Colombia hacia las NIIF. Primer paso: actualizar la copia (Hoy Ley 1314/2009) – Juan Fernando Mejía

Por: actualicese.com
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Publicado: 5 de Junio de 2009

Autor: Juan Fernando Mejia. *

La plenaria del Senado aprobó en su último debate, el proyecto de Ley que ordena la convergencia de los PCGA (Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados) colombianos con los estándares internacionales faltando solamente que sea conciliado con la Cámara y sancionado por el Presidente de la República.

Mediante el proceso que se inicia en Colombia con la aprobación de esta ley, las autoridades emitirán normas contables, más cercanas a las Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera.

Aspectos generales y texto del proyecto

El proyecto de Ley 165 de 2007 se refería inicialmente a la adopción de las normas internacionales, pero fue modificado y aprobado en la Cámara de Representantes como una norma que pretende organizar el proceso de preparación (proyección) de normas locales por parte del Consejo Técnico de la Contaduría, basándose en las Normas Internacionales de Contabilidad e Información Financiera.

El proyecto de Ley 165 de 2007 se radicó en el Senado de la República con el número 203 de 2009, en donde fue ajustado con la intervención de algunos organismos profesionales, la administración de impuestos (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-) y el Consejo Técnico de la Contaduría (CTCP).

Esta nueva Ley establece que, en adelante, el CTCP hará los proyectos de normas contables siguiendo un “debido proceso”, público y abierto en el cual se tengan en cuenta las diferentes observaciones presentadas y se evite la duplicidad de criterios en las normas que hasta ahora emiten distintas autoridades (como las Superintendencias).

En adelante, las normas contables proyectadas serán emitidas por el Presidente de la República a través del el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Ministerio de Comercio Industria y Turismo. La nuevas normas se llamarán “NCIFAI” Normas de Contabilidad e Información Financiera y Aseguramiento de la Información (o de “auditoría integral”), sobre las cuales el CTCP se pronunciará sin que sus opiniones o interpretaciones se consideren de carácter vinculante. Además el CTCP promoverá (efectuará) la capacitación en contabilidad internacional.

En la conciliación del texto final, el nuevo proyecto permitiría que algunas micro empresas lleven contabilidad de caja, siempre que se cumplan las normas tributarias correspondientes, por ejemplo las establecidas en el artículo 499 del Estatuto Tributario en relación el denominado “régimen simplificado” en el impuesto a las ventas, el cual concede ciertas prerrogativas como la exención de la obligación formal de declarar.

Uno de los principales avances de este proyecto es que, al menos en teoría, pregona la separación de las normas contables y las tributarias, asunto que requerirá una fuerte revisión al Estatuto Tributario Nacional que actualmente regula múltiples aspectos contables. En opinión de algunos expertos, deberían establecerse también cambios en el Código de Comercio y en otras regulaciones que influyen en la contabilidad local.

Otro aspecto importante de la ley es la intención de evitar la dispersión normativa, es decir, la alta cantidad de normas y criterios contables de múltiples autoridades, existentes en el país. Esta fue una clara recomendación del Informe ROSC (Report On Standards and Codes), preparado en 2004 por el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial (puede verse en http://www.actualicese.com/editorial/especiales/navidad/2005/InformeROSC/ROSCColombia.doc).

Para garantizar la pertinencia global de los proyectos de normas contables, se autoriza al Consejo Técnico su afiliación y participación en reconocidos organismos internacionales emisores de estándares.

Otros aspectos como la revisoría fiscal, pueden ser vistos en la Ley, presionando click aquí.

Actualizando la copia

Colombia, como la mayoría de países latinos, nunca ha tenido un modelo contable propio, desde el punto de vista conceptual, pues según varios estudios (como el denominado “Informe ROSC), el Decreto 2649 de 1993 (PCGA locales) es una copia incompleta de las normas internacionales de contabilidad y de los principios contables americanos (USGAAP) vigentes en el 1993, matizado con variantes locales (sobre todo de tipo tributario).

