
Las CTA nacieron como otra salida para el desempleo galopante en el país -que superaba índices del 15%- por lo que se dio el cooperativismo laboral como mecanismo mediante el cual un grupo de personas con un conocimiento común (en salud, en construcción, en educación, etc.), se agrupaban y prestaban un servicio a un tercero que requiriera de tal labor.
Por lo tanto, no existía subordinación entre el 3º contratante y los Trabajadores Asociados de la CTA.
Con el tiempo, se empezó a desfigurar el sentido de este trabajo asociado y se empezaron a crear y a utilizar indebidamente a las CTA, aprovechando esta figura para crear intermediación laboral, no contratar directamente y así pagar menos del salario mínimo legal y evadir el pago de seguridad social, parafiscales y prestaciones sociales.
Esta nueva Ley que entró en vigencia el pasado 22 de julio, pone en cintura a las CTA irregulares que existen en el país, ya que exige el cumplimiento de los siguientes requisitos y prohibiciones:
1. Parafiscales: Obliga a las Cooperativas y Precooperativas a realizar aportes a parafiscales (Sena, ICBF y Cajas de Compensación) por los trabajadores asociados que tenga.
El valor del aporte a parafiscales (9% de la nómina), será a cargo de la Cooperativa y Precoopertiva y por ningún motivo será sufragado por el trabajador asociado. Este porcentaje corresponde a 2% Sena, 3% ICBF y 4% de Caja de Compensación. Este pago se debe iniciar a partir del 1º de enero de 2009.
Nota: Quedan excluidas del pago a parafiscales (Sena, ICBF y Caja) las que facturen al año menos de 435 smmlv.
2. Derechos Mínimos Irrenunciables: Ningún trabajador asociado a la CTA podrá recibir menos de 1 smmlv si labora durante el mes la jornada ordinaria establecida en el Código Laboral para todos los empleados en Colombia.
3. Seguridad Social: Es la Cooperativa y Precooperativa la que debe hacer la afiliación a salud, pensión y ARP, sino también de hacer los pagos según las normas laborales para los trabajadores dependientes, esto significa aportar el 8.5% de los 12.5% en salud, el 12% del 16% en pensión y el 100% en ARP. La base para los aportes a seguridad social será la compensación ordinaria y extraordinaria que perciba mensualmente el Trabajador Asociado.
4. La persona que quiera vincularse a la CTA debe hacer un Curso Básico de Economía Solidaria con un mínimo de 20 horas. Quien dicte el curso debe estar acreditado por DANSOCIAL.
1. Las Cooperativas y Precooperativas no pueden;:
De hacerlo, tanto el 3º contratante de la CTA como ésta, se vuelven solidarios en el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones.
2. La empresa contratante o 3º de los servicios de la CTA le queda prohibido participar en la selección del trabajador asociado que prestará el servicio.
3. Las CTA no pueden actuar como ente para poder agrupar a trabajadores independientes con el fin de pagar seguridad social y nada más.
4. El 3º contratante no puede ejercer actos disciplinarios contra el trabajador asociado que le presta el servicio; de hacerlo se convierte automáticamente en empleador junto con la CTA, siendo entre el 3º contratante y la CTA solidarios respecto al pago integral de salarios, prestaciones e indemnizaciones.
Tanto para las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado que se vayan a crear a partir del 22 de julio de 2008, es de aplicación inmediata.
Para las Cooperativas y Precooperativas que ya existen con anterioridad al 22 de julio, tienen 6 meses para ajustar su régimen y estatutos, pasado este tiempo, se disuelven y liquidan inmediatamente.
Con todos estos requisitos y prohibiciones muchas CTA y empresas contratantes de estos servicios lo pensaran dos veces para continuar con el manejo indebido que se le da a este sistema de trabajo cooperado.
Primero, muchas gracias al grupo de trabajo Actualicese; no se imaginan lo útil que han sido para muchos de nosotros (auxiliares y contadores). Dios les bendiga.
Segundo, ya era hora que se reglamentara esta situación de las CTA, porque como ha pasado siempre con las cooperativas, son una excelente opción y ayuda para muchos, pero así mismo no faltan los que aprovechan las bondades de este tipo de organización para “darle duro” a otros y beneficiar unos pocos.
De todas maneras hay que estudiar muy juiciosos la Ley.
GRACIAS POR APOYAR EL VERDADERO TRABAJO ASOCIADO
Como siempre el Gobierno… no deja salir adelante a las minorias
Marcela.
