Son aquellas de carácter transitorio o permanente que se dan como consecuencia directa con la clase de labores que se desempeña el trabajador, como por ejemplo el medio en que tiene que desempeñarse.
Ej: Un agente de transito que está en medio de una calle todos los dÃas soportando toda la polución y el sol, seguramente tendrá con el tiempo enfermedades de tipo pulmonar, al igual que en su piel por el sol.
Es por hechos repentinos que se presentan en desarrollo o con ocasión a la labor que se está ejecutando o en cumplimiento de ordenes del empleador ocasionándole un daño funcional u orgánico, incluso la muerte o una invalidez.
Ej. El mismo agente de transito del ejemplo anterior, estando en la misma avenida controlando el flujo vehicular, un carro gira indebidamente y lo arrolla. En este caso, cualquier daño que sufra aquel trabajador será considerado como Accidente de Trabajo.
También se considera como accidente de trabajo, sin importar si se desplazaba en un vehÃculo particular hacia o del trabajo.
Depende. Si la actividad recreativa, cultural o deportiva es efectuada por la empresa, sà lo es. De lo contrario no lo serÃa, asà el jefe se le haya colado en el paseo.
En accidentes son: el túnel carpiano, el dolor lumbar, la sordera “aunque no lo oigaâ€, las dolencias en el hombro y los codos y la inflamación del tendón del dedo pulgar
Por eso y mientras lee este artÃculo, actualicese.com recomienda que separe sus manos del teclado y del ratón y mueva un poco manos y muñecas y nunca olvide que primero está su salud que su cliente.
Si es una enfermedad profesional, debe dirigirse a la unidad de atención médica de su EPS y seguir los procesos del caso.
Si es una urgencia o un accidente, recuerde que cualquier centro hospitalario está en la obligación de atenderlo, darle los primeros auxilios y estabilizarlo, para luego conducirlo a su EPS de manera inmediata o en el momento que tenga conocimiento. Después, la empresa debe informar a la ARP sobre lo sucedido a quien posteriormente se le enviará toda la documentación de la atención médica para adelantar los trámites correspondientes como el pago de incapacidades por enfermedad y accidente profesional que está a cargo de la ARP, terapias, prótesis, etc.
Recuerde que toda esta información es obligatorio que la ARP a la cual se encuentra afiliada la empresa se la suministre, además de ayudar a consolidar los Programas de Salud Ocupacional.
Si. Lo primero que se debe establecer es que el PSO son las actividades de prevención de enfermedades y accidentes de origen laboral, por ello es obligatorio su observancia.
OJO: olvidar acatarlo puede significar que las ARP se exoneren de responder por las prestaciones económicas a que haya lugar, argumentando que hubo por parte del trabajador la inobservancias a las recomendaciones del PSO.
Cuando por causa de origen profesional que él mismo no lo haya provocado intencionalmente, pierda el 50% o mas de su capacidad laboral.
No. Cuando el trabajador sufre una pérdida parcial definitiva en una facultad para desarrollar su labor ordinaria, pero sin sobrepasar el 50% ya comentado anteriormente, no se le da una pensión de invalidez, sino una indemnización (un solo pago).
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
que requisitos debe tener un trabajador que ha sufrido un accidente en el cual no pueda seguir laborando para obtener su pension de invalidez
como puedo hacer que una empresa sea sancionada por no realizar los aportes y cuando me accidente ni la empresa ni la eps pagaron. gracias
en mi clase de seguridad e higiene la profe nos dijo que si nosotros nos transportabamos de la casa al trabajo en transporte particular y este colisionaba, no seria considerado como un accidente de trabajo, excepto si era la ruta de la empresa, ojala alguien me aclare esto… gracias
PORQUE NADIE ACLARA ESO,PUES EN MI EMPRESA DICEN QUE SE CONSIDERA ACCIDENTE SOLO CUANDO UNO ESTA EN SU JORNADA LABORAL
se considera accidente de trabajo si el empleador brinda el servicio de transporte, ahy el empleador responde directamente pero si no lo presta se considera que el trabajador esta por fuera de su horario de trabajo
PARA QUE SE CORRIJA ESTE PARRAFO:
¿Cuáles son las enfermedades de origen profesional más comunes en Colombia?