Por esta razón, la nueva Ley no puede considerarse “convergencia” o búsqueda de un punto en común entre dos modelos reconocidos (Real Academia de la Lengua). Lo que realmente plantea esta Ley es un proceso político (de emisión de normas), donde el país manifiesta su intención de migrar, más tarde que temprano, hacia normas internacionales., de manera que los estados financieros no continúen siendo el reflejo de una copia desactualizada de los estándares internacionales mezclada con normas tributarias.

Si bien es cierto que Colombia es uno de los países latinoamericanos que menos ha avanzado en considerar estándares internacionales de contabilidad (si se quiere, en el que más se ha aplazado el proceso interno), esta nueva Ley es un claro avance hacia mejores prácticas contables.

Es entonces de aplaudir el esfuerzo que la profesión ha venido realizando para que “actualizar la copia” y podamos avanzar hacia una contabilidad menos basada en reglas (por ejemplo tributarias) y más basada en principios, donde el contador público tenga mayor capacidad de criterio y decisión.

Nota: Este texto presenta opiniones personales que no comprometen a las entidades con las cuales labora el autor.

*Contador Público de la Universidad de Antioquia
Docente Contabilidad Internacional Universidad Externado de Colombia
Asesor Contaduría General de la Nación
Carrera 7 Número 32-16, piso 38, Bogotá, D.C.
jmejia@contaduria.gov.co

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Última actualización: 07/15/2009 | Volver al inicio de esta sección
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  • Héctor González

    Doctor Mejía, lo veo matizando su inconformismo, lamentablemente para usted y todos los que querían la adopción de las NIIF en Colombia, perdieron la batalla. Por fortuna el Congreso les dió la razón a los defensores de la convergencia. Los perdedores que querían la adopción no pudieron lograrlo. Ya los veo diciendo que se trata de una adopción por convergencia para justificarse. Que bueno que con la nueva ley las normas las podamos hacer nosotros.

  • http://www.globalcontable.com Juan Fernando Mejia

    Cordial saludo apreciado Doctor González:

    Aunque por años algunos sectores se han opuesto a las Normas Internacionales, para defender un supuesto “modelo contable nacional” que nunca hemos tenido, por fin iniciamos el proceso de convergencia, que aunque no es una adopción, es un primer paso para “actualizar la copia” parcial que tomamos en 1993 (Decreto 2649), es decir, para adoptar los criterios internacionales vigentes (que es lo que muchos hemos defendido siempre, no hemos dicho otra cosa).

    Con todo respeto, esta Ley es un triunfo para la profesión, no para unos cuantos que dicen “Que bueno que con la nueva ley las normas las podamos hacer nosotros” (SIC).

    Usted bien sabe que la emisión de normas es, por definición, un proceso político y creo que en ese “nosotros” estamos todos los contadores (La ley dice que habrá un proceso público, abierto y transparente en la emisión de normas contables), en cual debemos estar más unidos que siempre, buscando ayudarnos en lugar de estar atacando al que piensa distinto.

    Los que iniciamos el Proyecto de Ley 165 de 2007, que hablaba de adopción, vimos como fue cambiado hasta llegar a una “armonización”, pero si el proceso no se hubiera iniciado, muchos no podrían declararse “vencedores”. Por eso considero que los que le pusimos “el cascabel al gato” también tuvimos éxito y lo tiene el contador de la provincia, el que está haciendo informes y no puede estar en algunas discusiones, el que no hace parte de la dirigencia profesional en la cual, personas como Usted, también luchan, con su propio criterio, para mejorar la profesión (de lo cual estoy seguro).

    Espero que muchos podamos participar en este proceso de emisión de normas de acuerdo a estándares internacionales, aún los que hemos insistido para que la profesión “actualizara la copia”, teniendo como resultado de esta Ley de “convergencia” (que es el primero en la adopción de criterios menos tributaristas y más basados en principios).