Las Cooperativas y Precooperativas, estan abusando de muchos trabajadares en la actualidad, ademas esta siendo utilizadas por ciertos grupos economicos para aprovechar su fuerza laboral y pagar menos.
Otro punto importante es que este tipo de empresas no se crearón con este fin.
Felicito al gobierno por esta sabia medida y ojala apliquen mano fuerte.
CON TODO RESPECTO IMAGINO uSTED ES EMPLEADO DEL GOBIERNO, O DE LOS POCOS QUE LAS EMPRESA PRIVADAS CONTRATAN, TODO EL MUNDO DE UNA U OTRA MANERA DEBEMOS MANTENER A LOS NUESTROS
¿Me podría explicar su pregunta? Lo que está haciendo el estado es controlar a un montón de vivos descarados que hicieron de las CTA empresas de empleo temporal para alcahuetear a los dueños del capital la no contratación directa de trabajadores y evadir respnsabilidades como los parafiscales, que si los mira bien hacen parte del sueldo oculto de los trabajadores para disfrutar de bienestar social, educación y protección familiar. Esta medida se demoró demasiados años para salir. Además con estas empresas temporales disfrazadas de cooperativas no han ermitido el crecimiento del sindicalismo, que es la única herramienta que tienen los trabajdores para defenderse de los abusadores empleadores colombiano, quines se defienden con paracos y leyes para no pagar salarios justos.
Por primera vez en todos estos años apoyo al gobierno actual en ésta medida.
Carlos Pérez
SI UBIESE PLATA PARA GENERAR LOS EMPLEOS NECESARIOS CON TODAS LAS GARANTIAS ECONOMICAS COMO USTEDE IMAGINO LO TIENE ACEPTABLE SU SUGERENCIA
Hola marcela no es que el gobierno haga lo que dices, pues para tu informacion las CTA tienen muchas cosas malas que son de ABUSO al empleado y eso no es bueno, por eso me parece excelente que las regulen y ojala como dice el enunciado QUE SEA EL FIN, SE ACABEN, pues no se les esta dando el tratamiento para lo cual se crearon, Y CON ESE CUENTO DE COMPENSACION le pagan al empleado como les convenga-LE ROBAN-. NO CREES QUE ES INJUNTO PERO PARA EL EMPLEADO, QUE LLEVA LAS DE PERDER POR ESAS DICHOSAS CTA.
FELICITACIONES AL GOBIERNO Y A ACTUALICESE.COM, OJALA SE LUCHE Y LE LOGRE SU FIN
TODOS COMEMOS A COSTA DE OTROS, TÚ NO?
BIEN POR ESO MARCELITA, DE ALGUNA MANERA DEBEMOS COMER, GRACIAS POR APOYAR EL TRABAJO ASOCIADO
marcela buenas tardescomo es bien conocido las CAT son una fomra de explotacion en este pais y esta ley 1233 no conpensa en nada al trabajador , ya que los aportes siguen siendo apportados por los trabajadores y no por las Cooperativas como es el caso de las empresas seria y responsables, entonces las minorias de cooperativas ya estan saliendo adelante con la explotacion laboral , los mas pobres no tendran forma de salir adelante si no tienen un empleo digno como manda la CN
Gracias por todos los Boletines..
Son de gran apoyo en mi nueva etapa como asesora financiera y tributaria… Sin no tendria bases para poder trabajar sola ,. y me ha ido muy bien..
Los felicito.,, ademas son mi página de inicio..
Nunca se desaparezcan =)
La cooperativa de trabajo asociado se crea con el fin de busqueda de oportunidades,y exige para su constitucion minimo 10 asociados, que pasa si en los primeros meses de constitucion, obtiene trabajo solo para 7 asociados, los otros 3 asociados que no desarrollaron ningun tipo de labor a favor de la cooperativa, deberan pagar su aporte a seguridad social? y la cooperativa asumir el porcentaje a cargo, reportandolo como un salario minimo?
Agradezco su respuesta, y de aprovecho para felicitarlos por sus valiosos aportes.
Colega:
Fabian,
Son muchas la inquietudes que surgen al respecto, pero en cuanto a los pagos de la seguridad social surge precisamente de la relación vinculante el asociado productivo y la CTA, no del solo hecho de ser asociado.
