Si tienes dificultades para ver este Boletín, dirígete a http://www.actualicese.com/boletin/B136.html
Asegúrate de recibir este Boletín añadiendo @actualicese.com.co a tu lista de contactos o a tu lista "segura".

Boletín No. 136 | Año 6 | Octubre 19, 2006

 


En este Boletín:

  1. Las costumbres que cambiaron con la ley 1066 en relación con la liquidación de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias (Parte I)

  2. Plantilla para el cálculo de los Intereses Moratorios según cambios de la ley 1066

  3. Cuáles personas naturales no
    declararían sus bienes raíces por el  avalúo
    catastral? - Conferencia Virtual -


  4. Las costumbres que cambiaron con la ley 1066 en relación con la liquidación de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias (Parte II)

  5. En qué casos los obligados a declarar virtualmente lo deberán hacer en papel?

  6. Las compras por Internet que se cancelan con tarjetas débito o crédito, y la retención en la fuente que se aplicaría en tales casos

  7. Otras novedades en nuestro portal

Productos actualicese.com

¿Ya planeaste cuánto te va a costar mantenerte al día en los próximos meses?
(Con la Reforma Tributaria y los cambios normativos que vienen, la Declaración de Renta 2007, la Planilla Unificada...etc)

Esto es lo que buscabas..

Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria

1 Conferencia en Línea cada semana (como mínimo)
52 semanas al año

Haz click aquí para conocer este espectacular y novedoso servicio

¿Ya visitaste nuestro Catálogo de servicios y productos?

Comparte este Boletín con algún amigo o colega.

Guía Procedimental
Las costumbres que cambiaron con la ley 1066 en relación con la liquidación de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias (Parte I)

Con los art.12 y 21 de la ley 1066 de julio 29 de 2006 se hicieron importantes modificaciones al contenido de los art. 634 y 635 del ET, relacionados ambos con la liquidación de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias del orden nacional y territorial.

En razón a que en fechas posteriores a la expedición de la ley se han efectuado pronunciamientos oficiales de la DIAN y de otras entidades que administran tributos territoriales en torno a los efectos de la ley 1066, en este editorial efectuamos de nuevo un estudio a la ley en cuestión para aclarar entonces cuales son hoy día los procedimientos correctos que se deben seguir a la hora de efectuar liquidaciones por intereses moratorios.

Revisa el artículo completo

Haz click aquí para conocer la promoción especial para suscriptoresPaquete Integral para la Adopción de las Normas Internacionales de la Contabilidad (NICs)
Contiene
LIBRO +
2 VIDEO CONFERENCIAS +
2 REGALOS ESPECIALES

Haz click aquí para ver más información acerca de este producto

Según cambios de la ley 1066
Plantilla para el cálculo de los Intereses Moratorios

En vista de los importantes cambios que la ley 1066 de julio 29 de 2006, al igual que la circular DIAN 069 de agosto 11 de 2006, introducen al tema de la liquidación de intereses moratorios sobre impuestos nacionales o terriotoriales, en esta herramienta
encontrarás una plantilla o modelo sobre los cálculos básicos que se deben hacer, según las normas antes citadas,  al momento de efectuar la liquidación de intereses moratorios.

Revisa esta interesante herramienta en Excel


Conferencia Virtual Gratuita
Cuales personas naturales no declararían sus bienes raíces por el avalúo catastral?

Duración: 14 minutos 55 segundos
Modalidad: Conferencia en línea

Costo: Ninguno.

De conformidad con la norma tributaria vigente, al momento de definir el valor patrimonial por el cual se denuncian los bienes raices en la declaración anual del impuesto de renta, algunas personas naturales no tendrían que tomar en cuenta el dato del avaluo catastral que tengan dichos bienes raices a dic.31 mientras que otras sí lo tendrían que tomar en cuenta.

En esta miniconferencia efectuamos el análisis y aplicación practica de dicha norma.