    Muchos estaremos, desde la academia y desde la práctica profesional, participando como lo hemos venido haciendo. Se que las personas que hacen parte de nuestra dirigencia profesional no están intentando señalar ni excluir a nadie.

    Estoy seguro que todos estamos satisfechos con el inicio este nuevo proceso: es un reto que, que enfrentaremos con profesionalismo y con el apoyo entre colegas.

    De mi parte, estoy a su servicio y le reitero mi admiración y respeto,

    Me suscribo, con atención,

    Juan Fernando Mejía
    Contador Público de la Universidad de Antioquia
    Asesor Contaduría General de la Nación
    Docente Normas Internacionales de Contabilidad Universidad Externado de Colombia
    Carrera 7 Número 32-16, piso 38, Bogotá, D.C.
    Teléfono: 338 98 88 Extensión 234
    Celular: 301 266 41 76

  • Monica Castillo

    Sr. Hector, con todo respeto, soy contadora recién graduada y he visto como nuestra profesión está dividida por los que están a la izquierda y los que están a la derecha y pienso que esa rivalidad es la que tiene tan mal parada a nuestra profesión. Las nuevas generaciones de contadores debemos empezar por acabar con esa rivalidad que por años ha existido y mas bien enfocarnos en el bien común.

  • Hernan Rodriguez

    ¿Se necesita sincerar nuestra doctrina contable antes de emprender el trabajo del nuevo Consejo Técnico de la Contaduría?

    Nuestra discusión sobre temas de Contaduría Publica se reduce a la demostración de conocimientos individuales y grupales en: Contabilidad basada en las transacciones, Contabilidad basada en la representación financiera, Contabilidad basada en el impacto tributario, Contabilidad basada en los compromisos epistemológicos de las partes interesadas e Interpretaciones parciales de la Revisoría Fiscal y la Auditoría Financiera

    Realmente no ha habido suficientes discusiones continuas sobre la doctrina de la Contaduría Pública colombiana. Se necesita discutir sobre el grado en que el conjunto de enseñanzas e instrucciones que componen la doctrina contable en Colombia están influenciadas por las creencias que agrupa a conjuntos de individuos de la profesión contable (sobre el estado del arte de la Contaduría). También necesitamos discutir sobre el compromiso profesional hacia los principios y hacia el sistema de postulados a los que la ley escrita les otorga la pretensión de validez general o universal.

    Hipótesis sobre si las creencias contables constituidas por las opiniones, ideología y religión de los líderes han permeado nuestra realidad contable y no han permitido el debate y la argumentación entre contrarios para la busca de consenso. Si hemos estado promocionando inadvertidamente las creencias contables y promocionándolas como doctrina. Y si se les ha adorna con atributo de creencia abierta cuando se promocionan los eventos que debiendo ser democráticos, realmente parecen foros para el adoctrinamiento.

    Esta incidencia de las creencias contables sobre la doctrina ha contribuido al adormecimiento, el cual ha llegado a tal punto que parece natural que se les practique la exclusión a los críticos y a los intrusos y que hasta se les persiga.

    Hay que luchar por nuestra tendencia a ser adoctrinados y promocionar la necesidad de ser educado dentro de la aplicación del pensamiento crítico.

    Se hace evidente la necesidad de una discusión amplia sin desconocer los modelos contables prevalecientes en el mundo el modelo stakeholder (parte interesada) y el shareholder (accionista). Otra consideración importante es que el modelo de la máxima potencia económica, el modelo de USA, está basado en modelo shareholder. La diferencia principal entre los modelos de partes interesadas y el de accionista es la actitud hacia el beneficio a largo plazo y corto-plazo

    Para empezar el estudio inicial previo a la formulación de proyectos de convergencias deberíamos emprender, desde la óptica de los dos modelos, el estudio de nuestras dispersas reglas para la representación contable del intercambio real de bienes y servicios; y así como de la inserción del intercambio con incertidumbre.

