Decreto 3655 de 23-09-2009

Por: actualicese.com
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Publicado: 23 de Septiembre de 2009

Ministerio de hacienda y Crédito
Decreto 3655
23-09-2009

Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2271 de 2009.

El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto No. 3542 del 16 de Septiembre de 2009,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de los artículos 365 y 387 del Estatuto Tributario.

DECRETA

Artículo 1. Modificase el inciso primero del artículo 3 del Decreto 2271 de 2009, el cual queda así:

Artículo 3. Deducción de los aportes obligatorios. El valor a cargo del trabajador en los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud es deducible. Para la disminución de la base de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, el valor a deducir mensualmente se obtiene de dividir el aporte total realizado por el trabajador asalariado en el año inmediatamente anterior o el aporte que aparezca en el certificado vigente entregado por el trabajador, por doce (12) o por el número de meses a que corresponda si es inferior a un año.”

Artículo 2. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 5 del Decreto 2271 de 2009.

Publíquese y Cúmplase

Dado en Bogotá D.C., a los 23-09-2009.

OSCAR IVÃN ZULUAGA ESCOBAR
Ministro de Hacienda y Crédito Público

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    [...] “Modificado del Decreto 3655 de septiembre 23 de 2009″ [...]

  • JOSE PELLEGRINNI

    Señores Colegas, deberíamos avergonzarnos de que en Colombia los legisladores, en este caso las autoridades tributarias, sean tan poco serias e improvisadas, hasta el punto de cambiar casi que a diario las reglas de juego, ocasionando en muchos casos grandes confusiones e induciendo al error a los contribuyentes. Deberían analizar el ultimo reporte de Doing Bussines, nos rajamos en tramitologia y normatividad tributaria.

    Mucho tramite!!!…¿y el recaudo? mal!!!Demasiado bandido en la Dian. Seriedad señores, seriedad…la plata del contribuyente es sagrada.

  • PERDY

    querido colega JOSE
    desafotunadamente ese es el diario vivir y no podemos acostumbrarnos a él, deberiamos crear un organismo diferente del instituto de contadores o de los otros que existen manejados por un poco de viejitos enkilosados y sentar una fuerte protesta ante los organismos del estado especialmente ante la DIAN…. y además como usted bien dice QUE PASA CON EL RECAUDO Y CON EL TEMA DE LA EVASION…. se deberia abrir un concurso para presentar propuestas sobre estrategias ANTIEVASIVAS ( a la propuesta ganadora se le entregaria un iphon con carga de por vida)

  • Henry Mercado L

    La modificación al artículo 3 del decreto 2271 de 2009, o sea, el decreto 3655 del 23-09-2009, tiene un error el cual dice: “…el certificado vigente entregado por el trabajador…”. El certificado del que se habla aqui es el certificado de ingresos y retenciones y es entregado por el empleador y no por el trabajador.

  • Kike Laverde

    Señor Perdy
    Para su información yo no soy “viejito” y pertenezco al INCP, pero si está haciendo falta su liderazgo y gran capacidad de convocatoria y convencimiento, para que proponga y ejecute sus acertadas apreciaciones. No hay que criticar escondidos detrás de una pantalla de PC, hay que involucrarse y comprometerse con la profesión, en la agremiación que más lo motive, o fundando una nueva si las existentes le parecen anacrónicas, o que por su desconocimiento le parecen que no hacen nada, al menos como exalumno de su Universidad. Es claro para muchos de nosotros la improvisación en la divulgación de decretos por parte del gobierno, que en lugar de favorecer al ciudadano, como fue el espíritu del D 2271 sep-2009, al redactar el texto lo que hizo fue desmejorar la base de la retención, que a la carrera fue enmendado quedando más vacios de interpretación y aplicación. Esperamos que el Señor Perdy al menos le haya escrito una nota a la DIAN.

  • Henry Mercado L

    El decreto 3655 de 23-09-2009 tiene un error donde dice: “el aporte que aparezca en el certificado vigente entregado por el trabajador”, ya que se esta hablando del certificado de ingresos y retenciones vigente entregado por el EMPLEADOR.

  • Diana Cárdenas

    Desafortunadamente como alguien ya lo había comentado, estos decretos hicieron que todos los contribuyentes aumentarán su base de retención, dado que los aportes de salud deducibles para el año en curso deberían ser los del año fiscal inmediatamente anterior.

    Como se puede justificar este vacio al deducir aportes que corresponden a un ingreso de año anterior. Donde se esta plicando el principio de favorabilidad a los trabajadores.

    Si el fin es recaudar por lo menos hay que estructurar decretos que no tengan vacios y libre interpretación, para así no inducir a un error en el momento de realizar las retenciones.

