La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los Decretos  519 de 2007 , 919 de 2008 3819 de 2008 y  1098 de 2009, expidió el 30 de junio la Resolución No. 0937 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente perÃodo y modalidad de crédito:
La mencionada Resolución certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 18.65%, lo cual representa una disminución del 1.63% en relación con la anterior certificación (20.28%).
De conformidad con las disposiciones del Decreto 1098 de 2009, se mantiene la vigencia del Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito establecida en la Resolución No. 428 de 2007, hasta el 30 de septiembre de 2009, correspondiente al  22.62%.
INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA
En atención a lo dispuesto en el artÃculo 884 del Código de Comercio, modificado por el artÃculo 111 de la Ley 510 de 1999 y en concordancia con lo señalado en los artÃculos 2 y 3 del Decreto 519 de 2007, modificado por los Decretos 919 de 2008, 3819 de 2008 y 1098 de 2009, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 33.93% efectivo anual para la modalidad de microcrédito y el  27.98% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
USURA
Para los efectos de la norma sobre usura (ArtÃculo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los perÃodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el perÃodo señalado se sitúa en 33.93% para la modalidad de microcrédito y en 27.98% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, atendiendo lo dispuesto en los artÃculos 2 y 3 del Decreto 519 de 2007, modificado por los Decretos 919 de 2008, 3819 de 2008 y 1098 de 2009, resultado que para la modalidad de Crédito de consumo y ordinario representa una disminución de 2.44% con respecto al periodo anterior (30.42%)
EFECTOS DE LA CERTIFICACIÓN
Según lo señalado en el artÃculo 3 del Decreto 519 de 2007, modificado por los Decretos 919 de 2008, 3819 de  2008 y 1098 de 2009, en las operaciones activas de crédito y para los efectos legales relativos a intereses, incluido el delito de usura, con independencia de la naturaleza jurÃdica del acreedor, deberá tenerse en cuenta el interés bancario corriente certificado para los perÃodos señalados según la modalidad de la operación activa de crédito de que se trate, de conformidad con la definición prevista en el artÃculo 2 de la citada norma. Lo anterior, aplicará también para las ventas a plazo en cuanto al precio pendiente de pago, las operaciones de leasing operativo y financiero, el descuento de derechos personales o créditos de carácter dinerario y de valores o tÃtulos valores y las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores.
En los demás casos, en los que se paguen intereses de plazo o de mora, asà como en los eventos en que los intereses se encuentren definidos en la ley o el contrato en función del interés bancario corriente, tales como los intereses de mora por concepto de tributos, obligaciones parafiscales u obligaciones mercantiles de carácter dinerario diferentes de las provenientes de las operaciones activas de crédito y demás operaciones arriba mencionadas,  únicamente deberá tenerse en cuenta el interés bancario corriente certificado para el crédito de consumo y ordinario, atendiendo lo previsto en el inciso 2 del artÃculo 3 del mencionado Decreto 519 de 2007 modificado por los Decretos 919 de 2008,  3819 de 2008 y 1098 de 2009. En estos eventos la tasa certificada para dicha modalidad deberá tenerse en cuenta para establecer el correspondiente lÃmite de usura.
Consulte aquà la información histórica del Interés Bancario Corriente.
Fuente: Superfinanciera
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Buenos dias, tengo una inquietud con respecto a una mora que supuestamente tengo en BANCOLOMBIA. TENGO TARJETA DE CREDITO IDEAL, y me llamaron a decirme que estoy en mora. cuando cumplidamente he pagado mis obligaciones bancarias con esa entidad. ayer 28 de octubre me dirigi a la oficina principal y me informaron que era un problema que tuvieron con estas tarjetas IDEAL, que no me habian cobrado la cuota de manejo de 2 meses. pero noi es mi culpa incurrir en esa mora por un problema de ellos, verdad?. la persona del banco me soluciono aparentemente la situacion diciendome que pagara $46000 PESOS EL DIA DE HOY Y QUE EN LA FECHA ESTIPULADA PARA EL PAGO CONSIGNARA ES RESTO. Hoy me llaman a decirme que no son $46000 sino $69000. vuelvo a decirles a ustedes porque tengo que pagar unos intereses que yo no he propiciado? y porque pagar los errores de la entidad?. ME GUSTARIA QUE ME ORIENTARAN QUE HACER, YA QUE TENGO BUEN MANEJO DE CREDITO Y NO ME GUSTARIA VERME AFECTADO POR ESTA SITUACION PERO TAMPOCO ME PARECE JUSTO PAGAR POR ALGO QUE NO HE HECHO. ESPERO UNA RESPUESTA DE USTEDES. CORDIALMENTE. GIOVANNY ROMAN ACUÑA. CC 75063379 DE MANIZALES CALDAS
Buenos dias tengo un credito con BANCOLOMBIA sucursal Pasto oficina Principal, por el cual tengo que pagar la suma de $690.000 pesos mensuales los primeros dias de cada mes maximo hasta el 10, hae cancelado la cuota los dias 5, 7, 9. no me he pasado del 10 y me llega el extracto con intereses de mora mi pregunta es PORQUE??? ME DIRIJO AL BANCO Y NO TENGO NINGUNA RESPUESTA la unico que me dicen es que si aparece en el extracto eso es y que TENGO que pagar porque por cada dia que pase me cobran $9.100 y va ir en aumento cada dia por lo que me intimidan y no tengo otra salida que cancelar primero $82.600 al cabo de 3 meses nuevamente me llega el extracto y debo $100.000 poar interes demora y no me he atrasado nisiquiera un dia para decir que es por este dia que me cobran , nuevamente pago por el temor a un reporte y hoy 11 de noviembre me dicen que debo pagar $105.000 de mora otra vez creo que meresco una respuesta de que son estos intereses que me cobran.???? agradezco su atencion