    La especificación técnica del modelo contable se forma a partir de preceptos teóricos, supuestos básicos, conceptos, principios y procedimientos que determinan los métodos de reconocimiento, registro, medición y divulgación de las transacciones financieras de una entidad

    El sistema de contabilidad materializa los modelos contables en una estructura que busca cumplir objetivos puntuales. Se posibilita así el nacimiento de sistemas de información contable donde se aplica el modelo a través de una estructura predeterminada que como la contabilidad financiera está adaptada para clasificar los hechos económicos que ocurren en un negocio.

    El sistema de contabilidad informatizado de cualquier empresa independientemente del modelo contable utilizado, debe permitir los tres pasos básicos relacionados con las transacciones, como son registro de los datos, su clasificación y su resumen.
    En un sistema de contabilidad se debe mantener un registro sistemático de la actividad empresarial diaria en medidos en términos de valores monetarios. En una empresa se llevan a cabo todo tipo de transacciones que se pueden expresar en términos monetarios y que se deben registrar en libros de contabilidad.
    Un registro completo de todas las actividades comerciales implica comúnmente un gran volumen de datos, demasiado grande y diverso para que pueda ser útil para las personas encargadas de tomar decisiones. Por lo tanto, la información se debe clasificar en grupos o categorías; y se deben agrupar aquellas transacciones a través de las cuales se canaliza el flujo del dinero.

    Para que la información contable pueda ser utilizada efectivamente por quienes toman decisiones, ser debe permitir el acceso a información resumida. Por ejemplo, una relación completa de las transacciones de venta de una empresa sería muy extensa para ser leída por cualquier persona. Los agentes responsables de las compras necesitan las ventas resumidas por producto. Los gerentes de almacenamiento necesitaran la información de ventas resumida por diferentes niveles de responsabilidad, mientras la alta gerencia necesitará la información de ventas resumida por almacenes.

    Estos tres pasos que se han descrito: registro, clasificación y resumen son objetos de las tecnologías que se utilizan para crear la información contable. Sin embargo, el proceso contable incluye algo más que la creación de información, también involucra la comunicación de esta información a quienes están interesados en la interpretación de la información contable para ayudar en la toma de decisiones comerciales. Estas actividades están fuertemente relacionadas con el concepto de transacción que se refiere a una acción cierta terminada más que a una posible acción a futuro

    No todos los eventos económicos pueden ser objeto de descripción y medición objetiva en términos monetarios y con certeza absoluta como se hace con las transacciones comerciales. Es por eso que para algunos casos se necesita juicios profesionales con la información producida, como los juicios para remedición y valuación de los recursos, derechos y obligaciones con fines prospectivos. Estos juicios siempre van a estar basado en principios y reglas generales acogidas por el organismo receptor de información para la comunicación hacia partes interesadas o a accionistas. También se necesita juicio profesional en la interpretación y el aseguramiento de la información contable en que se apoyan los responsables de la toma de decisiones comerciales, de inversión y de fiscalización.

    Por último hay que considerar que la doctrina contable se ha desarrollado por lo general desde la necesidad de proporcionar información a grupos diferentes a los emprendedores como los gerentes y también a varios usuarios externos que tienen mucho interés tanto en la actividad como en la situación financiera de las empresas. Por eso es que se propone el sistema de contabilidad simplificada y de estados financieros abreviados cuando se trata de facilitar el emprendimiento como usuario agente contable con limitaciones de acuerdo a su naturaleza.

  • Hernan Rodriguez

    El Consejo Técnico entra en convergencia ¿como la convergencia de FASB-IASB o en una convergencia interna entre las tendencias doctrinales colombianas?

    En octubre de 2002, la FASB y el International Accounting Standards Board (IASB) anunciaron la publicación de un memorando de entendimiento (“Acuerdo de Norwalk”), marcando un importante hito hacia la formalización de su compromiso con la convergencia de las normas de contabilidad de los EE.UU y las normas internacionales de contabilidad.