  • http://www.actualicese.com/normatividad/2009/09/28/concepto-079130-de-28-09-2009/ Concepto 079130 de 28-09-2009 | Normatividad Contable y Tributaria – actualicese.com

    [...] Ahora bien, sobre la disminución de la base por pagos laborales lo remitimos al artículo 3 del mismo decreto, que prevé que el porcentaje a cargo del trabajador en los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud es deducible y para efectuar la respectiva disminución, deberá darse aplicación al procedimiento previsto en el artículo 3 del Decreto 2271 de 2009, modificado en su inciso 1 por el artículo 1 del Decreto 3655 de 2009. [...]

  • http://www.actualicese.com/normatividad/2009/10/28/resolucion-003667-de-29-09-2009/ Resolución 003667 de 29-09-2009 | Normatividad – actualicese.com

    [...] “Modificado de la Resolución 004075 de Octubre 28 de 2009″ [...]

  • http://www.actualicese.com/normatividad/2009/10/06/concepto-081294-de-06-10-2009/ Normatividad – actualicese.com

    [...] artículo 3° del Decreto Reglamentario 2271 de 2009, modificado por el artículo 1° del Decreto 3655 del 23 de septiembre de 2009 [...]

  • uvir

    La verdad es que a la fecha no se tiene claridad sobre lo legislado, los independientes no saben que pedir y como pedir los descuentos. Mientras tanto de siguen perdiendo el poder de ingreso, mayores descuentos.

  • http://www.actualicese.com/actualidad/2010/03/22/que-sucede-con-el-factor-prestacional-de-los-asalariados-con-salario-integral-a-la-hora-de-hacerles-retenciones-en-la-fuente/ ¿Qué sucede con el factor prestacional de los asalariados con salario integral a la hora de hacerles retenciones en la fuente? | Actualidad – actualicese.com

    [...] Menos: Los pagos que durante el año anterior haya efectuado el trabajador con destino al plan obligatorio en salud. Cada mes puede restar el promedio mensual de los pagos que hizo en el año anterior, y sin guardar ningún límite respecto del Subtotal 3 (ver Artículo 3 del decreto 2271 de Junio de 2009, modificado con Decreto 3655 de Septiembre de 2009) [...]

  • ALBA NURY CARDONA RIVERA

    Buenos días,
    Leyendo una información sobre deducciones de pagos laborales, me enteré que a los suscriptores oro les envían un CD mensual con las conferencias y la actualidad tributaria del mes, a mi no me ha llegado hasta el momento; que tengo que hacer para que me llegue??

    también aprovecho para actualizar mi dirección de residencia
    CL74 N 72A 57 int 301 Pilarica – Medellín.

    Gracias por sus aportes a todos los profesionales tanto de Contabilidad como de las demás profesiones.

  • deya

    me gustaria saber si un empleador puede descontarle de su sueldo mensual las horas, minutos o segundos acumulables por mes de su sueldo

  • http://twitter.com/yeley1369 SANDRA GUTIERREZ

    Me gustaría saber si todas las modificaciones que hace el gobierno tambien son leyes para las ctas.

  • Sandra Vanegas

    ME GUSTARIA QUE ME AYUDARAS CON UN FORMATO DE DESCARGOS POR AUSENTARSE DEL TRABAJO

  • Sandra Vanegas

    ME GUSTARIA QUE ME AYUDARAS CON UN FORMATO DE DESCARGOS POR AUSENTARSE DEL TRABAJO

  • Sandra Vanegas

    ME GUSTARIA QUE ME AYUDARAS CON UN FORMATO DE DESCARGOS POR AUSENTARSE DEL TRABAJO

  • Camytre79

    me llamaron a descargos y yo no tenia ni idea de eso y fuera de eso no estoy implicado en nada solo me implican por mi turno de trbajo

  • Medellin Bibiana

     en dias pasados me enviaron a descargos por las llegadas tarde me encuentro embarazada y lo informe en mi acta que por mi estado me demoro un poco mas, sin embargo me dicen que tengo que esperar a que los abogados digan cuantos dias me suspenden  el dia de hoy llamo la cooperativa informado que el dia el dia 04 de junio me caso que solicito un formato de permiso ya que cae un dia sabado  pero la solpresa que me llevo es que van van a suspender 5 dias por las llegadas tardes me los van a descontar con 2 y a parte que como me caso en los dias que me van a suspender entonces no necesito permiso 

  • Alexandra_lizie

    me gustaria q me ayudaraas a investigarlo sig: empleado q es  despedido  injustificamente de su trabajom
      por llegar 5 minutos tarde

