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	<title>Comentarios en: Ley 1250 de 27-11-2008</title>
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	<description>Colección de Decretos, Leyes, Resoluciones, Conceptos, Circulares, Proyectos de Ley, y demás elementos normativos contables , tributarios y laborales.</description>
	<lastBuildDate>Sat, 11 Feb 2012 19:22:00 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: Guillermo Leon Orrego J.</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-33760</link>
		<dc:creator>Guillermo Leon Orrego J.</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Nov 2011 15:50:00 +0000</pubDate>
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		<description>Buenos días, con respecto a la terminacion de la ley 1250 que ayuda a las personas que no estan trabajando, que pasara despues del 27 de noviembre, se podran seguir haciendo los pagos sin pension hasta una nueva determinacion o hay que pagar ambas cosas,  por favor me gustaria obtener alguna respuesta a la direccion de correo guimolo1@yahoo.com
Que tengan un feliz día.

Guillermo leon Orrego j.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, con respecto a la terminacion de la ley 1250 que ayuda a las personas que no estan trabajando, que pasara despues del 27 de noviembre, se podran seguir haciendo los pagos sin pension hasta una nueva determinacion o hay que pagar ambas cosas,  por favor me gustaria obtener alguna respuesta a la direccion de correo <a href="mailto:guimolo1@yahoo.com">guimolo1@yahoo.com</a><br />
Que tengan un feliz día.</p>
<p>Guillermo leon Orrego j.</p>
]]></content:encoded>
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	<item>
		<title>Por: Platino</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-11169</link>
		<dc:creator>Platino</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Dec 2010 22:27:51 +0000</pubDate>
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		<description>Buenas tardes,
Srs si alguien me puede ayudar, les agradecería muchísimo.
La duda es la siguiente: queda claro que existe un tipo de cotizante que como trabajador independiente no esta obligado a cotizar pensión, pero ¿ si esta persona le exigen estar en ARP es obligación que antes se afilie a pensión?(bueno a salud si se sabe que se tiene que hacer ), aun sabiendo que por sus ingresos no puede pagar pensión.
Por favor ayúdenme necesito esta información urgente ya que en la ARP no me dejan afiliarme si no estoy afiliado a un fondo de salud y uno de pensiones.

Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes,<br />
Srs si alguien me puede ayudar, les agradecería muchísimo.<br />
La duda es la siguiente: queda claro que existe un tipo de cotizante que como trabajador independiente no esta obligado a cotizar pensión, pero ¿ si esta persona le exigen estar en ARP es obligación que antes se afilie a pensión?(bueno a salud si se sabe que se tiene que hacer ), aun sabiendo que por sus ingresos no puede pagar pensión.<br />
Por favor ayúdenme necesito esta información urgente ya que en la ARP no me dejan afiliarme si no estoy afiliado a un fondo de salud y uno de pensiones.</p>
<p>Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: José Rafael Daza</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-11075</link>
		<dc:creator>José Rafael Daza</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Nov 2010 13:30:09 +0000</pubDate>
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		<description>Hola buenos días, por favor sáquenme de una duda tengo una restitución de pensión las cuales son pensión gracia y la pensión tradicional y me hacen descuento de salud en las 2 pensiones o sea que en una la paga fopep y en otra la paga fiduprevisora, ante quien se debe hacer ese reclamo?.