    Desde entonces la FASB ha emprendido las siguientes seis iniciativas claves para promover la meta de la convergencia de los PCGA de EE.UU. con Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS):

    Proyectos conjuntos con el IASB. Proyectos conjuntos son aquellos que han acordado llevar a cabo simultáneamente de una manera coordinada los dos emisores de estándares. Proyectos conjuntos implican el intercambio de recursos de personal, y se hace todo lo posible para mantener los proyectos conjuntos en un calendario similar en cada Junta. Actualmente, la FASB y IASB están realizando proyectos conjuntos con agenda definida para hacer frente a los siguientes temas:

    Marco conceptual único
    Combinación de negocios
    Formatos de presentación de Estados Financieros
    Reconocimiento de Ingresos

    El proyecto de convergencia a corto plazo. El proyecto de convergencia a corto plazo es un proyecto de convergencia de agenda activa que se está llevando a cabo conjuntamente con el IASB, y se espera que resulte en una o más normas que logren la convergencia en ciertas áreas. El alcance del proyecto de la convergencia a corto plazo se limita a las diferencias entre las IFRS y los PCGA de EE.UU. en el que la convergencia en torno a una solución de alta calidad parece alcanzable en el corto plazo. Debido a la naturaleza de las diferencias, se espera que una solución de alta calidad se pueda lograr entre los US GAAP y las IFRS.

    Proyecto de convergencia a corto plazo
    Miembro de enlace IASB en los sitios de trabajo (oficinas) de FASB. Una de las características más visibles de operaciones diarias de la FASB que promueve la convergencia es la presencia de un miembro IASB de tiempo completo en el sitio de las oficinas FASB. James J. Leisenring, un ex miembro del Consejo FASB, es el miembro IASB actualmente llenando el papel de enlace miembro a la FASB. Se creó el rol para facilitar el intercambio de información y aumentar la cooperación entre la FASB y el IASB.

    FASB haciendo seguimiento a los proyectos de la IASB. Los proyectos IASB son supervisados por la FASB sobre la base del nivel de interés de la FASB en el tema que se trate.
    Actividades de FASB relacionadas con los proyectos IASB
    El proyecto de investigación de convergencia. El personal FASB actualmente está trabajando en un proyecto de investigación relacionado con la convergencia. El proyecto pretende identificar todo las diferencias sustantivas entre los US GAAP y las IFRS, para catalogar esas diferencias con arreglo a la estrategia de la Junta para resolverlas. El alcance del proyecto incluye hacer frente a las diferencias en las normas de reconocimiento, medición, presentación o divulgación. Cualquier tema en el que un tratamiento específico de contabilidad fuera permisible bajo una base de contabilidad, pero no fuera admisible en la otra base de contabilidad está incluido en el ámbito de este proyecto.

    Proyecto de investigación sobre convergencia
    El informe “The IASC-U.S. Comparison Report, 2nd ed. (1999)”, es un completo estudio de las diferencias entre las normas contables internacionales y los GAAP de Estados Unidos, y está disponible desde la FASB. Emisores de estándar, preparadores de estados financieros, auditores y reguladores deben conocer de similitudes y diferencias entre los informes financieros que podrían producirse bajo las normas del IASC y las producidas bajo las normas nacionales. Este informe compara cada uno de los estándares básicos del IASC (hasta e incluyendo NIC 39) con sus homólogos de los US GAAP en áreas tales como alcance, definiciones, requisitos de reconocimiento y de medición; y requisitos de presentación y divulgación. Información sobre el IASC-U.S. Comparison Report, 2nd ed.

    Consideración explícita del potencial de convergencia en todas las posibles decisiones de las Juntas. Teniendo como criterio el marco del programa de trabajo orden del día de la Junta, todos los temas considerados oficialmente para su inclusión en la agenda de la FASB necesitan ser evaluadas para las posibilidades de cooperación con el IASB (u otro estándar). Los factores que la Junta considera en la evaluación de temas para el programa incluyen (a) la posibilidad de que la resolución aumentaría la convergencia de las normas en todo el mundo, (b) las oportunidades que el tema presenta para la cooperación con otros establecedores estándar y (c) si estarán disponibles recursos adecuados y suficientes para una articulación o otro esfuerzo cooperativo.