Es como si la Sociedad LTDA, o S. A. en la cual las personas, ademas de ser socias pueden laboran dentro de la misma entidad, por consiguiente son beneficiarios de la mismas prevendas que la ley otorga a los trabajadores, sin importar que sean socios de la misma empresa.-
otro aspecto es la solidaridad, pues si los asociados lo consideran pueden crear un fondo, por este concepto en el cual de los exedentes se aplique a los pagos de segiridad social para aquellos socios que no laboran. esto con muicho cuidado, para no crear discriminaciones dentro del grupo.-
SI ES UNA COOPERARTIVA SOLIDARIA DEBE BUSCAR LOS MECANISMOS PARA NO DESAMPARAR A SUS ASOCIADOS QUE NO LABORAN POR EL MOMENTO, ESTO SI SE REALIZA POR MEDIO DE CONTRATACION DE PROCESOS
¡gracias !por las notas de cumplaños, el pasado 23 de julio, y por el detallazo (regalo)de 20 días de participación en la pagina de actualización permanente;pués soy estudiante de 10°de contaduría pública y cómo bien debe sabido por ustedes, me ha sido de mucho provecho.otra vez ¡gracias!
las CTA son de hecho muy importantes para sus grupos de cooperados por los beneficios que les brindan dentro del marco de la legalidad,pués fuera de élla se prestan o mejor prestaban para hechos impúdicos que, en buena hora,se la hayan colocado estos correctivos… LA ORGANIZACIÓN SURGE DE LA NESECIDAD.
MUCHAS GRACIAS EXEQUIEL POR APOYAR EL TRABAJO ASOCIADO
Me parece una medida importante, pues el gremio de las ctas se habia convertido en una mafia que aprovecha las facilidades entregadas por los entes laborales. En el caso eps y pension existe un inconveniente mayor con lo cual se burlan de los empleados pues descuentan y no pagan y poco tiempo despues cambian de nombre. es una completa burla al sistema ademas de que deberian ser intervenidos por peculado.
Si es bueno que pongan en cintura a estas entidades pues conozco muchas CTA’s que hacen mal uso de los beneficios concedidos y no contentos con esto se toman otras atribuciones. Tales como: Robarle a las empresas que contratan personal por medio de estas cooperativas ya que facturan unos valores y realmente aportan o pagan otros a empleados y entidades, No liquidan a sus asociados adecuada ni oportunamente, lo anterior aprovechando la ignorancia por parte de empleadores y empleados. A demás de esto tampoco cumplen con sus obligaciones tributarias y siguen funcionando.
Mejor dicho por culpa de esos picaros que vieron una buena oportunidad de sacar tajada, los trabajadores o asociados como los llaman pasaron a tener peores condiciones.
Lo malo de todo esto es que las Cooperativas de Trabajo Asociado que realmente cumplen su función de apoyar el trabajo de las “mayorias” tendrán que incurrir en otra serie de gastos.
YA ERA HORA DE QUE LE COLOCARAN ORDEN A ESAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO YA QUE CONOZCO ALGUNOS QUE NO HAN HECHO SI NO SERVIRSE DE LA GENTE QUE PUEDE DEFENDERSE DE SUS ABUSOS POR QUE LOS TIENE BAJO ESA FIGURA Y QUE NI SIQUIERA SON COOPERADORES (TALES COMO ABOGADOS, ADMINISTRADORES Y HASTA LOS GRADUADOS EN SALUD OCUPACIONAL)Y QUE VIERON LA OPORTUNIDAD DE LLENARSE DE PLATA A COSTAS DE LA IGNORANCIA Y DE LA NECESIDAD DE LOS QUE NO TIENEN TRABAJO FIJO.
OJALA LES COLOQUEN MAS REQUISITOS DE LEY QUE NO PUEDAN CUMPLIR Y SE TERMINE DE UNA VEZ CON LOS ABUSOS Y ULTRAJES DE ESAS COOPERATIVAS DE GARAJE CREADAS POR PERSONAJES QUE SOLO SIRVEN PARA QUE LAS PERSONAS OBTENGAN PEOR NIVEL DE VIDA.
Que organismo las vigila, pues yo me siento robado por una cta
Que bien.
Ojala se cumpla esta nueva Ley, lo que pasa es que desde arriba y aqui en el Valle por ejemplo hay quienes desde el Senado apoyan la creacion de estas empresas, así los trabajadores del ISS pasarOn a estas CTAS y ante la posibilidad de quedarse sin empleo era la mejor opción y quedan eternamente agradecidos con el politico que les ayuda a quedarse con el trabajito
Pero lo peor es cuando el desempleado que quiere por lo menor pagar su salud por una EPS y lo atiende un asesor que le pone todos los inconvenientes y lo mandan para una buenisima empresa donde lo afilian (CTA; MUTUAL-en ocasiones de propiedad del mismo asesor)sin ningun problema. Este pobre cristiano va a la empresa recomendada y le cobran que por afiliarse ($70.000) que paran en el bolsillo del asesor como comision, o son su ganancia y de los cuales no queda ni el rastro, y sigue pagando suS aportes que posiblemente suceda no pararan en su totalidad en las EPS y FONDOS.
