Bogotá. El procurador General, Alejandro Ordóñez, proclamó inexequibles el decreto 4975 de 2009 que declara el estado de emergencia y permite el incremento en las tarifas sobre bebidas alcohólicas, juegos de suerte de azar, cigarrillos y tabacos.
Así se desprende del concepto presentado por Ordóñez a la Corte Constitucional este martes, como parte de un estudio de constitucionalidad que adelanta esta corporación.
Para el Procurador, la crisis de la salud no es producto de hechos que sobrevengan de manera repentina e imprevista o que no se hayan podido advertir, razón por la cual declaró inexequibles dichos decretos. Además, el Gobierno puede utilizar vías ordinarias para proponer y construir las soluciones necesarias para el sistema de salud.”Esto excluye la vía extraordinaria de la declaratoria del estado de emergencia social”, precisó.
Frente al decreto 127 de 2010, que incrementa los impuestos para bebidas alcohólicas como la cerveza, algunos licores, juegos de suerte y azar, tabaco y cigarrillos, el Procurador sostuvo que no expresa en qué forma restablecerá el estado de emergencia que pretende solucionar.
“En sus motivaciones no define cómo las medidas decretadas son suficientes para que con ellas se conjure la crisis a remediar y no justifica que con los recursos adicionales se logren enderezar las deficiencias estructurales del sistema”, explicó Ordóñez.
Entre otras de las razones que argumentó el jefe del Ministerio Público fue que el decreto de impuesto no consulta los criterios de equidad, pues sólo establece cargas a un determinado grupo de consumidores y no distingue su capacidad de pago.
Para el Procurador, la crisis en la salud por la que atraviesa el país no está en los recursos sino es el flujo de los mismos, en la falta de actualización del POS, en la afiliación estancada para el régimen contributivo, en la falta de mayor inspección, vigilancia y control y en problemas de corrupción, entre otros aspectos.
El Gobierno Nacional declaró la emergencia social justificando la desfinanciación del sector por el suministro de servicios no POS y por fallas en el desarrollo del sistema de salud, pero para la Procuraduría esa declaratoria no reúne las condiciones establecidas en la Constitución Política.
Fuente: La República
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