    Como resultado de estas y otras iniciativas, la FASB espera lograr avances importantes hacia la convergencia internacional en los próximos años. Sin embargo, debido al volumen de las diferencias y la naturaleza compleja de algunas cuestiones, la FASB prevé que muchas diferencias entre las normas de los Estados Unidos y las normas internacionales del persistirá mucho más allá de 2005. (Desde el 2005, empresas con interés del público de la EU han sido requeridas por la Unión Europea para preparar sus Estados financieros consolidados mediante normas IASB.)

    Traducción adaptada por Hernan Rodriguez de los resúmenes de prensa de la FASB

  • Carlos De La Rosa

    Por favor señores.

    Pienso que no debemos discutir esto aqui. Lo que se busca es adecuar las normas existentes a las normas internacionales. Esto se va a dar poco a poco Doctores Rodriguez, Mejia entre otros. Esperemos con que va a salir estos nuevos conceptos que para mi opinion el estado como siempre va a meter la mano y va acomodar a su antojo. Esto nunca va a cambiar porque ellos siempre quieren mayores impuestos para cubrir el gasto publico que por cierto ya es alto. En el 2010 ya se habla nuevamente de reforma tributaria y no entiendo como van hacer para adecuar norma y fuera de eso con reforma abordo…Lo importante es que se dio un pasito falta todavia la carrera…Entonces no nos adelantemos quien gano y quien perdio…Mejor hagamos una buena adoptacion de estas normas para que los contadores tanto del ayer como los de hoy seamos capaces de afrontar los nuevos proyectos y retos que se tienen en materia contable y fiscal. Igualmente esto se va a dar pero esto va ser bien demorado…Por el tema de Tecnologia, cambios etc.

    Esperemos….El hombre mas rico del mundo dice: “La mejor manera de estar primero en el peloton es como se gestione y se de buen uso de la informacion”. Esperemos que el Estado tenga en cuenta esto para que las empresas como dicen en este link (“http://www.dinero.com/noticias-on-line/colombia-modifica-normas-contables/60385.aspx”) sean competitivas y abran la inversion extranjera directa. Ojala no sean simples palabras….

    Carlos De La Rosa.

  • Andrea Rodríguez

    Mónica: como estudiante creo que pierden mas los que decian que las normas internacionales eran “imperialismo yanqui” y ahora les toca converger con lo que tanto se opusieron, pero en el fondo todos ganamos con que se haya presentado el proyecto que ya es ley porque nos toca aprender, pero en la universidad no me enseñaron eso bien, pusieron a un señor sin experiencia en ese tema por que es amigo de quien sabe quien

  • OSCAR TORRES

    SOY UN SEGUIDOR DE LA ADOPCIÓN DE LAS NIIF, ME PARECE QUE EL CONGRESO COMETIÓ UN GRAN ERROR AL ASUMIR LA CONVERGENCIA. POR ESO ME DECLARO ORGULLOSAMENTE PERDEDOR, PUES NUNCA PODRÉ ESTAR DE ACUERDO CON LA DICHOSA CONVERGENCIA.

    QUE DISFRUTEN POR EL MOMENTO LOS “CONVERGENTES” PORQUE LA ADOPCIÓN ES IRREMEDIABLE Y LLEGA CON EL FUTURO. POR ESO LES DIGO A LOS DOCTORES MEJIA Y RODRIGUEZ QUE NO ESTÉN TRISTES Y QUE ESTEMOS ORGULLOSOS COMO PERDEDORES EN ESTA PRIMERA BATALLA. QUE AL FINAL GANAREMOS.