“En accidentes” son: el túnel carpiano, el dolor lumbar, la sordera “aunque no lo oigaâ€, las dolencias en el hombro y los codos y la inflamación del tendón del dedo pulgar”
NO ES EN “ACCIDENTES” SINO EN “ENFERMEDADES”
[...] La EPS paga incapacidades por enfermedades y accidentes de origen común; en general, lo que le puede suceder a cualquier persona: una gripa, una apendicitis, una caÃda en el baño, etc. Obviamente, hay casos más complejos y dramáticos (en este artÃculo ampliamos el tema). [...]
LA VERDAD ES QUE ESTA PAGINA NO EN DEMASIADO EXPLICITA..ME GUSTARIA QUE ALGUIEN ME RESPONDIERA QUE ES ATEP..OBJETIVOS Y MARCO LEGAL
hola me gustaria saber tener explicitamente todas pas prestaciones economicas que brinda cada sistema.
ola minonbre es fredy florez y megustaria que meaclararan una duda estuve 510 dias incapasitado porenfermedad comun y desde el dia 180 noresibi salario y aora que elmedico tratante medio carta de reubicasion quiero saber quien mepagara ese tienpo que no mepagaron des pues deldia 181 siletoca ala eps don de estoy cotisando o aquien grasias porsu colaborasion
Hola Freddy, vi tu comentario en espero que estes mejor de salud, para poder ayudarte em gustaria me comentaras cual fué el tipo de incapacidad, si fué durante horas laborales o que tipo de impase se te presentó, a que arp estas afiliado y cual es la eps en la que te afiliaron, ademas de ello cuantame cual es tu ocupación y en que empresa trabajas, para conocer la tabla de riezgo..espero poder ayudarte si aun no has logrado una asesoria…
csi de colombia
Freddy Araujo Chaves
Mi correo es: csidecolombia@telmex.net.co
Buenos Dias:
Tengo 41 y laboré por espacio de 13 años, 8 meses y 4 dias para una empresa como secretaria de gerencia (02-03-95 al 04-11-2008), debiendo tomar dictado durante 11 años en taquigrafia y los dos ultimos directamente al computador portatil, por lo cual la EPS me envio a medicina laboral para una valoración de una posible enfermedad profesinal. El dÃa 4 de noviembre de 2008 tuve la cita mencionada y enviaron a la empresa una comunicación en la cual se informa que se me ha evaludoa por presentar tendinitis puño bilateral y epicondilitis lateral bilateral, el mismo dÃa soy despedida sin justa causa argumentando mi empleador que por venirse presentando inconvenientes laborales con todos los demás trabajadores de la empresa, que se me ha requerido para cmbiar mi comportamiento (lo cual nunca ocurrio) y en general una serie de cosas para tratar de justificar la terminación, sin embargo, al final de la carta se dice que se termina el contrato de conformidad con lo señalado en el art. 64 del C.S.T. mediante el pago de la indemnización para no perjudicarme económicamente. En realidad a lo que se refieren en que tenÃa un prestamo spor la suma de $14.000.000.o más o menos el cual habia utilizado para adquirir vivienda y lógicamente me fue descontada la suma ya que estaba autorizada.
En mi hoja de vida no reposa ningun memorando o llamado de atención, durante todo el tiempo laborado, ni siquiera por un retardo.
Mi pregunta es: Teniendo en cuenta que el contrato se terminó el mismo dia en que medicina laboral requiere a la empresa, no se entenderÃa que el contrato termina por esa causa y no por la aducida?. Como la empresa me desvincula de la EPS, como hago para continuar con mi tratamiento. Teniendo en cuenta que estoy sufriendo de esta enfermedad me es dificil encontrar un nuevo empleo teniendo en cuenta que soy secretaria y que las recomendaciones de la EPS son cambiar de actividad. La empresa no deberÃa haber reconodido una indemnización especial por terminar mi contrato de trabajo encontrandome en esta situación de salud?.
Mil Gracias.
Blanca Jaimes