El Ex Contador General de la Nación, Jairo Alberto Cano Pabón informa a los Contadores Públicos de Colombia que:
Se opone a la decisión tomada por la Junta Central de Contadores en relación con el cambio de la tarjeta profesional y, en especial, que este costo sea asumido por los contadores públicos, máxime en tiempos de crisis económica en los cuales tanto el Estado como las personas deben regirse por principios de austeridad.
La mencionada decisión, tomada mediante Acuerdo 009 de 2009 por la mayoría de los integrantes de la junta y firmada por el Doctor Luis Alonso Colmenares Rodríguez, atenta contra la Ley 962 de 2005 por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos, en especial, su artículo 1º, el cual reza que “Para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, únicamente podrán exigirse las autorizaciones, requisitos o permisos que estén previstos taxativamente en la ley o se encuentren autorizados expresamente por esta. En tales casos las autoridades públicas no podrán exigir certificaciones, conceptos o constancias. Las autoridades públicas no podrán establecer trámites, requisitos o permisos para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, salvo que se encuentren expresamente autorizados por la ley; ni tampoco podrán solicitar la presentación de documentos de competencia de otras autoridades”.
Dado que la renovación de la tarjeta es un requisito que no está previamente estipulado en la ley, existen serias dudas respecto a que un Acuerdo de la Junta Central de Contadores pueda establecer esta obligación para los contadores públicos colombianos.
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Fuente: www.jairocano.com
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