
El Estado en su deber de proteger a todos sus habitantes, en especial a aquellos que por su condición fÃsica o mental están en una debilidad manifiesta frente a los demás, ha generado una serie de mecanismos para proteger a este sector de la población, desde el campo laboral, educativo, recreativo, etc.
La Ley 361 de 1997 creó mecanismos para integrar a las personas con alguna limitación, entre ellas una serie de estÃmulos tributarios y ventajas competitivas para quien les vincule mediante contrato de trabajo:
El empleador que contrate Personal con Limitación y que esté obligado a presentar de renta y complementarios, tiene derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o perÃodo gravable a los trabajadores con limitación, mientras esta vinculación laboral subsista;
El empleador que esté obligado a cumplir una Cuota de Aprendices, reducirá en un 50% la cantidad de aprendices que debe vincular, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no inferior al 25%.
Por ejemplo, el empleador que debe vincular 10 aprendices puede contratar sólo 5 y con eso cumplir la cuota de aprendices.
La persona o empresa que contrate personal con limitaciones será preferido en igualdad de condiciones en procesos de contratación estatal por licitación pública, si la nómina cuenta con mÃnimo el 10 % de empleados con limitación;
Prelación en el otorgamiento de créditos subvenciones de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y permanente de personas con limitación;
Las entidades estatales de todo orden, preferirán en igualdad de condiciones, los productos, bienes y servicios que les sean ofrecidos por entidades sin ánimo de lucro constituidas por las personas con limitación.
Pero no es cualquier limitación por parte del nuevo empleado permite acceder a estos beneficios.
La Ley 361 de 1997 establece que la Persona con Limitación que se contrata debe tener mÃnimo una limitación no inferior al 25%, lo cual lo puede calificar la EPS o la ARS del Sistema de Seguridad Social en Salud al que se encuentre afiliado la persona que se contrata.
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
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Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
Excelente información!! Muchos empleadores deben conocerla, y con ello se contribuye para minimizar la discriminación con este sector de mano de obra, que es igual de productiva. Al mismo tiempo se beneficia la empresa.
Hay que comunicarlo.
Excelente idea,auque no tengo personas en mi familia con limitaciones me parece muy bien en darles empleo, por que son con mucha mas responsabiliad que cualquiera otra; conosco una joven que es sorda muda y trabaja en un restaurante y ella da mas rendimiento que cualquiera otra empleada.
Excelente Nota, es de tener muy en cuenta y propender en la generación de nuevos puestos de trabajo, vinculando personas con limitaciones.
Adicional tengo una inquietud.Si una empresa genera nuevos puestos de trabajo, independientemente que contrate personas con limitaciones o no, tiene algun beneficio, Ya sea tributario o de algun otro indole?
Me parece Excelente, no solo por que tengo una hija con discapacidad(Sindrome Down), puesto que siempre he querido que mi hija sea util a la sociedad y desempeñe algun oficio, veo mas palpable la oportunidad que le puedan dar en el medio, ademas de que siempre he pensado que las personas con SD son muy inteligentes a pesar de su discapacidad.
y por el otro lado los beneficios que tienen las empresas en contratarlos.
ImportantÃsima información, es mi caso tengo una limitación fÃsica y actualmente estoy empleado. Buenas noticias para la empresa.
PARA ACCEDER A ESTOS BENEFICIOS EXPUESTOS EN EL NUMERAL 1, 2 CUANTOS DISCAPACITADOS MINIMO DEBO RECIBIR.
Que bueno para los discapacitados y para los empresarios, tener estas oportunidades para los discapacitados de poder lograr sus sueños y para los empresarios los beneficios tributarios. seri bueno que no se le ponga tantas trabas a Ley 361 de 1997, por parte de los empresarios y le empiecen a dar cumplimiento, tengo a mi hija que es discapacitada y no ha podido lograr sus objetivos de ser una persona util en labores que ella estudio y las sabe hacer muy bien , tal ves sea esta una oportunidad para mi hija.
es muy bueno q en nuestro pais se den estos beneficios y esto hace q los empresarios colombianos de una u otra manera no discriminenen al trabajador por su limitacion por ejemplo yo soy un joven de 19 años y no tengo vision por un ojo. me sastiface mucho que personas con ciertas limitaciones entren en el juego de mostrar todas sus habilidades como profesionales y como personas
Buenos dias!!!!!!
Super bueno……. muchas gracias por su informacion, realmente la desconocia
Que pasen buen dia
me alegra mucho eso soy una persona con discapacidad fisica y realizo todo tipo de trabajo desde contabilidad hasta taxista los fines de semana .
Si te interesa llamame por favor al numero 092 754053 gracias
Genial este articulo, ya que con esto se contribuye a generar empleo a las personas que tiene alguna discapacidad y no les dan la opotunidad de emplearsen en alguna empresa por las limitaciones que tiene.
Esto debe seguirse dando a conocer por medios de amplia comunicación y que los polÃticos realicen campañas al respecto, porque son muy discriminadas aquellas personas. Desconociendo los empresarios los beneficios tributarios que conlleva. Me gustarÃa mucho que aplicará para mi hijo que tiene discapacidad mental, pero puede desempeñarse en trabajos de recreación y deporte.
Gracias
Buen dia!
Que buena información, me parece un buen mecanismo del estado para que estas personas continuen con su vida laboral sin que se sientan desprotegidos.
Mil gracias, realmete lo desconocia.
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hola me parece muy buena la iniciativa de incorporar personas con discapacidades en el ambito laboral, ya que yo soy una de las tantas y justamente esta bueno que piensen un poco en esas personas que no tiene la oportunidad de tener una vida sencilla.
me gustaria que hubiera mas difusion sobre este tema.