Circular Externa 00036 de 18-05-2009

Por: actualicese.com
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Publicado: 18 de Mayo de 2009

DIAN

Circular Externa 00036
18-05-2009

Por la cual se señala el procedimiento para la revisión de carácter formal, radicación, trámite y pago de las declaraciones de renta y complementarios, correspondientes al año gravable 2008 para personas naturales residentes en el exterior y sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país al momento de su muerte.

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  • Sonyy1000

    Enredos que hace la Dian, mezclar autonomia de la empresa privada con control de aporte y deducciones para renta, eso no pasa sino en colombia, esos asesores lumbreras que hay en colombia y que asesoran al gobierno de turno porque no se idean otra alternativa diferente a que la empresa privada realize este control y que se ve expuesta a asumir sanciones por hacer funciones que no son de su competencia.

  • Capitano24-7

    esotoy en total desacuerdo con esta nueva norma ya que, como soy un trabajador independiente seria una victima de tantas vacunas que nos imputa el gobierno y nos disminuye nuestros pocos ingresos.

  • Angel Alvarez

    Inmunda discriminación en Colombia: Hay dos clases de trabajadores; los que tienen derechos y los que no los tienen. Como si ser trabajador independiente fuera una actividad empresarial, cuando la demanda laboral no permite otra cosa y terminamos siendo una especie de esclavos sin derechos: ¿porque no reglamentan entonces que en el valor de tales contratos (que el estado supone millonarios) sea incluído algo asi como un factor prestacional y que las empresas aporten la parte de los aportes que les corresponde por tener personal a su servicio mal llamados “independientes” pretexto absurdo que nos tiene aguantando hambre a muchos. Entonces que el estado nos solucione el problema de empleo garantizándonos (como es su deber) igualdad de derechos que los pocos afortunados que se ganan la loteria con un contrato laboral. POR DIGNIDAD ESO NO LO DEBEMOS PERMITIR!!!

  • Angel Alvarez

    Inmunda discriminación en Colombia: Hay dos clases de trabajadores; los que tienen derechos y los que no los tienen. Como si ser trabajador independiente fuera una actividad empresarial, cuando la demanda laboral no permite otra cosa y terminamos siendo una especie de esclavos sin derechos: ¿porque no reglamentan entonces que en el valor de tales contratos (que el estado supone millonarios) sea incluído algo asi como un factor prestacional y que las empresas aporten la parte de los aportes que les corresponde por tener personal a su servicio mal llamados “independientes” pretexto absurdo que nos tiene aguantando hambre a muchos. Entonces que el estado nos solucione el problema de empleo garantizándonos (como es su deber) igualdad de derechos que los pocos afortunados que se ganan la loteria con un contrato laboral. POR DIGNIDAD ESO NO LO DEBEMOS PERMITIR!!!

  • Sandra

    En los apartes de los articulos mencionados donde se habla que falta por reglamentar ,respetablemente e Dr dejo de lado que aun cuando no esta reglamentado existen el fosyga por ejemplo para verificar el ingreso base de cotizacion que utilizo el contratista para pagar la seguridad social ,ahora normas han salido por que gran mayoria de empresarios colocan a sus trabajadores como contratistas o prestacion de servicios para evadir la arp y los paraficales ,entonces la norma favorece para que el independiente pague su seguridad social y los empleadores no se inventen contratos con el fin de evadir los pagos de seguridad social.


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