Contenido

  1. Repaso de la norma contenida en el art.277 del ET relacionada con el valor patrimonial por el cual se deben declarar los bienes raíces.
  2. Desarrollo de casos prácticos para demostrar como influye el “avalúo catastral” a la hora de definir el valor patrimonial de los bienes raíces.

    Haz click aquí para ver esta Conferencia
 

Desde nuestro Blog Oficial

Apuntes sobre el Simposio de Revisoría Fiscal de la semana pasada

Tuve la fortuna de asistir, la semana pasada, al vigésimo tercer Simposio sobre Revisoría Fiscal que se llevó a cabo en Cúcuta.

En términos generales, el simposio fue exitoso, interesante y motivante; la organización fue ejecutada de forma impecable por el Dr. Héctor Jaime Correa y el Contador Público Alfredo Rojas Peñuela, quienes son alma y nervio de la organización. Desde aquí, mis más sinceras felicitaciones.

Pero vamos al grano…

Corriendo el riesgo de equivocarme un poco y dejar por fuera algunos elementos importantes, he querido rescatar algunos de los apuntes que encuentro en mi libreta de anotaciones, la cual resume los puntos que más llamaron la atención…

Por ejemplo, la interesante intervención del Dr. Luis Alfonso  Colmenares, Sub-Contador General de la Nación, quien nos dejó muy claros los puntos a tener en cuenta al momento de que los Contadores Públicos intervengamos en el Sector Público. En mi libreta leo: “Los Estados Financieros de las Entidades Públicas tienen un enfoque meramente social”. Interesante revelación.

Después, tendríamos un paquete fuerte, con las Normas Internacionales como protagonistas.

Y fueron realmente magistrales las intervenciones de los Dres. Néstor Alberto Jiménez Jaimes, Jaime Alberto Hernández Vásquez (quien mencionó que tiene más de 100 razones para no adoptar las NICs, y que la Junta de la cual emanan dichas normas no tiene un solo latino en su equipo humano) y Victor Abreu (presidente de la Asociación Interamericana de Contabilidad – mencionó que ya han creado una comisión para plantear soluciones ante la problemática de la adopción de las NICs en Latinoamérica).

El tema siguiente fue la Reforma Estructural que está cursando en el Congreso de la República de Colombia, el cual fue tratado por los Doctores Horacio Ayala Vela (ex -director de la DIAN), Hector Henry Cabrera y Orlando Corredor Alejo (ambos eminentes profesionales de la cuestión tributaria en nuestro país).

La Auditoría y la Administración del Riesgo también fueron temas principales en este Simposio. Los Contadores Públicos Rodrigo Estupiñán y Miguel Antequera hicieron  hincapié en la importancia de la evaluación del Riesgo como elemento que permitirá a las empresas garantizar la inversión y dar plenas garantías a terceros. Esta sesión fue rematada por el El Dr. Hernán Cardozo Cuenca, funcionario de la Superintendencia de Economía Solidaria con el tema “del Gobierno Corporativo y la Evaluación de Riesgos”.

Finalmente, y no menos importante, el Presidente del Colegio Profesional de Contadores Públicos de Colombia, el Dr. Rafael Barrera y el Vicepresidente C.P. Héctor Jaime Correa, hicieron una exposición vital sobre los beneficios de esta entidad y su incidencia en el crecimiento de nuestra bella profesión.

Y aprovechando la cercanía con el hermano país de Venezuela, un buen grupo de colegas decidieron “rematar” en la paradisíaca Isla Margarita. ¿Cómo quejarse?

Un informe más completo acerca de este Simposio lo puedes encontrar en nuestro Blog de Colectividades, haciendo clic aquí

Muchas gracias por tu tiempo y atención,

 

Jose Hernando Zuluaga M., C.P.
CEO (Presidente y Fundador)
actualicese.com

En el Boletín anterior...

