[El Colombiano] Regímenes especiales de pensión no van más

Por: El Colombiano
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Publicado: 3 de agosto de 2010

Los regímenes especiales de pensiones que tenían miles de trabajadores de los sectores eléctrico, minero, textil, de la industria gráfica, entre otros, que permitían que un empleado se podía pensionar con 25 años de labores, se terminaron.

Desde el pasado 1° de agosto más de 100 regímenes especiales que estaban vigentes en el país dejaron de existir y todos los trabajadores, con excepción del Presidente de la República y de los miembros de las Fuerzas Armadas, estarán bajo la sombra de la Ley 100 de 1993.

Igualmente, desde el 1° de agosto, ningún colombiano podrá pensionarse con una mesada superior a 25 salarios mínimos (12 millones 975 mil pesos de hoy) si no había adquirido antes este derecho.

Asimismo, perderán vigencia los beneficios adicionales a los contemplados en el régimen general de pensiones derivado de convenciones colectivas o pactos colectivos, entre otros.

En otras palabras, como detalló Sergio Pombo, asesor del Ministerio de la Protección Social, el 31 de julio se acabaron regímenes como los de los congresistas, magistrados, empleados de Ecopetrol, del Banco de la República y algunos cargos de la Fiscalía, la Contraloría y la Procuraduría, cuyas prestaciones superan a las del sistema pensional del resto de trabajadores.

Mediante el Acto Legislativo 01 de 2005 se decidió adelantar cuatro años el régimen de transición y las condiciones para recibir la pensión cambiaron, aclaró el asesor del Ministerio.

De acuerdo con la norma, si usted se pensiona después del 1° de agosto, no tendrá más beneficios excepcionales.

Igualmente, la reforma dispone que a partir del año 2014 la edad de jubilación aumentará en dos años, por lo que para las mujeres subirá de 55 a 57 años, mientras que para los hombres pasará de 60 a 62 años.

La norma aclara que los trabajadores que contaban con menos de 750 semanas cotizadas en 2005 y durante estos años de transición no cumplieron con los requisitos para pensionarse, tendrán que someterse al régimen general, que contempla actualmente para los hombres cumplir 60 años y para las mujeres 55, además de 1.175 semanas cotizadas.

Sólo se autoriza un máximo de 13 mesadas al año (y no 14) pagaderas con recursos públicos y por estos cambios el Gobierno aspira a un ahorro, hacia el año 2050, del orden de los 150 billones de pesos.

¿Entonces, la mesada 14 se acabó para todos? No, pero solo se mantendrá vigente hasta el 31 de julio de 2011, aunque sólo para quienes ganen tres salarios mínimos mensuales o menos.

Vale la pena recalcar que todas estas determinaciones son para quienes se jubilan a partir del 1° de agosto. Los que ya gozan de este beneficio seguirán recibiendo la mesada 14, lo mismo que lo pactado en algunas convenciones colectivas.

“Muchas de estas determinaciones ya estaban vigentes desde 2005. Solo que desde el 1° de agosto entró en vigencia la última parte de esta norma. Lo que se busca es que el Estado tenga unos ahorros y que el esquema pensional sea viable”, aseguró Pombo.

El vocero del Ministerio de Protección Social explicó que las convenciones colectivas que establecían beneficios con cargo a recursos públicos, también desaparecen.

Indicó que cada caso es particular y por eso es necesario conocer al detalle las individualidades, por lo que cada persona que tenga dudas sobre su situación deberá consultarla para establecer si la norma lo cobija o no.

Por el peso que tiene el pasivo pensional en las finanzas públicas (este año se deben destinar 22 billones de pesos y para 2011, 23,6 billones), la norma aliviará en buena medida las obligaciones estatales.
» Contracara

La CUT pide revisar el tema con Santos

El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Tarcisio Mora Godoy, dijo que la determinación es un duro golpe a los trabajadores que perderán muchos beneficios laborales. “El Congreso acabó con la posibilidad de la convención colectiva y ahora todo será bajo la Ley 100. Se debió legislar para los sectores privilegiados, donde existían abusos, pero no, lo que se hizo fue para

todos los trabajadores, y esto incluye a ministros, empresarios, obreros, periodistas”, declaró Mora. El dirigente sindical señaló que buscará que con el nuevo Gobierno se

revise este tema, para que los trabajadores no paguen las consecuencias del Acto Legislativo 01 de 2005.

Contexto

1. El 1° de agosto entró en vigencia el Acto Legislativo 01 de 2005. Establece que los regímenes especiales de pensión desaparecen.

2. De acuerdo con la norma en cuestión, ningún colombiano podrá pensionarse con una mesada superior a los 12 millones 975 mil pesos.

3. La mesada 14 desaparece. Las convenciones colectivas con cargo a recursos públicos también se caen. El Estado ahorrará con la norma.

4. A partir del año 2014, la edad de jubilación cambiará: hombres a los 62 y mujeres a los 57. No habrá cambios para los que ya se pensionaron.

