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Boletín No. 146 | Año 6 | Diciembre 27, 2006

 


En este Boletín:

  1. Los 14 Cañonazos Contables

  2. Cuadro de resumen de las modificaciones introducidas por la Reforma tributaria

  3. Congreso aprobó sanción en dinero para los vendedores ambulantes que no se inscriban en el RUT - Conferencia Virtual

  4. Para definir el porcentaje de Retención fijo sobre salarios, se debe usar la nueva tabla aprobada en la reforma tributaria

  5. Todas las entidades públicas deben elaborar sus nuevos reglamentos internos para el recaudo de su cartera

  6. Gobierno reglamenta la forma de constituir sociedades de conformidad a lo indicado en la ley de emprendimiento 1014 de enero de 2006

  7. Otras novedades en nuestro portal

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(Con la Reforma Tributaria y los cambios normativos que vienen, la Declaración de Renta 2007, la Planilla Unificada...etc)

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Nuestra tradicional recopilación de fin de año
Los 14 Cañonazos Contables - La mejor recopilación de información para el fin de año

Los 14 Cañonazos Contables

Revisa esta recopilación completa

Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria
Conferencia de esta semana

Conferencista de esta semanaLas Cooperativas de Trabajo Asociado: utopía empresarial o realidad desvirtuada?

En esta ocasión nos acompaña la Doctora Ana Milena Silva, una consultora organizacional y docente universitaria con estudios de Cooperativismo en Israel y en Gestión de Proyectos en España (entre otros), quien nos acerca a este tema de una forma lúcida y coherente.

En su exposición de más de una hora de duración, nos lleva a conocer los fundamentos del modelo cooperativo y la forma en que debemos afrontar los beneficios y retos que con este se plantean.

Más información acerca de sus iniciativas pueden encontrarse en su portal de cooperativismo.

Conferencias pasadas:

  • Proyección de la Declaración de Renta 2006 para Personas Naturales
  • Cierre Contable 2006: Procedimientos contables y tributarios para tener en cuenta al final del periodo 2006 y al iniciar el año 2007
  • Cómo evaluar un Software Contable?
  • Colegiatura de Contadores Públicos
  • Novedades sobre Medios Magnéticos para el 2007
  • Obligaciones fiscales de los profesionales independientes

Próximas conferencias:

  • Serie de Conferencias sobre la Reforma Tributaria - Cambios Normativos y Analisis de Consecuencias para el Contador
  • Serie de Conferencias sobre la preparación de las Declaraciones de Renta de Personas Jurídicas
  • Internacionalización: Efectos financieros y contables de la implementación de cada una de las NIIF
  • ¿Como deberían cobrar los servicios profesionales los Contadores Públicos?

Recuerda: este es un servicio pagado exclusivo para suscriptores.
Más información y suscripciones, aquí
.

Formato en Word
Cuadro temático de las modificaciones introducidas por la Reforma Tributaria

Para la fecha en que se elaboró el cuadro temático contenido en la presente herramienta, el Congreso de Colombia ya había aprobado el texto definitivo de reforma tributaria de los impuestos nacionales que empezaría a tener aplicación a partir del año gravable 2007 y siguientes (lo único que hacía falta es la respectiva “sanción presidencial” y su posterior publicación para definir el número que tendría la respectiva ley).

Por tanto, para facilitar el estudio de los cambios que dicho texto aprobado introduce a los artículos del Estatuto Tributario Nacional y a otras normas relacionadas, en el archivo adjunto encontrarán un cuadro que resume, por orden de los artículos del Estatuto Tributario, cuales fueron las distintas modificaciones que su articulado sufrió en razón a los artículos de la reforma aprobada en dic de 2006.

Sugerimos imprimir dicho cuadro temático y tenerlo a la mano pues de esa forma se facilita más la comprensión de los distintos temas tributarios que fueron modificados.

Revisa esta interesante herramienta en Word


Conferencia Virtual Gratuita
Congreso aprobó sanción en dinero para los vendedores ambulantes que no se inscriban en el RUT

Duración: 16 minutos 28 segundos
Modalidad: Conferencia en línea

Costo: Ninguno.

De entre las normas aprobadas por el Congreso en la reforma tributaria de diciembre de 2006 quizás la de más impacto social es aquella en la que fijó sanciones para quienes estando obligados no se inscriban oportunamente en el Registro Unico Tributario (RUT) administrado por la DIAN.

Esta medida obliga en la práctica a que todos los vendedores ambulantes de todo Colombia deban acudir a inscribirse en dicho RUT so pena de enfrentar las sanciones aprobadas por el Congreso.

En esta miniconferencia comentamos esta nueva normatividad.

Contenido

  1. Análisis al texto aprobado por el congreso en diciembre de 2006 en relación con las sanciones para quienes no se inscriban en el Registro Único Tributario (RUT) administrado por la DIAN, o para quines no actualicen dicho registro.