  • Alexandra_lizie

    me gustaria q me ayudaraas a investigarlo sig: empleado q es  despedido  injustificamente de su trabajom
      por llegar 5 minutos tarde

  • Nity

    Me gustaria saber si es verdad que existe una nueva ley de sancion con descuento por 2 dias por llegar tarde.
    Gracias

  • Nity

    Me gustaria saber si es verdad que existe una nueva ley de sancion con descuento por 2 dias por llegar tarde.
    Gracias

  • teresa

    SI YA EXISTE UN REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Y SE MODIFICA POR EJEMPLO EN QUE PAGABAN QUINCENALMENTE LOS SUELDOS Y AHORA LO QUIEREN HACER MENSUALMENTE ESTO SE PUEDE HACER SI SE REGISTRA EN LA OFICINA DE TRABAJO O NECESITA AUTORIZACION

  • teresa

    SI YA EXISTE UN REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Y SE MODIFICA POR EJEMPLO EN QUE PAGABAN QUINCENALMENTE LOS SUELDOS Y AHORA LO QUIEREN HACER MENSUALMENTE ESTO SE PUEDE HACER SI SE REGISTRA EN LA OFICINA DE TRABAJO O NECESITA AUTORIZACION

  • Lmarcelita16

    Buen día, me gustaría que si alguien tiene un modelo de llamado de anteción me lo regalara, ya que en la empresa que estoy, soy la encargada de elaborar este tipo de documentos y me gustaría que fuera muy ceñido al codigo sustantivo de trabajo.

    En caso de que sea posible enviarlo al correo: lm arcelita16@yahoo.com

    Muchas gracias.

  • Lmarcelita16

    Buen día, me gustaría que si alguien tiene un modelo de llamado de anteción me lo regalara, ya que en la empresa que estoy, soy la encargada de elaborar este tipo de documentos y me gustaría que fuera muy ceñido al codigo sustantivo de trabajo.

    En caso de que sea posible enviarlo al correo: lm arcelita16@yahoo.com

    Muchas gracias.

  • carlos

    me gustaria saver cual es la tolerancia q te da la empresa cuando llegas tarde quien sepa mande un mail a .   emo_19_2005@hotmail.com

  • carlos

    me gustaria saver cual es la tolerancia q te da la empresa cuando llegas tarde quien sepa mande un mail a .   emo_19_2005@hotmail.com

  • Rafael ortiz machacón

    lm arcelita16@yahoo.com. Se nota lo patronalista que eres y perseguidora de trabajadores, por qué mejor no pides que te orienten que tipo de incentivos debes reconocerle a los trabajadores para que dsempeñen mejor su trabajo y así de esta forma aumentr la producción de la empresa.

  • Rafael ortiz machacón

    lm arcelita16@yahoo.com. Se nota lo patronalista que eres y perseguidora de trabajadores, por qué mejor no pides que te orienten que tipo de incentivos debes reconocerle a los trabajadores para que dsempeñen mejor su trabajo y así de esta forma aumentr la producción de la empresa.

  • Horacioarnold

    Hola soy usuario del servicio de banda ancha etoy investigando el tema dela reconeccion del servicio puesto que en mi domicilio al pedir  el servicio me solicitaron que haga un prepago para la coneccion que es un manoseo innecesario pero bueno por la necesidad  del servicio lo aguantamos eso fue en marzo la boleta de abril nunca vino mayo junio y julio me vinieron todas con cargo de reconeccion esto si es una estafa probada y reiterada por varias razones primero es visible y esta manifiesta en facturas segundo el importe  tiene que ser no como  castigo sino para pagar el costo que le insume a la empresa de servicio la reconeccion cual es el costo $ 75.00 para dar la orden desde un teclado al programa meparece exesivo a ustedes ? creo que con los millones de usuarios que hay tendrian que estar pagando un operador para dar altasy bajas ya que no se trata de desconectar yconectar o sacar y colocar cables sino darle la orden aun programa. esto lopueden querer refutar diciendo que tienen ue enviar la camioneta para desconectar y conectar es mentira pero todas estas mentiras no hay  un ente contralor que revise que no se nos estafe de esta forma y si no hay hagamosle llegar la idea uno de estos craaneospoliticos que tenemos..
    mi correo horacioarnold@ymail.com

  • Jonoteme

    Cordial Saludo!
    Los trabajadores independientes pueden disminuir la base de la retención en la fuente con los pagos al sistema de riesgos profesionales?

  • Diana

    me gustaria saber si un empleador puede mancharte la hoja de vida el día que te despiden de la empresa

  • Axucarero2283

    Que tan cierto es que van a  volver a pagar el recargo nocturno a partir de las seis pm….