Pero la EPS se quito de encima ese (INDEPENDIENTE) pero que en realidad es un desempleado quien se rebuzca para no ir a parar al REGIMEN SUBSIDIADO hoy tendrá para pagar, mañana tal vez no.
Lo mas posible es que el negocio siga porque ya hay estrategias para seguir con el negocio y más con la famosa PILA que no trae la opción (Desempleado) y no les conviene explicar se puede hacer el aporte,prefirieron el pago por terceros pues esto haria reventar las cifras, quien que esta por un entidad de estas aparece como INDEPENDIENTE O TRABAJADOR ASOCIADO CUANDO ES UNA GRAN MENTIRA PERO EN ESTE PAIS ESTAMOS !
QUE TAL LA CARA DE ALEGRIA DEL MINISTRO DE PROTECCION CONTANDO CON LA PLATA QUE ENTRARA A LOS FONDOS EN ESTE MES COMO PARA MORIRSE DE LA RISA. PARA QUE SIGAN HACIENDO MALAS INVERSIONES QUE NOS REBAJEN LOS APORTES OJALA NOS PENSIONEMOS, SI SUBSISTIMOS CON LO QUE NOS DEJAN TENIENDO QUE AHORRAR TODO EL APORTE POR NUESTA CUENTA QUE PARA LA VEJEZ.
si Mario, la opción de desempleado debería traerla, en ninguna situación de recolección de registro del estado se permite la opción desempleado, lo observe en la inscripción para la nueva cédula, muchos de los presentas cuando se les pregunto su actividad, dieron como respuesta desempleados, pero la funcionaria dijo que inventaran algo, que así no lo recibe el sistema. Imagine-se cuando recogen datos para el Dane.
Seria bueno que se diera una explicación de los términos usados en las CTA`s, que son ingresos ordinarios y extraordinarios?, ya que para liquidar los aportes para-fiscales juegan una importancia decisiva, a las cajas de compensación se paga sobre ingresos ordinarios+extraordinarios, para sena e ICBF solo sobre ordinario, se que se usa una termino-logia de compensaciones, pero a todo se le llama compensaciones, entonces cuales son los ingresos extraordinarios u ordinarios. Para seguridad social se suman los dos conceptos, entonces entra la compensación por las equivalencias a las prestaciones sociales? sera que perderán competitividad.? Me alegro por la medida , pero tampoco celebro que sea injusta con respecto al mercado laboral.
la vigencia de la ley, en cuanto a los para-fiscales es claro que dice a partir de 1º enero de 2009. parágrafo primero de artículo 2 de la ley 1233 de 22 de julio de 2008.
Es muy preocupante que los organismos estatales, no hayan podido controlar las CTA, PESE A LA CANTIDAD DE NORMAS que existen para regularlas y entrabarlas, donde los vivios aprovechan estas oportunidades para estafar a los trabajadores ( mediante la evasion de las prestaciones sociales, y los pagos legales). los objetivos por las que fueron creadas, con bombas y platillos de parte del gobierno para apoyarlas, las terminaron destruyendolas, las han considerado como puente de evasoras desde todo punto de vista, y ahora DANSOCIAL, DEterminando costos de funcionamiento e inscripciones, y lo engorroso hoy de obtener un Certificado que lo venian expidiendo las Camaras de Comercio
Es bueno que tomen medida en el asunto, y participo en este foro por que yo fui victima laboral de alguna de estas CTA yo fui asociado, en la cual nuestro ingreso únicamente dependía de las propinas de los clientes mientras que grandes empresas como almacenes ÉXITO S.A. paga a la cooperativa por la prestación de nuestro servicio, esta no nos remuneraba con ningún ingreso. Es bueno que regulen algunos aspectos que benefician a muchos
ES UN ASCO QUE PONGAN LIMITES PARA ACABAR CON ESTOS MERCADERES DE LA POBREZA ….LEAN BIEN ESTA….
Nota: Quedan excluidas del pago a parafiscales (Sena, ICBF y Caja) las que facturen al año menos de 435 smmlv ….
