Reclamar la formalización y seguimiento estricto de un “debido proceso” para el tratamiento de los proyectos de convergencia, no se tiene que tomar como necedad ni como entorpecimiento. El seguimiento a un “debido proceso”, es ayuda para aseguramiento de que el proceso cumpla con los objetivos planteados y para garantizar la rendición de cuenta a los actores participantes en este proceso.
