boletín No. 173 | Año 7 | Julio 25, 2007

 


En este Boletín:

  1. ¿Avisará la DIAN a las personas naturales antes de agosto de 2007 que les corresponderá presentar DR 2006?

  2. Modelo para definir el valor patrimonial de los bienes raíces en las declaraciones de renta 2006 de personas naturales

  3. ¿En qué momento se debe denunciar en la Declaración de renta el ingreso por la venta de un bien raíz? - Conferencia Virtual

  4. ¿Cuál es la base para que los Revisor Fiscales y Contadores independientes efectúen sus aportes a la seguridad social?

  5. ¿Podrían las “sucesiones ilíquidas” pertenecer al Régimen simplificado del IVA?

  6. Especiales y Novedades


  7. Novedades Normativas

 

5 Conferencias sobre la Declaración de Personas Naturales

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Los vencimientos variaron del 2006 al 2007
¿Avisará la DIAN a las personas naturales antes de agosto de 2007 que les corresponderá presentar declaración de Renta año gravable 2006?

Al haber exigido desde marzo de 2007 la información exógena tributaria del año gravable 2006, y al haber fijado para el mes de agosto de 2007 los vencimientos para las declaraciones de renta año gravable 2006 de las personas naturales, se suponía que la DIAN tendría el tiempo para dar aviso a las personas naturales detectadas como obligadas a presentar declaración de renta por el 2006 y evitarles que se convirtieran en omisas respecto de dicha declaración. Pero ya estamos en julio de 2007 y dichos avisos no se han dado.

En este editorial analizamos esta situación tan singular.

Revisa el artículo completo

Seminario Permanente de Actualización
Conferencia de esta semana...

NIIFs para Pymes - Parte 1
Conceptos, características y normatividad sobre el Proyecto de Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas

Comenzamos un nuevo tema en nuestro Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria con el ‘Proyecto de Normas Internacionales de información financiera para pequeñas y medianas empresas’ (NIIF para PyMES). Este estará dividido en tres partes y sobre esta temática, que está de moda, se prepararon 18 preguntas las cuales fueron respondidas por el Contador Público Rafael Franco Ruiz. Destacado Investigador y Docente, quien ha sido presidente del 'Colegio Colombiano de Contadores Públicos'. Actualmente es el Presidente Nacional y Director Científico de 'Investigar Consultores S.A.'. 

De igual manera, se desempeña como consultor en entidades oficiales y en numerosas empresas del sector privado. También es catedrático de diversas universidades del país. Ha sido, además, Presidente del Consejo Técnico de la Contaduría, miembro de la Junta Central de Contadores y reconocido conferencista en numerosos eventos nacionales e internacionales de temas como el TLC y las Normas Internacionales de Contabilidad. 

Recuerda: este es un servicio pagado exclusivo para suscriptores.
Más información y suscripciones, aquí
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Hoja de Trabajo en Excel
Modelo para definir el valor patrimonial de los bienes raíces en las declaraciones de renta 2006 de personas naturales

De acuerdo con la versión que en el año gravable 2006 tuvo el art. 277 del ET, al momento de definir el valor patrimonial de los bienes raices en las declaraciones de renta por el 2006 es necesario distinguir si el declarante estaba obligado o no a aplicar los ajustes por inflación fiscales.

Por tal razón, en esta herramienta se suministra un modelo de cómo se declararían los bienes raices para el caso de las personas obligadas a llevar contabilidad (que serían las mismas obligadas a aplicar ajustes por inflación fiscales) y para el caso de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad (las cuales no estuvieron obligadas a aplicar ajustes por inflación fiscales)

Revisa este archivo


Conferencia Virtual Gratuita

¿En qué momento se debe denunciar en la Declaración de renta el ingreso por la venta de un bien raíz?

Duración:7 minutos 06 segundos
Modalidad: Conferencia en línea

Costo: Ninguno.

De acuerdo con la norma contenida en el art.27 del ET, tanto los contribuyentes obligados a llevar contabilidad como los que no tendrían que denunciar su ingreso por venta de bienes raices en la fecha en que se haya elaborado la escritura pública, e indistintamente de que en esa misma fecha se haya recibido efectivamente o no el valor de dicha venta. En esta conferencia hacemos algunos comentarios a esta importante normatividad.

Contenido

  1. Comentarios a la norma contenida en el art.27 del ET y que regula el momento en que se deben denunciar los ingresos percibidos por los contribuyentes (caso de los obligados a llevar contabilidad vs. el caso de los no obligados a llevar contabilidad)

  2. Aclaración de cual es el momento en que se deben denunciar los ingresos por ventas de bienes inmuebles (bienes raíces), tanto para el contribuyente obligado a llevar contabilidad como para el contribuyente no obligado a llevar contabilidad

Haz click aquí para ver esta Conferencia

 

Desde nuestro Blog Oficial

El grito de independencia del Contador

En la novela “Mil Novecientos Ochenta y Cuatro”, del genial George Orwell hace ya casi 60 años, su protagonista –Winston - descubre cómo la pobreza de los pueblos esclaviza a sus miembros.