    TAMBIÉN ME SIENTO UN ORGULLOSO PERDEDOR AL LADO DE MENTES TAN BRILLANTES QUE QUIEREN LA ADOPCIÓN DE LAS NIIF COMO: SAMUEL MANTILLA, GABRIEL VÁSQUEZ TRISTANCHO, LUIS ALFREDO CAICEDO, HUGO OSPINA, RICARDO VÁSQUEZ, CESAR CHENG, DAVID AGUIRRE, YANEL BLANCO, GLORIA MÁRQUEZ, MIGUEL ANTEQUERA, Y TANTOS OTROS QUE PIENSAN CON INTELIGENCIA.

    P.D. SOLO LAMENTO QUE OTRA VEZ JAIME HERNÁNDEZ Y RAFAEL FRANCO “SE HUBIERAN SALIDO CON LA SUYA”. HASTA CUANDO DIOS MIO.

  • johana

    definitivamente, con esta ley el ejercicio de la profesion contable en colombia queda relegada, espero que todos los que esten de acuerdo con la aprobacion de este proyecto de ley la hallan analizado con detenimiento.

  • johana

    definitivamente, con esta ley el ejercicio de la profesion contable en colombia queda relegada, espero que todos los que esten de acuerdo con la aprobacion de este proyecto de ley la hayan analizado con detenimiento.

  • Jesus Maria Garcias

    No entiendo porque aún existen colegas que pretenden radicalizar las posiciones, no dudo que el mejor camino que adoptó en país fue la convergencia, que no es más que darnos a la tarea de avanzar hacia los Estándares Internacionales, manteniendo la posibilidad soberana de participar y aportar en esta discusión, conservando nuestra autonomía y capacidad de negociación.

  • http://www.globalcontable.com Juan Fernando Mejia

    Personalmente llamo al respeto en las discusiones, para mí, el Doctor Franco, Hernández y otros como Mantilla, son visiones distintas y necesarias de este proceso hacia las NIIF.

    Toda la profesión gana con esta Ley: La “Convergencia” es un punto de conciliación entre los que no querían las NIIF, prefiriendo un modelo nacional propio, y que luego cedieron hablando de “armonizar”, con aquellos que pensamos, ante tal nacionalismo, que era mejor “adoptar”, poniendo un “cascabel al gato” con el proyecto de Ley 165 original. No es hora de pelear y mucho menos de señalar a nadie, sino de trabajar de manera conjunta.

    Con la participación de todos los profesionales que de verdad se interesen en este momento histórico para la profesión, vamos a trabajar de manera coordinada, avanzando hacia las NIIF.

    La legitimad y gobernabilidad de la profesión están pasando por un momento complicado que necesita de toda la solidaridad y apoyo entre colegas, sin atacar a nadie, señalar, discriminar o declararse vencederos de un proceso en el que muchos hemos participado y que ha traído, como consecuencia, esta nueva Ley de Convergencia.

    Vamos hacia las NIIF, solo que el primer paso es actualizar la copia, para lo cual necesitamos “adoptar” criterios propios de las actuales NIIF y propiciar las siempre bienvenidas discusiones, con argumentos técnicos y políticos.

    Un saludo,
    Juan Fernando Mejía
    Contador Público de la Universidad de Antioquia
    Docente Contabilidad Internacional Universidad Externado de Colombia
    Asesor Contaduría General de la Nación
    Carrera 7 Número 32-16, piso 38, Bogotá, D.C.
    jmejia@contaduria.gov.co

  • http://globaliconta.blogpot.com Hernan A. Rodriguez

    Qué bueno poder trabajar en grupos de trabajo de “lápiz y papel” con todos los colegas y discutir palabra por palabra, traducción por traducción, norma por norma. En el lado de arriba del papel pondríamos las opiniones de unos y en el lado de abajo las de los otros. No pondríamos nada al lado derecho ni al izquierdo del papel, ni escribiríamos con la mano izquierda ni la derecha.

    La agenda del grupo convergente seria, lógicamente según el mandato de la ley, las normas internacionales. Lógico que la “copia” tendría que sincerarse y corregirse todos los errores de traducción y de apreciación que se incluyó en ella en los años 1992-1993.

