¡Hecha la ley, hecha la trampa!

Por: Alexander Coral
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Publicado: 17 de Julio de 2008

Colombia es un país de incertidumbre legal. Lo digo porque todos los días salen decenas de leyes, decretos, resoluciones, circulares, conceptos y sentencias sobre un mismo punto de derecho, o sea, todos los días se legisla, se reglamenta y se conceptualiza “sobre la misma vaina” (en términos mas parroquiales).

Concretamente hablaré sobre una particularidad que trae la Resolución 2377 del 25 de junio de 2008, que modifica y adiciona un nuevo tipo de cotizante en la PILA: “El cotizante sin ingresos con pagos por terceros

Pues aunque esta frase parece haber pasado inadvertida por el mar de disposiciones que ha producido el Ministerio de Protección Social respecto a la PILA, podemos sacar dos grandes conclusiones:

La primera es que el cotizante independiente que manifieste estar sin ingresos puede seguir cotizando sólo a Salud y demostrar que se encuentra sin ingresos, lo cual es muy fácil.
La Corte Constitucional en reiterados fallos de tutela ha dicho frente a los servicios en salud, que la incapacidad económica no se demuestra viviendo en una casa de cartón y en estrato 1; tan solo que el no tener grandes movimientos bancarios, no estar en nómina de una empresa, tener una o varias personas a cargo y muchas otras situaciones, son suficientes para concluir que una persona es de bajos ingresos. Además, que el usuario al sistema de seguridad social NO LE CORRESPONDE demostrar su incapacidad económica, solo debe manifestarlo, esta carga probatoria se le traslada a los prestadores de servicios de salud o pensiones si desean desvirtuar tal manifestación.

La segunda, es que miles de trabajadores independientes que han cotizado solo salud y que ahora deben cotizar no solo ésta, sino también a pensión, muy seguramente le dirán a un tercero como puede ser el cónyuge, el hermano, el primo, el amigo, etc., –al fin al cabo la norma no lo prohíbe- que sean ellos quienes empiecen a pagar los aportes de aquel independiente bajo el TIPO DE COTIZANTE: “Cotizante sin ingresos con pagos por terceros” y de esta manera muchos independientes evadirán la cotización obligatoria a pensiones.

Ya se que muchos en este momento estarán pensando no solo en usar este método para evadir el pago a pensiones, sino que pensarán que estoy siendo injusto con los miles de independientes que no tienen los suficientes ingresos para pagar salud y pensión y aunque no puedo olvidar que muchos escasamente tienen ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo, se nos olvida que la cotización a pensión no solo es para recibir algún día una mesada pensional; claro que en este momento dirán algunos lectores: “…si es que con la reforma pensional primero nos morimos antes de recibir la pensión”; pues si, en muchos casos esto será verdad, pero nunca olviden que la cotización a pensión sirve para dos cosas muy importantes:

  1. Si mañana sufro un accidente y me genera una incapacidad permanente, sin importar la edad, puedo reclamar una Pensión de Invalidez.
  2. Si por el contrario el día de mañana muero; el cónyuge, el compañero permanente o los hijos, incluso los padres o el hermano inválido, según cada caso, pueden reclamar Pensión de Sobrevivencia.

 

Alexander Coral R.
Líder de Investigación Legal – actualicese.com

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Última actualización: 05/13/2009 | Volver al inicio de esta sección
Editorial
  • Carmen C. Palomino

    Yo estoy de acuerdo en que a los independientes se les cobre tanto salud como pensión pues muchas personas dicen no tener los ingresos suficientes pero si usted mira la declaración de renta los ingresos son altos, y por lo general el que más tiene es que evade más; lo que debe hacer es crear mecanismos para detectar al que esta evandiendo.

  • Maria Helena Penagos

    Igualmente coincide con lo que dice la persona anterior pero si hay que tener en cuenta que muchas personas realmente no tienen para poder pagar, hay que tener mucho cuidado con eso.

  • Enrique Godoy

    De cualquier manera, la pensión y el acceso a ella me parece que es un acto voluntario y depende de las expectativas de cada quien en la vida. Estarian las personas de acuerdo en tener que ahorrar por obligación un 10 o 15% de sus ingresos en los bancos de nuestro país? Ojo, tengan o no tengan ingresos, so pena de no poder acceder por ejemplo a la educación o como en este caso a la salud? Estarian de acuerdo….cerebritos.

  • Claudia Manco

    Haber….. mmm…

    Pensemos, solo por un momento, en un señor que es ventero ambulante y que tiene a algún familiar con una enfermedad terminal, por lo cual paga EPS para poder “lidiar” con la enfermedad de su ser querido, además de esto tiene tres (o hasta mas) hijos pequeños y tiene que pagar él solo el arrendamiento, los servicios, mercar, transportarse y cubrir los gastos adicionales que un ser enfermo acarrea y no solo esos sino los otros que pudieran surgir. Quizá podría parecer que estoy exagerando y que soy muy trágica, pero resulta que no, esta es la cruda realidad de miles de colombianos y que pena con usted “DOCTOR” Alexander Coral Ramos pero puede que para usted $84.000 no sea una gran suma de dinero y piense que las personas pobres son unos inconscientes por no querer pagarlos, pero abra los ojos y despéinese un poquito que vivimos en un país (lamentablemente) pobre donde por mas que se quiera no se puede acceder a beneficios “aparentemente” tan baratos como la seguridad. Y aunque nos duela por causas como las que acabo de mencionar:

    ¡Hecha la ley, hecha la trampa (que por cierto mientras se acoja a los términos legales no debería ser llamada así)!

    Y una recomendación, no solo para usted sino para todos los que hagan una editorial primero medirse los zapatos ajenos antes de juzgar para ver si es verdad que tallan o no.