  2. Aclaración de por qué todos los vendedores ambulantes de Colombia, si venden algún bien gravado con IVA o prestan algún servicio gravado con IVA, deberán figurar inscritos en el RUT, so pena de enfrentar las sanciones aprobadas por el Congreso.

Haz click aquí para ver esta Conferencia

 

Desde nuestro Blog Oficial

Reforma Tributaria: ¿en qué temas deberías actualizarte?

Primero lo primero: ¿Por qué deberías actualizarte?

Aunque la reforma tributaria de este año no fue integral , no quiere decir por ello que dejó de tener gran importancia puesto que como lo expresan los ponentes ante el Congreso se trata de una Reforma para favorecer la Inversión Colombia

Sin embargo, no podemos equivocarnos: las modificaciones sí son de gran trascendencia para las empresas.

Por este motivo, todo contador, asesor, revisor fiscal o consultor tributario debe conocerla a fondo.

¿Cómo te debes actualizar?

Lo primero que debes hacer es analizar las alternativas que tienes en tu región, o con las Fundaciones y Agremiaciones de Contadores Públicos que hay en tu ciudad o departamente. Regularmente, hay unas muy buenas ofertas de seminarios y eventos a los cuales podrás acceder.

En actualicese.com también tenemos una excelente alternativa para tí: el Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria.

En pocas palabras, este servicio te permitirá estar al día semanalmente con los conferencistas más reconocidos de nuestra profesión. Una conferencia semanal (eso son 52 conferencias al año como mínimo), una sesión de preguntas y respuestas para cada confererencia (podrás "interrogar" al ponente durante una hora), y la oportunidad de acceder a todo esto sin importar dónde ni cuando.

Si no puedes participar en una de ellas, podrás ver y escuchar la grabación cuando desees (que parece, realmente, como si fuera en vivo).

¿Todavía no te animas? Haz click aquí para averiguar más!

¿En qué te debes actualizar?

El siguiente temario es el que tenemos preparado en el marco del Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria. Seguramente te dará una idea de todo lo que debes actualizar en tus conocimientos...

Impuesto sobre la Renta y Complementarios 

Nuevos no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios - Cambio en la Disminución del inventario final por faltantes de mercancías - Nueva forma de liquidar el Costo fiscal de activos - Modificación en la Deducción de impuestos pagados - Eliminación de los Ajustes integrales por inflación fiscalmente - Modificación en la Compensación de pérdidas fiscales de sociedades - Nueva forma de calcular las Pérdidas en la enajenación de activos - Deducción de Pérdidas sufridas por personas naturales en actividades agropecuarias - Modificación en porcentajes y beneficios en la Deducción por inversión en activos fijos - Renta Presuntiva - Impuesto de renta - Cambios en los Descuentos tributarios - Determinación del valor patrimonial de los activos no monetarios, incluidos los inmuebles, que hayan sido objeto de ajustes por inflación - Nuevas obligaciones para los fiduciarios - Distribución como utilidad de la Revalorización del Patrimonio - Nueva forma de calcular el Valor patrimonial de los inmuebles - Cómo aplicar el Reajuste fiscal a los activos patrimoniales - La Tarifa y tabla de retención en la fuente aplicable a los pagos gravables - La Consignación del impuesto retenido en la fuente  

Nuevo Impuesto al patrimonio

Hecho generador - Causación - Base gravable - Tarifa - Declaración y pago.

Impuesto sobre las ventas

Bienes excluidos del impuesto sobre las ventas - Servicios gravados a la tarifa del 1.6% - Bienes gravados con la tarifa del diez por ciento - Servicios gravados con la tarifa del diez por ciento (10%) - Modificación del impuesto a las ventas a los vehículos - Tarifas para otros vehículos, naves y aeronaves - La Telefonía móvil como Servicio gravado con la tarifa del veinte por ciento (20)

Por razones de espacio, este listado está incompleto. Aquí puedes ver el listado completo de temas en los cuales debes actualizarte.

Para finalizar...

Estas conferencias, dictadas en el marco del Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria, son -sin lugar a dudas- la opción más económica que tendrás para actualizarte. ¿Por qué?

La primera razón: la suscripción al Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria te dará acceso a muchas más conferencias de las que mencionamos arriba. Conferencias sobre Temas Contables, Tributarios, Financieros, Laborales, Administrativos, Comerciales y de Formación Profesional (son más de 52 conferencias programadas para todo el año) que podrás recibir por un precio único.

Si quieres ver más información, haz click aquí.

Te deseamos un Feliz fin de año, y felices fiestas...

 

El equipo de actualicese.com

En el Boletín anterior...

