Personas Naturales y Sucesiones IlÃquidas
El plazo para presentar la declaración y para cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y del anticipo, se inicia el 4 de febrero del año 2008 y vence en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo los dos últimos dÃgitos del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dÃgito de verificación, asÃ:
Grandes Contribuyentes
El plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios se inicia el 4 de febrero del año 2008 y vence entre el 17 y el 30 de abril del mismo año, atendiendo el último dÃgito del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dÃgito de verificación.
Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total a pagar en cinco (5) cuotas a más tardar en las siguientes fechas:
Declaración y pago segunda cuota
Pago tercera, cuarta y quinta cuota
Personas JurÃdicas y demás Contribuyentes
Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto del impuesto de renta y el anticipo, se inician el 4 de febrero del año 2008 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo el último dÃgito del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dÃgito de verificación, asÃ:
Declaración primera cuota
Pago segunda cuota
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La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
QUE PROBLEMAS PUEDO TENER EL NO HABER DECLARADO HASTA EL MOMENTO, MI RUC COMO PERSONA NATURAL, QUISIERA UNA AYUDA AL RESPECTO
la pregunta es la siguiente:
se presento un declaracion de renta para personas naturales, pero como no se tenia conocimiento de que se tenia que presentar, no se tenian todos los datos al momento de presentarla y lo que se hizo fue presentarla pero faltaron datos para presentarla conforme a como dice la norma. lo que se penso fue en presentarla para no tener sanciones por extemporaneidad, ni por incumplir la fecha de presentacion de la declaracion.
¿para una correccion de esta declaracion cuando puedo hacerla y hasta cuando hay plazo para la misma?
gracias
deseo tener rut peri no tengo NIT.
Tengo el caso de un vencimiento de declaracion de renta de persona natural que fue para el 9 de junio, su digito de terminacion era el 78, que debo hacer al respecto para presentar la declaracion de renta, cual es la multa a liquidar?
Agradezco su colaboracion.
Tienes que liquidar una sancion del 5% por cada mes o fraccion de mes adicional a los intereses que debes pagar si te sale valor a pagar. es decir 15% por extemporaneidad si la presentas antes del 6 de octubre mas los intereses. espero haber podido ayudarte