    Gracias y disculpen lo directa pero es que me da coraje

    PD: Si tengo EPS, AFP, ARP y CCF así que no piensen que es personal je, je, je

  • Ana

    Buenos días:

    Le contesto a Claudia, diciendo lo siguiente: El Sr. Alexander Coral en ningún momento ha desmeritado a los pobres, por el contrario acaba de dar dos formulas para no pagar pensión y que estoy segura no conocías, pero que ahora puedes informarselas a todos los que conozcas.

    Por otro lado cada persona es libre de decidir si desea accesar o tener beneficios de un determinado servicio o no. TENEMOS LIBRE ALBEDRIO desde antes de jesucristo.

    Y nunca tomes una opinión a título personal.

  • ANDRES RIOS

    Yo pregunto?
    Cual es la figura real del trabajador AUTÓNOMO O INDEPENDIENTE? es acaso para nosotros normal que una persona que no es empresario ( generador de empleos)si no que vive del mal llamado REBUSQUE , no necesariamente un ciudadano que vive en estrato 1 o 2 , si no que a diario busca su sustento y el de su familia, que no ha tenido la oportunidad de tener un contrato laboral (TRABAJO LEGAL) con todas las garantias que esta situación implica, no es lo que llamariamos un DESEMPLEADO?
    Por favor PENSEMOS EN LOS CIENTOS , MILES, MILLONES DE COLOMBIANOS QUE VIVIMOS DE ESTA FORMA, Y NO NECESARIAMENTE TENEMOS LA NECESIDAD DE EVADIR UNA OBLIGACIÓN, SI NO QUE NO TENEMOS LOS MEDIOS ECONOMICOS PARA ASUMIRLA.

  • FRANCISCO ALVAREZ

    LA VERDAD ESO DE LA PLANILLA ES UN VERDADERO ROBO, NO SE DAN CUENTA EL DANO QUE LE HACEN AL PUEBLO COLOCAR A PAGAR PENSION A UN DESEMPLEADO CUANDO ESE DINERO NI POR AHI AHORA ES FACIL HABLAR BLA BLA BLA CUANDO ES HIJO D EPAPI MAMI PERO CUANDO TIENEN QUE SUDAR LAPLATA COMO UN BURRO CON UN SALARIO MINIMO QUENO ALCANZA Y QUE ES UN ATROPELLO CON LO SIMPUESTOS JAJAJAJAJ ENTONCES AHI SI. PERO SI ES UN ECONOMISTA O UN POLITICO CORRUPTO O UN ESTUDIOSO ENTONCES SI QUE PAGUEN LOS DESEMPLEADOS. NO NOS CREAN TAN HUEVONES QUE EN ESTE PUEBLO TODAVIA HAY GENTE INTELIGENTE. Y LUEGO SALEN CON EL CUENTO QUE LA GENTE NO LEE, FUERA DE ESO PRESIONAN A LA GENTE A PAGAR PERO ELLOS SI HACEN UN MIERDERO Y CORTAN LOS SERVCIOS EN UN MES.

  • MARTHA CARDENAS

    Es correcto que se me decuente de esta manera PRACTICAMENTE TODO MI SUELDO?
    La Compañía está aplicando de forma correcta la ley al dejarme una quincena con $21.495.oo y en la otra con $2.395.oo para vivir, porque me han llegado 5 embargos?

    Sueldo BRUTO 30 de julio de 2008 $ 750.000,00
    DEDUCCIONES NORMALES:
    Fondo de Empleados – Présamo $ 181.125,00
    Fondo de Empleados – Présamo $ 9.502,00
    Fondo de Empleados – Aporte $ 27.478,00
    Fondo de Empleados – Préstamo $ 35.000,00
    Aporte Pensión $ 30.000,00
    Aporte Salud $ 30.000,00
    TOTAL DEDUCCIONES NORMALES $ 313.105,00
    Menos un embargo (primer embargo, en orden de radicado) $ 207.700,00
    Menos un embargo (segundo embargo, en orden de radicado) $ 207.700,00
    TOTAL SUELDO PAGADO JULIO 30 DE 2008 $ 21.495,00

    Sueldo BRUTO en Agosto 15/08 $ 750.000,00
    DEDUCCIONES NORMALES:
    Fondo de Empleados – Présamo $ 181.125,00
    Fondo de Empleados – Présamo $ 9.502,00
    Fondo de Empleados – Aporte $ 27.478,00
    Fondo de Empleados – Préstamo $ 35.000,00
    Aporte Pensión $ 30.000,00
    Aporte Salud $ 30.000,00
    Recordar S.A. $ 19.100,00
    TOTAL DEDUCCIONES NORMALES $ 332.205,00
    Menos un embargo (Tercer embargo, en orden de radicado) $ 275.400,00
    SUELDO QUE ME PAGARAN EN AGOSTO 15 DE 2008 $ 115.587,00
    Queda pendiente un quinto embargo.
    Además me dicen que todo lo que me han retenido no me lo pueden devolver, en caso de estar errados en los descuentos.

  • http://www.actualicese.com/actualidad/2008/11/27/no-hubo-mas-aplazamientos-para-la-pila-y-se-empezo-a-usar-de-forma-obligatoria-desde-julio-del-2008/ No hubo más aplazamientos para la PILA y se empezó a usar de forma obligatoria desde Julio del 2008 | actualicese.com – Actualidad Contable, Tributaria y Laboral

    [...] la 0634 de marzo de 2006, y que luego fue modificada con la resolución 2377 de junio 25 de 2008), se inventó una figura de “pago por cuenta de terceros”, figura que ya ha sido objetada por la propia Procuraduría General de la [...]


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