El Gran Hermano (como lo sospechaba, fue la novela que inspiró a muchos realities) era una figura omnipresente que recordaba a cada uno de los ciudadanos sus deberes y obligaciones con la sociedad. Ante cualquier falla, la famosa “Policía del Pensamiento” entraba y castigaba.

No voy a entrar en la obviedad de comparar al Gran Hermano con la Dirección de Impuestos, que francamente fue la primera analogía que se me ocurrió al leer esta famosa novela. Lo que realmente me inquietó fue la constante vigilancia de los deberes, la estricta y frugal calidad de vida sin privilegios ni comodidades, todas estas sin recordar al ciudadano nunca, en ninguna parte, que también tenía derechos.

Y, tal como el protagonista descubre, estaba el derecho a soñar, que era el más peligroso y subversivo de todos.

Y este derecho fue el que llevó hace casi 200 años a nuestros padres de la patria a lanzar su grito de independencia. Los sueños los impulsaron a liberarse del yugo de la pobreza, de la esclavitud de la miseria.

Y por ello, me pregunto… nosotros como Contadores, ¿cuándo vamos a dar nuestro grito de independencia? ¿Cuándo vamos a comenzar a creer en nuestra profesión como una disciplina liberal, una disciplina en donde nuestro talento se valore más que la cuadrada observancia de reglas dictaminadas por nuestro Gran Hermano criollo?

Las reglas están ahí para cumplirse, nadie debe decir lo contrario. Las normas dan orden a una sociedad díscola, así como la disciplina da orden al adolescente rebelde. Pero las normas no deben coartar la capacidad de analizar, pensar más allá, agregar valor.

A eso nos referíamos cuando mencionábamos el metrico adicional que debemos caminar hacia la excelencia. Intentar ahondar en nuestra labor diaria documentándonos, estudiando y capacitándonos para ser los verdaderos asesores de gerencia que dejamos de ser cuando nos preocupamos por hacer más las labores operativas y repetitivas que las labores analíticas y predictivas que se sueñan los empresarios que cuentan con nuestros servicios.

El bajo nivel de remuneración con que contamos como Contadores nos ha esclavizado, y nos ha robado nuestra capacidad de soñar. Y nuestro grito de independencia, más que una demostración física o violenta (un sinsentido absoluto), debe ser un clamor interior que nos despierte del letargo de la operatividad y nos lleve a interesarnos en más y mejores horizontes con los que cuenta sólo una profesión tan bella como la nuestra.

Si soy un auxiliar contable, a profesionalizarme. Si soy un contador supernumerario, a documentarme sobre cómo elevar mi nivel profesional. Si soy un contador independiente, a buscar estos horizontes en el análisis financiero, el análisis de costos, el derecho tributario - por contar sólo unos pocos que mi limitada memoria me evoca en este momento.

Esta no es una labor fácil. Winston, el protagonista de la novela que comentaba antes, sucumbió (perdón si le arruiné el final a alguien). Pero nuestros próceres no claudicaron.  Por que al fin y al cabo, las grandes tareas son para grandes espíritus, y nadie me arranca del corazón el convencimiento de que el Contador Público cuenta con espíritu de sobra.

¿Estamos de acuerdo? (escucho comentarios!)

 

Jose Hernando Zuluaga M.
CEO (Presidente y Fundador)
actualicese.com


Postdata: ¿Cómo te ha ido con tu software contable?

Una breve nota: está prendida la polémica alrededor de nuestro blog oficial actualicese.com busca software contable.

¿Tienes alguna sugerencia? ¿has tenido alguna experiencia (buena o mala) con algún proveedor de software que creas debemos tener en cuenta? ¿tienes alguna recomendación?

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En el Boletín anterior...

  1. Cuáles son los ingresos por compensaciones que obligan a declarar renta 2006 a los asociados de las CTA?

  2. Modelo para cálculo de depreciación por el método de reducción de saldos

  3. Para efectos de la Declaración de renta, el patrimonio de las Personas naturales se estima con pautas fiscales y no con pautas comerciales - Conferencia Virtual

  4. En julio 31 de 2007 vence plazo para terminación anticipada de procesos tributarios con la DIAN

  5. Para cuando se utilice el beneficio del art.158-3, el activo solo se podrá depreciar por línea recta

  6. Se modifican requisitos para empresas que aspiren a ser autorretenedoras a título de renta

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Cuadernillo de Actualización en Información Exógena Tributaria en Medios Electrónicos
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Indice completo

(El Cuadernillo es parte integral de nuestro Paquete de Actualización en la Declaración de Renta para Personas Naturales Año Gravable 2006)