PUES FACIL VEAMOS CON EL EJEMPLO DE UNA CLINICA X EN BOGOTA (QUE YA LO ESTAN HACIENDO)A APARTIR DE AHORA LAS FRACCIONAN Y/O PARTEN EN 4 O 8 PRECOOPERATIVA ASI: DE LOS DEL ASEO DE LA CLINICA, PRECOOPERATIVA DELOS DE LA COCINA DE LA CLINICA ..PRECOOPERATIVA DE LOS DEL PARQUEADERO Y ASI SUCESIVAMENTE PARA BURLATR LA LEY …
HECHA LA LEY …HECHO EL ABOGADO Y CONTADOR BANDIDO LISTO PARA ENRIQUECER MAS A SU OPRESOR PATRONO…DEFINITIVAMNETE POR ESO NUNCA HABRA PAZ EN ESTE PAIS DE MIER..
Es una buena sabia desicion de losl egiladores en favor de la mano de obra de los trabajadores colomvbianos que a pesar de ser mal paga, le descuenta algunos privilegios que por ley corresponde, pero con este disfraz de CTA, donde sus privilegios eran muchos para dar mayor prevendas a los dueños de estas coperativas ” “.
Y quiero a provechar este espacion para formular una pregunta de como convertir una Cooperativa de Transporte en una empresa de transporte y asi poder convertir los excedendtes en utilidades y a susafiliados en propietarios para que esto obtengan utilidades
Gracias a Dios, por fin el gobierno tomó medidas respecto a esta situación que agredía en gran manera a la clase obrera, la cual se encontraba desamparada frente a estas injusticias y coadyubava a ciertas personas y negocios a cada día hacerse mas ricos, lo cual contribuía aun mas a la concentración del capital en pocas manos.
El Estado promulga normas que él mismo pervierte. Esto de las CTA dio pie para que todos los entes estatales, sobre todo los entes territoriales y las ESES, organizaran sus propias CTA y vinculara a sus trabajadores para evadir el pago de sus derechos laborales. Entonces, qué sentido tiene esta normativa si hasta los entes de control contratan a estas CTA? Un fin noble lo corrompe el mismo Estado.
Buenas tardes,
Que ignorancia se percibe de las opiniones de muchos de los participantes en este FORO, pues el modelo del cooperativismo de trabajo asociado ha permitido que muchos trabajadores informales hallan organizado sus negocios y brindado oportunidades de trabajo a otras personas. Además el hecho que esta normatividad aparezca permite que el sector solidario vaya limpiando poco a poco esa cantidad de “Cooperativas fachadas de trabajadores independientes” que solo le huyen a las obligaciones de aportar a la seguridad social integral, ya que estos individuos creen que la seguridad social es solo la EPS y no tienen en cuenta que también están los fondos de pensiones y los riesgos profesionales.
También hay que reconocer que existen muchisimas cooperativas de trabajo asociado a nivel nacional que realizan una adeacuada tercerización de procesos como lo define el DECRETO 4588 de DIC / 2006, y que brindan a sus trabajadores asociados una serie de beneficios sociales que no tienen en los trabajadores dependientes, ademas de cumplir con todas las normas legales en cuanto a los pagos de compensaciones ordinarias y extraordinarias y las afiliaciones a todo el sistema de seguridad social y cajas de compensación familiar.
Documentense, no hablen por lo que escuchan en la calle, lean las normas LEY 79, DEC 4588.
Gracias.
GENTE CON SU CONOCIMIENTO NESCESITA E SECTO DE TRABAJO ASOCIADO, GRACIAS POR SU APOYO
Buenos dia.
Hay cooperativas buenas que estan dando trabajo, pero a la larga en el momento de que las empresas que nesecitan sus servicios dejan de utilizarlos por x o y motivos, las cooperativas los van despidiendo sin ninguna causa o razon. Esto por ser cooperados no les estan pagado ninguna clase de indemnizacion a sus socios.con el pretesto de que los vuelven a llamar. hay socios con mas de 3 y 4 años de servicios, que lo unico que sacan de liquidacion son sus propios aportes o ahorros.
La Supersolidaria nunca se a pronunciado sobre esta anomalia lo mismo que Dancoop.
Gracias
Nuevamente buenos Dias.
