Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto 2270
18-06-2009
Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a que se refiere el Inciso tercero del artÃculo 477 del Estatuto Tributario para el año 2009.
El Presidente de la República de Colombia
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artÃculo 189 de la Constitución PolÃtica y el artÃculo 477 del Estatuto Tributario, en concordancia con lo dispuesto en los artÃculos 2 y 3 del Decreto 4650 de 2006.
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