    Según el proyecto como está, el prefacio, marco conceptual, reglas, interpretaciones y otros escritos de acompañamiento de las normas internacionales habría que discutirlos para poder recomendar al gobierno su adopción o no. Pero esto hay que hacerlo emitiendo juicios que se puedan argumentar y probar casi que matemáticamente.

    El grupo de trabajo de “lápiz y papel” tendrá su debido proceso y estará constituido mayoritariamente por contadores que prueben experiencia, academia, investigación sobre los temas incluidos en la agenda. Aquí seria la felicidad hablar de temas de reconocimiento, medición, valuación, presentación, divulgación y aseguramiento. Se hablaría de las reglas que son iguales a las nuestras y las que le faltan a la “copia” (Divergencia 2649?). Qué bueno sería oír las justificaciones filosóficas, doctrinales y pragmáticas de cada corriente ideológica de nuestra profesión. Pero lo terriblemente bueno sería que no haya salida, tenemos que decidir y decidir democráticamente la recomendación al gobierno.

    ¡Que quedaría? Varios escenarios se me ocurren, que rechacemos las normas que no nos gustan a los hermenéuticos y que aceptemos las que nos gusta a los positivistas, o que humanistas y positivistas se pongan de acuerdo y recomendemos las internacionales, o que todo lo rechacemos y nos neguemos a recomendar la adopción… etc. Lo que si no se nos va a permitir es inventar “normas colombianas”. NOS OBLIGARON A SENTARNOS a dialogar.

    Quedaríamos conociendo la diversidad y su armonización, para poder emprender un proceso de convergencia de aceptación unilateral (nuestra). Claro que los representantes que nombraremos ante los organismos reguladores nos defenderán de las arremetidas del “capitalismo salvaje “ y de la voracidad del “neoliberalismo” , pero también nos defenderán de los amigos del caos y de la oposición eterna. Muy claro también que los proyectos de convergencia demandarían grupos de trabajo que discutan y sienten su posición negativa o positiva, en buen inglés, en todas las reuniones para emitir normas que se hacen en el exterior.

    Nuestros líderes gremiales y técnicos tendrían pasarse todo el año estudiando “camionetadas” de normas extranjeras, interpretándolas, argumentándolas, y proponiendo sobre ellas( estilo Ecae) en inglés y en español. También tendrían, estos líderes, que correr modelos matemáticos en simulaciones de inteligencia artificial para poder predecir el impacto en la economía, la tributación y en el bienestar social de los colombianos. Ya que no se aceptaría como argumentos lo hermenéutico, lo pasional, lo ideológico o sencillamente las creencias.

    ZZZZZZZZZZZZZZZ ¿Desperté del sueño?

  • Edgar Salazar

    Creo que la decisión es acertada, porque entre otras cosas, constitucionalmente no es posible adoptarlas por completo sin que el regulador local intervenga. Personalmente creo que los estándares internacionales son de alta calidad, pero reconozco que hay temas que admiten discusión.

    Esta nueva etapa de la regulación contable en Colombia nos plantea nuevos retos:

    Debemos ser vigilantes de la conformación del “Consejo de Sabios”. La elección de sus miembros es un proceso vital para el cumplimiento del propósito de la ley.

    La activa participación en el proceso de discusión pública de los proyectos es necesaria y requiere fundamentos conceptuales fuertes que permitan respaldar una posición. La teoría contable, que poco estudiamos en Colombia, requiere entonces nuestra atención.

    Es importante entender que los contadores no tenemos la última palabra en cuanto a la información financiera. Nuestro aporte es indispensable, pero es necesario abrirnos a escuchar posiciones desde la economía, las finanzas, la administración, los empresarios, el derecho, el Gobierno y otros interesados.

    Por último, el debate sobre los estándares internacionales, debe hacerse con fundamentos. Veo con mucha preocupación que, en algunos casos, tanto defensores como contradictores hablan de táles estándares sin conocerlos a fondo.

    Edgar Salazar


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