mi hijo tiene dos años y lo van a operar a cuantos dias tengo derecho por calamidad domestica
Jhonnyfm5
hola,mi madre tiene una casa que compro por hipoteca con bancolombia y saco una tarjeta de credito para cubrir los gastos notariales…ahora…ella no ha pagado el millon por el cual fue el credito de la tarjeta…la pregunta es si ella esta bien con las cuotas de la casa ¿por que el banco esta chantajeando q le van a rematar la casa por esa pequeña deuda?
ella estuvo debiendo unos millones de la casa; pero ya esta a paz y salvo de la cuota de la casa
Luzmarlenymorales
cunado hay luto de tercer grado de consaguinidad, y el empleado se toma un dia para el entierro teniendo en cuenta que no es dentro de la ciudad, se le debe descontar o como se toma ese dia.
Jonathan Grueso
Con la sentencia c-930 de 2009 se declaro inexequible el apartado del numeral 6 articulo 57 del codigo laboral en el cual se menciona que el tiempo de la licencia por calamidad domestica se podia descontar del salario.
Norma
Saludos cordiales:
Mi hijo de 12 años tiene hepatitis hace 2 semanas en casa en las que coincidentemente estoy de vacaciones. Y desde hoy en semana y media – según su doctora- recién podría retomar sus actividades normales. Con conocimiento previo de mi empleador al respecto, me contacta diciéndome que si necesito de cuidar de mi hijo me concedería días inmediatos al término de mis 15 días de vacaciones, como ausencia laboral remunerada.
Entiendo que es potestad del empleador?, y agradecería por favor indicar la Legislación correspondiente al respecto. Gracias
Norma
Saludos cordiales:
Mi hijo de 12 años tiene hepatitis hace 2 semanas en casa en las que coincidentemente estoy de vacaciones. Y desde hoy en semana y media – según su doctora- recién podría retomar sus actividades normales. Con conocimiento previo de mi empleador al respecto, me contacta diciéndome que si necesito de cuidar de mi hijo me concedería días inmediatos al término de mis 15 días de vacaciones, como ausencia laboral remunerada.
Entiendo que es potestad del empleador?, y agradecería por favor indicar la Legislación correspondiente al respecto. Gracias
Normary
Bajo ninguna circunstancia ni bajo ningún punto de vista se debe descontar una Licencia por Calidamidad Doméstica, si no fuera calamidad doméstica se cataloga como un permiso y es descontable, pero si el hecho está catalogado como Calamidad doméstica, el empleador debe conceder los días de permiso y No se debe descontar ni pedir que sean compensados los días.
loren
Como puede ser tan cruel de discriminar que por ser una empleada del servicio domestico, no tiene los mismos derechos, todos igual somos trabajadores… yo creo que si a usted le pasa una calamidad grave tambien va a necesitar el luto de los 5 dias… parece que usted esta en la época de la esclavitud todavia…
ANDREA ESPINOSA
Mi esposo trabaja en la ciudad de Barranquilla
como docente y su residencia está en Fundación (MAG), el hogar está conformados
por cuatro (dos niños, mi esposo y yo). El viaja todos los viernes después
de su jornada laboral y llega a casa como a las cuatro de la tarde
aproximadamente, y regresa los domingo
en las horas de la tarde. Es muy poco tiempo que comparte con su familia, los
niños presentan una actitud de rebeldía, y él de una forma y otra le ha pedido a
su jefe que le ayuden con su horario de clase los días lunes para poder llegar
un poco más tarde ya que ese día solo tiene 3 (tres) horas de clases de la
siguiente manera: las dos primera de
6:45 a 8:15 de la mañana y la tercera la
tiene a las 11:45 y esta ayuda no ha sido tomada en cuenta. Mi pregunta es: ¿mi
esposo puede acudir a la licencia de
calamidad domestica para ayudarnos y poder pasar más tiempo junto como familia? El cumple con sus horas que rige el
ministerio de educación, además el está en un proceso de traslado por los
motivos ya mencionados. Me gustaría tener respuesta pronta. Mi correo
electrónico es anespinosa1526@hotmail.com
ANDREA ESPINOSA
Mi esposo trabaja en la ciudad de Barranquilla
como docente y su residencia está en Fundación (MAG), el hogar está conformados
por cuatro (dos niños, mi esposo y yo). El viaja todos los viernes después
de su jornada laboral y llega a casa como a las cuatro de la tarde
aproximadamente, y regresa los domingo
en las horas de la tarde. Es muy poco tiempo que comparte con su familia, los
niños presentan una actitud de rebeldía, y él de una forma y otra le ha pedido a
su jefe que le ayuden con su horario de clase los días lunes para poder llegar
un poco más tarde ya que ese día solo tiene 3 (tres) horas de clases de la
siguiente manera: las dos primera de
6:45 a 8:15 de la mañana y la tercera la
tiene a las 11:45 y esta ayuda no ha sido tomada en cuenta. Mi pregunta es: ¿mi
esposo puede acudir a la licencia de
calamidad domestica para ayudarnos y poder pasar más tiempo junto como familia? El cumple con sus horas que rige el
ministerio de educación, además el está en un proceso de traslado por los
motivos ya mencionados. Me gustaría tener respuesta pronta. Mi correo
electrónico es anespinosa1526@hotmail.com