Todos los Almacenes de Cadena estan Haciendo lo mismo, contratan con Cooperativas y Precooperativas para las diferentes areas como son relleno, empacadores, cajeras , vendedores y estos ganan por propinas que dan los clientes, mientras tanto los Señores que manejan estas cooperativas, SI le estan cobrado a estan empresas sus servicios por persona que envian a trabajar y fuera de eso en mision,sin retibucion ninguna a los que ellos llaman socios, Por que para poder trabajar con ellos hay que pagar un aporte mensual, esto con el fin de que lo tengan en cuenta para poder trabajar en una de estan empresas de cadena. O SI NO LE PUEDEN PREGUNTAR AL SEÑOR MIGUEL EDUARDO EN CAFAM QUE SIENDO GERENTE DE MERCADEO TIENE SUS COOPERATIVAS PRESTANDO SERVICIO EN EL MISMO CAFAM.Y COBRANDOLE A CAFAM POR SERVICO PRESTADO DE CADA DISQUE SOCIO QUE ENVIA A LABORAR.
EN donde esta la SUPERSOLIDARIA Y DANCOOP, PARA QUE REVICE ESTAS ANOMALIAS TAN BARBARAS.
Gracias.
[...] Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA) - Requisitos y Prohibiciones de la Ley 1233 [...]
Hola Ezequiel que pena contigo y con algunos colegas, pero lo que dices o dicen de que “las CTA son de hecho muy importantes para sus grupos de cooperados por los beneficios que les brindan”, CUALES?”. Pues dejame decirte de nuevo que me da pena con lo que aqui opinan bien de las CTA, pues si se dan de cuenta la dichosas CTA solo estan actuando como intermediarias entre el empleador real de la empresa y el empleado solo para beneficiarse ellas, como dicen Me parece excelente que esas dichosas CTA sean reguladas aunque me gustaria mas que las desaparecieran, pues en mi empresa se trabaja con una y me parece que solo se crearon para abusar del pobre empleado que a la hora de liquidar sus prestaciones no toman el auxilio de tranporte como parte de sueldo y eso es algo injusto-ABUSO-, como tampoco sacan al empleado a vacaciones, y le liquidan como más les convenga, lo despiden a la hora que les VENGA EN GANA y aun mas ni siquiera le tienen en cuenta a la hora de tomar una decision, pues todo lo hacen a traves del patrono, pero claro reitero todo a su conveniencia. Y el pobre empleado O COMO ELLOS LE LLAMAN ASOCIADO? solo le toca firmar el contrato como a la CTA mas le convenga o sino de malas no se le emplea y eso que el empleado no sabe cual de los dos es el patrono, si el dueño de la empresa o el dueño de la dichosa CTA… DISCULPENME PERO A MI CONCEPTO NO SON SINO ABUSIVAS Y OPORTUNISTAS. QUE BUENO QUE LES REGULEN Y OJALA SE ACABARAN.
OJO, COLEGAS
SE DEBE TENER EN CUENTA ESTE ARTICULO, Y COMO VEMOS NO ES TANTA LA DICHA DE QUE SE REGULAN LAS CTA, ES SOLO UNA ILUSION, PUES SOLO PAGARAN DICHOS PARAFISCALES LAS QUE EXCEDEN LOS 435 SMLM O SEA LAS QUE FACTUREN EN EL AÑO $200´752.500 Y LAS QUE NO -QUE SON CASI TODAS, NO LO PAGARAN. ESTA ES UNA BUENA JUGADA, PUES EN CONCLUSION SON POCAS, Y NO TODAS COMO DEBERIA DE SER LA LEY “PARA TODAS SIN EXCEPCION”
Artículo 10. EXCEPCIONES AL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES SPECIALES. Las Cooperativas de Trabajo Asociado y las Precooperativas de Trabajo Asociado, CUYA FACTURACION ANUAL NO EXCEDA 435 salarios mínimos legales vigentes ($200´752.500) quedarán exentas del pago de las contribuciones parafiscales de que trata la presente ley.
CORDIAL SALUDO A ACTUALICESE.COM - FELICITACIONES
BIEN POR ESO
hola pues espero que se aplique la ley yo trabajo en una cooperativa, y me hacen el descuento de el 6.5% mas iva por gastos de administraciòn de mi dinero de el que me gano yo trabajando por horas, en un hospital de el estado, y para completarla, para mi pensòn me descuentan sobre el minimo, ademas que todo lo de las prestaciones sociales las pago yo de mi salario todo lo asumo yo. pero si a lacooperativa le pago para que administre mi salario.
HABLE Y PIDA COPIA DE LOS ESTSTUTOS DE SU COOPERATIVA, Y CONCERTE CON LA JUNTA DE VIGILANCIA
AGRADEZCO LA INFORMACION ENVIADA, YA QU