  1. Quienes presentaron Medios magnéticos por el año gravable 2005 ya pueden enterarse si los mismos contenían errores de forma

  2. Modelo para determinar el ingreso por intereses presuntivos sobre préstamos en dinero que las sociedades efectúen a sus socios

  3. En las declaraciones de renta no se permiten reflejar pérdidas en venta de bienes raíces - Conferencia Virtual -

  4. La preparación de las declaraciones de renta y los Pasivos estimados o contingentes

  5. Cuáles son los juegos de suerte y azar que no generan el IVA?

  6. Invertir en Cine Colombiano, una opción con importantes estímulos tributarios
>>Enlace Patrocinado

Haz click aquí para conocer la promoción especial para suscriptores
Guía Miller de NIC-NIIF
2005-2006

Por primera vez en Español, las Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera

Pocas copias disponibles!!! Separa la tuya YA»

Especiales
(Análisis en Profundidad de temas de mucha actualidad)

 

Interés Corriente (Superfinanciera)
15,07%
Interés de Mora (DIAN)-Anual
1 de Octubre - 31 de Diciembre
22.61%

(¿por qué?)
Tasa de Usura (SuperFinanciera)
22,61%
PAAG del mes
De Enero aplicable a Febrero - 0.54%
De Febrero aplicable a Marzo- 0,82 %
De Marzo aplicable aAbril - 0,67 %

De Abril aplicable aMayo - 0,46 %
De Mayo aplicable a Junio
-0,37 %
De Junio aplicable a Julio - 0,34 %
De Agosto aplicable en Septiembre
0,39 %
De Septiembre aplicable en Octubre
0,29 %
Acumulado - 4.48
DTF
6,23 %
Rendimiento Presuntivos(DIAN)
2005 -7.71%
Indice de Precios al Consumidor (IPC)
Enero - 0.54%
Febrero - 0.66 %
Marzo -0.70 %
Abril - 0.45 %
Mayo -0.33%
Junio - 0.30%
Julio - 0.41%
Agosto - 0.39%
Septiembre - 0.29%
Acumulado 2006 - 4.15%

I.V.A. General
16%
Tarifa de Impuesto de Renta
35%
Salario Mínimo Legal
2005- $381.500
2006- $408.000
Auxilio de Transporte
2005 - $44.500
2006 - $47.700
Sanción Minima
A partir de 01/01/2006
$201.000


Material de Referencia

Estatuto Tributario de la Secretaria del Senado

PUC Comercial

Otros PUC

Calendario Tributario 2006

Información sobre el RUT

Tabla Imporenta 2005

Tabla Imporenta 2006

Tabla Retefuente 2006

Bases de retención distinta a salarios 2006

PAAG (2006 e histórico)

Tabla de Ajustes por Inflación acumulados desde 1992

Segunda parte de la Guía prcedimental
Las costumbres que cambiaron con la ley 1066 en relación con la liquidación de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias (Parte II)

Otra de las costumbres que teníamos hasta antes de la ley 1066 en torno a la liquidación de los intereses moratorios, y que se entiende modificada después de la vigencia de dicha ley, es la relativa a que cuando, por ejemplo, una obligación tributaria estaba en mora desde hace dos años, no nos importaba cuales fueron las tasas de interés de que rigieron a lo largo de todos esos dos años , pues en el momento del calculo del interés de mora el interés de todos esos dos años se liquidaban con la tasa vigente en el momento del pago.

Revisa el artículo completo


Segun el art. 10 del decreto 408 de marzo de 2001
En qué casos los obligados a declarar virtualmente lo deberán hacer en papel?

En vista de que la DIAN ha estado señalando cada vez a más personas naturales y jurídicas como personas obligadas a presentar sus declaraciones en forma virtual, es importante que tales obligados conozcan de la disposición vigente contenida en el decreto 408 de 2001 y que señala los casos en que tales obligados a presentar declaraciones virtualmente lo tendrían que hacer en papel.

En este editorial repasamos el contenido y efectos de dicha norma.