  • CESAR A.GONZALEZ JIMENEZ

    Lo mismo sucede con las sentencias de inconstitucionalidad de una norma laboral por parte de la Corte Constitucional
    Si un Reglamento de Trabajo tiene una disposición con base en un artículo del Código Laboral y el día de mañana la Corte Constitucional declara que este artículo no se ajusta a la Constitución Política, lo declara inexequible (inconstitucional), tal disposición del Reglamento dejaría de tener sustento legal en dicha norma del Código Laboral. Pregunto entonces por qué la ley 489/98 y los decretos 1064 y 1065 que cerraron y liquidaron la Caja agraria siguieron surtiendo efecto si fueron declarados Inexequibles o inconstitucionales EN SENTENCIA c-702 DE SEPT.20 DE 1999 desde el momento en que fueron expedidos o se de manera retroactiva y de todas formas la entidad fue cerrada y declarado como cosa juzgada, Pregunto : como declarar cosa juzgada algo que se dió con base en unaley y unos decretos declarados inexequibles.

    GRACIAS  POR SU RESPUESTA

  • Julio R. Ortiz Machacon

    Mi pais Colombia es el único en latinoamérica en donde un funcionario con poder hace lo que se le viene en gana y por lo general en contra del pueblo. Como hemos aceptado los colombianos que las horas extras o nocturnas comiencen a las 10 de la noche; la noche comienza es a las seis de la tarde y termina a las seis de la mañana. No tiene presentación la aceptación de una ley como ésta y aprobada por nuestro congreso de la república, se nota lo preocupado que están por el malestar de los trabajadores colombianos que esperanzaban aunmentar su salario con las horas extras a partir de las seis de la tarde. Nuestros congresistas viajan a otros paises a copiar lo malo y negativo para venirlo a imponer en el nuestro.

  • noemi almonacid

     desearia saber si es real que se descuente y que sanciones hay para el empleado que jamas cumple con su horario de entrada al trabajo, y dentro de eso cabe suspencion y despues de cuantos apercibimientos gracias espero respuesta , mimialmonacid@hotmail.com

  • Nenita_dolche

    pueden despedirte, por no ir a una reunion de trabajo????

  • Claudiarivera1984

    es verdad que los pasajes fuera del area urbana quien los debe costear

  • Sugeydanubis

    Me gustaría saber después de haber faltado al lugar de trabajo por motivos personales cuanto tiempo tiene la empresa para llamarte a descargos.

  • Sugeydanubis

    Me gustaría saber después de haber faltado al lugar de trabajo por motivos personales cuanto tiempo tiene la empresa para llamarte a descargos.

  • zaida

    nesecito q me hagan un favor quiero averiguar yo trabajo de lunes a jueves de 10 a 8 pm pero no tengo hora de almuerzo y los viernes y sabado de 10 a 9 pm domingos y festivos de 11 a 7:30pm la verdad no he podido ser cumplida con el horario de entrada casi siempre llego 10:15 por este motivo tengo 8 llamados de atencion ellos me dicen q me van a mandarlos a mi hoja de vida sera q esto lo pueden hacer es que uno no tiene un cuarto de hora para poder llegar

  • Luzes

    Buen dia:

    Me ayudan a despejar la duda sobre cuento tiene un empleador para pasar un memorando de llamada de atencion? Y que lo reglamenta? .   Gracias

  • http://www.facebook.com/people/Belkys-Ariana-Suarez-Ruiz/1779315184 Belkys Ariana Suarez Ruiz

    Muy bueno, si se trabaja un dia un dia le tienen que liquidar a la persona.  Interesante

  • http://www.facebook.com/people/Belkys-Ariana-Suarez-Ruiz/1779315184 Belkys Ariana Suarez Ruiz

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    Muy bueno, si se trabaja un dia un dia le tienen que liquidar a la persona.  Interesante

  • Ye Yei

    Si entro a las 9:00 de la noche  cuanto tiempo me pueden obligar a trabajar segun la ley por que me exigen salir a las 2:30 pm

  • Humbertocacante

    poregunto .. ES DEMANDABLE EL NO PAGO DE HORAS ESTRAS ACUMULADAS VARIOS MESES¡

  • Lucho031951

    mi pregunta es la siguiente, por descuido medico, se demora un ser humano en nacer, por esta razon al dar a luz , el ninño nace con malformaciones o muerte celebral, ¿ quien responde por los daños irreversibles causados ? ¿ como responde el seguro social o la eps, ?  cuanto tiempo se requiere para demandar al causante del daño en estos casos ?  


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