Especiales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ventana al día - Indicadores y datos de uso frecuente

Interés Corriente (Superfinanciera)
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Credito de consumo y ordinario. 19.01%
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito : 22.62 %

Ver Tabla
Interés de Mora
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Anual : 28,52%
Mensual
: 2,3758 %
Ver Tabla
(¿por qué?)
Tasa de Usura (SuperFinanciera)
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Credito de consumo y ordinario. 28.51 %
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito 33.93%
(¿por qué?)
Ver Tabla
Unidades de Valor Tributario - UVT
2007 - $20.974
Resolución 15652 del 28 de diciembre de 2006
PAAG del mes
Desmonte Contable de los Ajustes por Inflación
DTF
8,19 %
Rendimiento Presuntivos(DIAN)
2006 - 6.31%
2007 - 6.82%
Indice de Precios al Consumidor (IPC)
Junio 0,12%
Acumulado 2007 : 4,55%
Ver Tabla
Tarifa de Impuesto de Timbre
1.5% a partir de 01/01/2007 -
$125.844 .000
I.V.A. General
16%
Tarifa de Impuesto de Renta
34% año gravable 2007
Ahorros inembargables
De 01/10/2006 a 30/09/2007
$ 22,064 211

Ver Circular

Depósitos sin juicio de sucesión
$36.773.679
( 01/10/2006 - 30/09/2007 )
Salario Mínimo Legal
2007- $433.700
Ver Decreto
Auxilio de Transporte
2007 - $50.800
Ver Decreto
Sanción Minima
A partir de 01/01/2007
$210.000


Material de Referencia

Estatuto Tributario de la Secretaria del Senado

PUC Comercial

Otros PUC

Calendario Tributario 2007

Información sobre el RUT

Tabla Imporenta 2006

Bases de retención distinta a salarios 2007

PAAG (2006 e histórico)

Tabla de Ajustes por Inflación acumulados desde 1992

Según la ley 100 de 1993 y el decreto 510 de 2003
¿Cuál es la base para que los Revisores Fiscales y Contadores independientes efectúen sus aportes a la seguridad social?

De conformidad con lo indicado en art.15 de la ley 100 de 1993, y el decreto 510 de 2003, quienes se desempeñen como trabajadores independientes tienen una forma particular de definir la base de cotización de sus aportes a la seguridad social.

En este editorial examinamos cómo se aplicarían tales normas al caso de los contadores que se desempeñan como trabajadores independientes y la forma en como las entidades de la seguridad social podrían detectar a quienes no hayan estado haciendo correctamente sus aportes


Según el art. 499 del ET solo podrían pertenecer al R.común
¿Podrían las “sucesiones ilíquidas” pertenecer al Régimen simplificado del IVA?

En el campo de los impuestos nacionales, cuando se definen quiénes son los sujetos pasivos sobre los cuales recae la obligación de responder por los mismos, siempre ha sido costumbre el distinguir que las “personas naturales” y las “sucesiones ilíquidas” son tipos de sujetos pasivos distintos entre sí. Por tal razón, en este editorial examinamos si conforme a la norma contenida en el art.499 del ET las “sucesiones ilíquidas” podrían pertenecer al régimen simplificado del IVA

En este editorial comentamos esta importante norma.

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Especial - Declaraciones de Renta de Personas Naturales año gravable 2006

  • ¿ Qué es?
  • ¿ Cómo prepararse?
  • ¿ Cuándo inician los vencimientos ?
  • ¿ Quiénes deben presentarla y quiénes no ?
  • Información fundamental : Normatividad y Editoriales relacionados
  • Material para tener en cuenta a la hora de realizar la declaración
  • Modelos y planillas: Cartillas y Guias Informativas DIAN
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  • Conferencias virtuales gratuitas relacionadas
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Novedades

Para tener en cuenta...

Entidades sin Animo de Lucro del Régimen Especial

Ver recopilación de preguntas y respuestas

Novedades Normativas

Acceso sin costo a Conceptos Actualizados de la DIAN

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Otras novedades

Eventos

XVII Congreso Colombiano de Contadores Públicos y Encuentro Latinoamericano Contable
Lugar : Centro de Convenciones y Exposiciones Plaza Mayor , Medellín - Colombia
Fecha: 17, 18 y 19 de agosto de 2007

XXIV Simposio sobre Revisoría Fiscal 2007
Fecha: Octubre 10 - 12 de 2007
Lugar : Riohacha, Guajira, Centro de Covenciones Anais Mai

XXVII CIC. “El Contador Público y la Responsabilidad Social en la Empresa”
Lugar: Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Fecha: 21-24 de Octubre – 2007

Capacitación

Diplomado Gerencia Integral Contable

Fecha: 10 de agosto a 3 de noviembre de 2007
Lugar: Pontificia Universidad Javeriana - Cali

Blogs

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