Revisa el artículo completo

TODO SOBRE DECLARACIÓN DE RENTA AÑO GRAVABLE 2005 PARA PERSONAS NATURALES OMISAS

Mercadeo de Servicios y Honorarios para Contadores PúblicosEspecial para Omisos
Declaración de Renta para Personas Naturales

Guía paso a paso para las Personas Naturales en su presentación de Renta y Complementarios (obligados y no obligados a llevar contabilidad) a ño Gravable 2005 .

Haz click aquí para conocer este material!

ESPECIAL/ Todo sobre declaración de Renta año gravable 2005 para personas naturales omisas

Repaso a las normas vigentes que las regulan
Las compras por Internet que se cancelan con tarjetas débito o crédito, y la retención en la fuente que se aplicaría en tales casos

Ante el auge que está tomando cada vez más las operaciones de compra de bienes y servicios a través de Internet, y teniendo presente que para efectuar las mismas se pueden usar las tarjetas débito o crédito, es importante repasar las normas que hoy día están vigentes y que regulan los asuntos relacionados con el hecho de quién debe actuar como agente de retención en tales casos al igual que las tarifas aplicables.

En este editorial efectuamos tal repaso.

Revisa el artículo completo


Otras Novedades en Nuestro Portal

  1. Blog de Colectividades Contables y Tributarias:
  2. Blog - Actualicémonos con los Expertos!
  3. Blog - Actualicémonos con los grandes!
  4. Foros
  5. Eventos de nuestra profesión
    1. Auditoría Forense: Prevención, Detección e Investigación de Delitos Económicos y Financieros
      Bogotá, Octubre 26 de 2006
    2. Primer Simposio de Contaduria Internacional, COPUN
      Bogotá, Noviembre 9 al 11 de 2006
    3. Primer Encuentro Nacional de Agremiaciones de Contadores Publicos
      Cali, Noviembre 16 y 17 de 2006

¿Cómo Contactarnos?

Editorial:
editor@actualicese.com
Negocios y Marketing:
negocios@actualicese.com
Publicidad :
publicidad@actualicese.com
Para cualquier otro asunto:
Dirígete a nuestro Formulario de Contacto

Suscríbete a nuestros próximos Boletines

Aún no te has suscrito? Recibe la información Contable y Tributaria más actualizada en tu correo electrónico semanalmente. Análisis serios basados en la teoría, la experiencia y el conocimiento. Y además, recibirás una buena cantidad de beneficios adicionales (descuentos, regalos especiales, premios...)

Para suscribirte, dirígete a http://www.actualicese.com/boletin

¿Deseas poner tu anuncio en este Boletín?

Si deseas ver tu anuncio en este Boletín de Actualización Contable y Tributaria, escríbenos con tus datos e información básica del anuncio al siguiente correo:
publicidad@actualicese.com

Has recibido este Boletín en esta dirección como parte de tu suscripción a actualicese.com, o quizá porque has comprado alguno de nuestros productos. Puedes cambiar tu correo fácilmente envíandonos un mensaje a boletin@actualicese.com.

Instrucciones para dejar de recibir estos Boletines:

En caso de que te haya llegado por equivocación, o no deseas que te sigan llegando nuestros boletines, copia y pega en tu navegador el siguiente enlace (completo):
http://www.actualicese.com/boletin/eliminar-mi-suscripcion.php?a=[MD5]
Inmediatamente serás excluído de cualquier correo futuro, incluyendo el Boletín de Actualización Contable y Tributaria, en el cual regularmente hacemos regalos especiales para nuestros suscriptores.
De cualquier forma, si prefieres cancelar tu suscripción por correo postal, envíanos tu solicitud a la dirección que aparece al final.

http://www.actualicese.com/
El Portal de los Contadores Públicos
Derechos reservados
actualicese.com® - 2004actualicese.com
Parque Tecnológico de Software
Calle 25 No. 127-220 Autopista Cali-Jamundí
Valle del Cauca / Colombia / Sur América

Tus datos están seguros con nosotros. Respetamos tu privacidad.
Todos los logos y nombres comerciales pertenecen a su respectivo dueño.