Comunicado de Sentencias C-750 y C-751 de 24-07-2008
Declarado exequible el tratado de libre comercio con EE UU.
Declarado exequible el tratado de libre comercio con EE UU.
Entidades de medicina prepagada deben asumir procedimientos que no estén excluidos expresamente del contrato.
Prestación del servicio de salud no se puede condicionar al pago de la cuota moderadora.
Acción de tutela es procedente para obtener el reintegro de dineros del Sistema de Seguridad Social Integral.
Publican fallo que declaró inexequible norma que les permitía a las ESP sancionar a los usuarios. Sentencia de la Corte Constitucional C-539 de Mayo 28 de 2008.
Personas de la tercera edad pueden acudir a la tutela para exigir el derecho a la pensión.
EPS debe practicar cirugías estéticas con fines médicos.
2.1. Norma acusada
LEY 788 DE 2002
(diciembre 27)
Por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial y se dictan otras disposiciones
ARTÍCULO 24. COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS FISCALES DE SOCIEDADES. Modifícase el artículo 147 del Estatuto Tributario el cual queda así:
“Artículo 147. Compensación de pérdidas fiscales de sociedades. Las [...]
Llamado a que las CTA respeten los derechos fundamentales de los asociados
Terminación del contrato de trabajo no faculta a la EPS para suspender la prestación del servicio. Sentencia T 485 de Mayo 15 de 2008 de la Corte Constitucional
EPS deben cubrir el 50% del valor de todos los servicios no POS ordenados por tutela.
Despido de discapacitado no hace procedente la acción de tutela de manera inmediata.
La mora en el pago de las cotizaciones no exime a la entidad promotora de salud (EPS) de reconocer y pagar la incapacidad general, ya que ella es responsable por no adelantar las acciones de cobro ni oponerse al pago extemporáneo. El pago de incapacidades laborales permite garantizar la debida recuperación de la salud del afiliado. Este derecho puede tutelarse, cuando se afecta el mínimo vital.
Pensión de invalidez se puede reclamar por tutela.
Las personas afiliadas a la Empresa Promotora de Salud (EPS) del Instituto de Seguros Sociales (ISS) pueden trasladarse de EPS, porque la revocatoria de la licencia de funcionamiento no suspende el derecho a la libre escogencia. En reciente fallo de tutela, la Corte Constitucional precisó que el ejercicio del derecho a escoger EPS libremente solo está limitado por requisitos temporales que, en todo caso, pueden pasarse por alto, cuando es necesario preservar la vida y la salud del usuario en condiciones dignas y justas.
La Corte Constitucional recordó que los afiliados tienen derecho a que su entidad prestadora de salud (EPS) les practique un diagnóstico, cuando un médico que no está adscrito a esta emite una valoración que indica la necesidad de practicarle un examen, prueba o tratamiento.
Exequible convenio entre Colombia y España sobre doble tributación. Sentencia Corte Constitucional C-383 de Abril 23 de 2008.
DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOS ARTÍCULOS 198 Y 440 (PARCIALES) DEL DECRETO 410 DE 1971,“POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO”.
Autorización de factura electrónica implica nueva numeración e inhabilita la anterior.
La interrupción abrupta de un tratamiento requerido por una persona que padece una enfermedad ruinosa o catastrófica previamente diagnosticada y tratada por una entidad prestadora de salud vulnera los derechos fundamentales del afectado.
Si tienen razones, entidades financieras pueden negar servicios al usuario.
Personas en debilidad manifiesta deben demostrar que el despido se debió a su condición.
Empleador público debe adaptar condiciones de trabajo del empleado discapacitado.
Exequible norma que permite a entidades públicas contratar directamente con la ARP del ISS.
Empleadores no pueden negar indemnización sustitutiva, alegando que no hicieron los descuentos para pensión.
Corte publica sentencia que confirmó la constitucionalidad de la reforma laboral.
CORTE CONSTITUCIONAL
SENTENCIA T-203
28-02-2008
REFERENCIA: EXPEDIENTE T-1733832.
ACCIÓN DE TUTELA INSTAURADA POR FERNANDO CUÉLLAR PEDRAZA EN REPRESENTACIÓN DEL MENOR SEBASTIÁN FERNANDO CUÉLLAR OCAMPO, CONTRA MEDICINA PREPAGADA COLSÁNITAS, S.A.
PROCEDENCIA: JUZGADO TREINTA Y UNO PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ.
MAGISTRADO PONENTE: NILSON PINILLA PINÍLLA.
BOGOTÁ, VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE [...]
CORTE CONSTITUCIONAL
SENTENCIA T-205
28-02-2008
REFERENCIA: EXPEDIENTE T-1735475.
ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR LEONOR SARMIENTO CONTRA LA EPS DEL ISS.
MAGISTRADA PONENTE: CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ.
BOGOTÁ, D.C., VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO (2008).
La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados [...]
Trabajadora debe notificar su estado de gravidez oportunamente, para beneficiarse del fuero de maternidad.
Declarar EXEQUIBLE el artículo 43 de la Ley 789 de 2002 por lo cargos analizados en esta sentencia, en el entendido de que, en ningún caso se podrá interrumpir el servicio de salud específico que se venía prestando, cuando de él depende la vida o la integridad de la persona, hasta tanto la amenaza cese u otra entidad asuma el servicio, salvo la expresión “hasta por un período de seis (6) meses verificada la mora”, que se declara INEXEQUIBLE.
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
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Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
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Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
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