Fuente: El Colombiano

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Última actualización: 2010/08/03 | Volver al inicio de esta sección
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  • http://no CARLOS HERRERA G

    NO SE DIJO QUE CON ESTE ACTO LEGISLATIVO, LAS PERSONAS AFILIADAS AL SEGURO SOCIAL PIERDE EL TIEMPO DE LOS ULTIMIOS DIEZ AÑOS COMO BASE SINO QUE SE VA HA COMPUTAR TODO EL TIEMPO ESTO REALMENTE ES UN DESASTRE. AL AUMENTAR EL TIEMPO DE COTIZACION LA MAYORIA DE COLOMBIANOS QUEDAMOS POR FUERA DE ADQUIRIR UNA PENSION YA QUE CON ESTA CRISIS ECONOMICA NADIE DA TRABAJO A PERSONAS MAYORES DE 35AÑOS,LA NUEVA GENERACION NUNCA SE VA HA PODER PENSIONAR Y NADIE SE PRONUNCIA SOBRE ESTE ASPECTOS FUTUROS VIEJO SIN PENSION Y SIN SALUD.SALUDOS

  • GERMAN RINCON R

    Para muchos colombianos no fue sorpresa esta reglamentaciòn porque de verdad que estaba en mora, la razon fundamental es que se habìa convertido en una situaciòn insostenible, principalmente por los regimenes especiales. Ahi principalmente estaba el desangre del erario pùblico, complementado con los beneficios obtenidos en las mal llamadas convenciones colectivas.
    En hora buena para el estado, ojalà los gobernantes de turno no se aprovechen y saquen a relucir la maña de los de corbata blanca, y se lucren con estos dineros que a largo plazo es un alivio importante para el gasto pùblico.

  • eduardo

    LA DISCUSION ES SI DEBEMOS ESTAR TODOS EN DICHO FERENTE JURIDICO DE PENSIONES,COMO BIEN DICE, TERMINARON LOS REGIMENES EXCEPCIONALES QUE DESANGRAN EL PRESUPUESTO DE LA SALUD Y PENSIONES, PERO DEJAN POR FUERA Y CONTINUAN EN EL REGIMEN ESPECIAL DE EXCEPCION EL REGIMEN PRESIDENCIAL Y LAS FUERZAS ARMADAS, DESEQUILIBRIO TITAL E INJUSTO, PUES TODA LA CARGA LA ASUMIMOS LOS TRABAJADORES Y QUE DECIR DE AQUELLOS QUE QUEDAMOS CESANTES, SIN OPCION LABORAL, PORQUE LA CONSABIDA LEY 100 NOS FLEXIBILIZO EL CONTRATO DE TRABAJO, ES DECIR, DESEMPLEADOS Y SIN OPCION DE TRABAJO, PUES NO SOMOS APTOS,, GRACIAS PRESIDENTE URIBE POR TAN BELLO GESTO DE JUSTICIA Y EQUIDAD QUE TANTO PREGONO……AHORA QUE VA A PASAR CON TANTO DESEMPLEADO Y SIN OPCION DE PENSION.,….

  • Marco Montaño D

    Bueno y malo. Malo para quienes tienen aspiraciones de seguir con los privilegios que había para su entidad, como ejemplo, el magisterio. Pero es bueno, en mayor parte porque se trata de nivelar un desequilibrio entre los que devengan una o más pensiones con privilegios adioionales hacia los que devengan pensiones bajas o mínina, que el caso de la gran mayoría. El dinero que recorta de todos esos privilegios sirve para el pago de los nuevos pensionados. Ahora, si se mira bien, el aumento de la edad no es tan significativo, puesto que se ajusta a la mayor expectativa de vida, que en Colombia ha aumentado por el mayor bienestar y condiciones generales. Debemos ser consecuentes.

  • ugo

    este desgraciado paraco de uribe persiguiendo a la guerrilla entretiene a tanto idiota para por debajo de la mesa hacer las conchinadas que ha hecho:quitarle derechos economicos, estabilidad a trabajadores , quitarle la salud a los pobres para llenarle los bolsillos a tantos oligarcas amigos suyos.definitivamente la ignorancia es la peor de las enfermedades , todavia hay idiotas utiles que le siguen rindiendo culto a este bellaco de uribe

  • CESAR GONZALEZ JIMENEZ

    Agradezco alguien versado en el tema de Pensiones me informe la siguiente inquietud:

    Soy un extrabajador de la Caja De Credito Agrario, en el momento del despido de manera unilateral y sin justa causa ( Junio de 1.999) contaba con 22 años 3 meses de trabajo contínuos en la entidad, no fui afiliado aningún régimen de pensiones, el gobierno acepto respetar los derechos Adquiridos de los trabajadores en el sentido que quien saliera con mas de 20 años de servicio faltandole solamente el requisito de la edad, en la medida en que fueran cumpliendo el requisito de la edad o sea 55 años de edad tenfría derecho a la pension de vejez. Ahora un acto legislativo como el 01 de julio 22 de 2005 cercenó de un sólo tajo estos beneficios y nos condena a recibir la pension al cumplir la edad de 62 años. Pregunto es esto correcto que un acto legislativo deregue unos derechos adquiridos , se puede demandar éste acto solicitando su Inexequibilidad por resultar lesivo para la clse trabajadora.

    Agradezco a ustedes su atención y orientación al respecto.

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