  1. El nuevo impuesto al patrimonio: quizás el más gravoso e inequitativo de los últimos tiempos

  2. Modelo Básico para proyectar el nuevo impuesto al patrimonio

  3. ¿Cuál es la real tarifa del nuevo impuesto al patrimonio aprobado por el Congreso en diciembre de 2006? - Conferencia Virtual

  4. Se modifican criterios para que las sociedades comerciales queden bajo la vigilancia de la Superintendencia de sociedades - Primera Parte

  5. Se modifican criterios para que las sociedades comerciales queden bajo la vigilancia de la Superintendencia de sociedades - Segunda Parte

  6. Se expide nueva reglamentación para las Empresas de Servicios Temporales
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2005-2006

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Especiales
(Análisis en Profundidad de temas de mucha actualidad)

 

Interés Corriente (Superfinanciera)
15,07%
Interés de Mora (DIAN)-Anual
1 de Octubre - 31 de Diciembre
22.61%

(¿por qué?)
Tasa de Usura (SuperFinanciera)
22,61%
PAAG del mes
De Enero aplicable a Febrero - 0.54%
De Febrero aplicable a Marzo- 0,82 %
De Marzo aplicable aAbril - 0,67 %

De Abril aplicable aMayo - 0,46 %
De Mayo aplicable a Junio
-0,37 %
De Junio aplicable a Julio - 0,34 %
De Julio aplicable en Agosto - 0,40 %
De Agosto aplicable en Septiembre
0,39 %
De Septiembre aplicable en Octubre
0,29 %
De Octubre aplicable en Noviembre
0.15 %
De Noviembre aplicable en Diciembre
0.23 %
Acumulado - 4.57
DTF
6,82%
Rendimiento Presuntivos(DIAN)
2005 -7.71%
Indice de Precios al Consumidor (IPC)
Enero - 0.54%
Febrero - 0.66 %
Marzo -0.70 %
Abril - 0.45 %
Mayo -0.33%
Junio - 0.30%
Julio - 0.41%
Agosto - 0.39%
Septiembre - 0.29%
Octubre - 0.14%
Noviembre - 0.24%
Acumulado 2006 - 4.24%

I.V.A. General
16%
Tarifa de Impuesto de Renta
35%
Salario Mínimo Legal
2005- $381.500
2006- $408.000
Auxilio de Transporte
2005 - $44.500
2006 - $47.700
Sanción Minima
A partir de 01/01/2006
$201.000


Material de Referencia

Estatuto Tributario de la Secretaria del Senado

PUC Comercial

Otros PUC

Calendario Tributario 2006

Información sobre el RUT

Tabla Imporenta 2005

Tabla Imporenta 2006

Tabla Retefuente 2006

Bases de retención distinta a salarios 2006

PAAG (2006 e histórico)

Tabla de Ajustes por Inflación acumulados desde 1992

Se debe usar la nueva tabla aprobada en la Reforma
Definición del porcentaje de retención fijo sobre salarios aplicable durante enero-junio de 2007

Durante el presente mes de diciembre de 2006, y según lo establece la norma vigente contenida en el art.386 del ET, los empleadores que apliquen a sus trabajadores el método de retención en la fuente conocido como “procedimiento 2” deberán entrar a definir cuál es el “porcentaje fijo de retención en la fuente” aplicable durante el primer semestre del año 2007.

Frente a ello, es muy importante que tales empleadores tengan presente que al momento de definir dicho “porcentaje fijo de retención en la fuente”, la "tabla” en la cual han de buscar el “salario promedio gravable” de los últimos 12 meses anteriores (dic de 2005 a noviembre de 2006) será la “nueva tabla” que regirá dentro del nuevo artículo 383 modificado por el Congreso de Colombia en la reforma tributaria que aprobó en las pasadas sesiones de dic.11 y 12 de 2006.

En este editorial comentamos los grandes cambios introducidos por la reforma en relación con este asunto.

Revisa el artículo completo


Plazo hasta febrero 15 de 2007
Todas las entidades públicas deberán elaborar sus nuevos reglamentos internos para el recaudo de su cartera

El pasado 15 de diciembre de 2006 el Ministerio de Hacienda expidió el decreto 4473 con el cual se entró a reglamentar lo exigido por la ley 1066 de julio 29 de 2006 relacionada con la racionalización de la cartera de las entidades públicas.

El decreto fija las condiciones mínimas y máximas a que deberán sujetarse los nuevos reglamentos internos para recaudo de cartera que cada entidad pública debe expedir a más tardar el próximo 15 de febrero de 2007.

En este editorial destacamos los aspectos más importantes de esta nueva normatividad.

Revisa el artículo completo

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De conformidad a la ley de emprendimiento 1014
Gobierno reglamenta la forma de constituir sociedades

Para reglamentar la norma contenida en el artículo 22 de la ley 1014 de 2006, conocida como “ley de emprendimiento”, el Gobierno nacional expidió el pasado 15 de diciembre de 2006 su decreto 4463 con el cual se da vía libre para que las sociedades comerciales de cualquier tipo, si tienen la cantidad máxima de trabajadores o de activos totales al momento de su constitución definida en la ley 1014, puedan en ese caso constituirse mediante “documento privado” sin tener que hacerlo mediante “escritura pública”.

En este editorial analizamos esta importante novedad.

Revisa el artículo completo


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