De otro punto de vista tengo que poner abogado para cobrar la devolución del 5 % con retroactividad desde que fue asignada la pensión?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola buenos días, por favor sáquenme de una duda tengo una restitución de pensión las cuales son pensión gracia y la pensión tradicional y me hacen descuento de salud en las 2 pensiones o sea que en una la paga fopep y en otra la paga fiduprevisora, ante quien se debe hacer ese reclamo?.</p>
<p>De otro punto de vista tengo que poner abogado para cobrar la devolución del 5 % con retroactividad desde que fue asignada la pensión?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: José Rafael Daza</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-11074</link>
		<dc:creator>José Rafael Daza</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Nov 2010 13:24:55 +0000</pubDate>
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		<description>Hola buenos días, por favor sáquenme de una duda tengo una restitución de pensión las cuales son pensión gracia y la pensión tradicional y me hacen descuento de salud en las 2 pensiones o sea que en una la paga fopep y en otra la paga fiduprevisora, ante quien se debe hacer ese reclamo?.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola buenos días, por favor sáquenme de una duda tengo una restitución de pensión las cuales son pensión gracia y la pensión tradicional y me hacen descuento de salud en las 2 pensiones o sea que en una la paga fopep y en otra la paga fiduprevisora, ante quien se debe hacer ese reclamo?.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: libardo</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-10984</link>
		<dc:creator>libardo</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Nov 2010 16:40:39 +0000</pubDate>
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		<description>Buenos días, tengo una  duda, soy pensionado y me ofrecieron trabajar mediante la modalidad de prestacion de servicios, esto debido a que soy especialista en un area, lo que recibo  va a ser más de un salario minimo, no se si debo pagar pensión pues ya estoy pensionado.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, tengo una  duda, soy pensionado y me ofrecieron trabajar mediante la modalidad de prestacion de servicios, esto debido a que soy especialista en un area, lo que recibo  va a ser más de un salario minimo, no se si debo pagar pensión pues ya estoy pensionado.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Alex Mejia</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-8931</link>
		<dc:creator>Alex Mejia</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Jan 2010 20:35:37 +0000</pubDate>
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		<description>Hola soy trabajador independiente y me gustaria saber si es posible cotizar solo a pensión sin necesidad de cotizar tambén a salud. 
o estar como benficiario en  salud y cotizar a pensión

muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola soy trabajador independiente y me gustaria saber si es posible cotizar solo a pensión sin necesidad de cotizar tambén a salud.<br />
o estar como benficiario en  salud y cotizar a pensión</p>
<p>muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Consuelo</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-7331</link>
		<dc:creator>Consuelo</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Mar 2009 13:49:47 +0000</pubDate>
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		<description>Hola como estan: Soy Consuelo, soy pensionada del ISS, y pago salud en Comfenalco Valle. me entere que solo debemos pagar 12% de la mesada pensional.  Hice la reclamación en Comfenalco Valle (EPS) y ellos me respondieron que debia dirigirme a FOSYGA. ¿QUIERO SABER QUIEN ENTONCES NOS DEVUELVE ESTOS DINEROS?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola como estan: Soy Consuelo, soy pensionada del ISS, y pago salud en Comfenalco Valle. me entere que solo debemos pagar 12% de la mesada pensional.  Hice la reclamación en Comfenalco Valle (EPS) y ellos me respondieron que debia dirigirme a FOSYGA. ¿QUIERO SABER QUIEN ENTONCES NOS DEVUELVE ESTOS DINEROS?</p>
]]></content:encoded>
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	<item>
		<title>Por: enrique marquez</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-7118</link>
		<dc:creator>enrique marquez</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 07 Feb 2009 01:35:35 +0000</pubDate>
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		<description>como y cuando sera devuelto el excedente del 0,5% descontado en los aportes de salud a los pensionados</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>como y cuando sera devuelto el excedente del 0,5% descontado en los aportes de salud a los pensionados</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: carlos daza</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-6685</link>
		<dc:creator>carlos daza</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Dec 2008 19:52:41 +0000</pubDate>
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		<description>para todos los que han comentado anteriormente, les aclaro lo siguiente:desde que salió el decreto del pago por PILA se estableció en el mismo el llamado Cotizante 41 que es el independiente que no paga pensión por incapacidad de pago y se hace a traves de un tercero- Asimismo la ley 1250 fue objetada por el presidente en Nov de 2007 y el congreso se demoro 10 meses en aclarar las objecciones y solo en nov de este año salió publicada- Por eso dice que será efectiva desde enero del 2008, pero en la misma ley en su artículo tercero dice que &quot;esta ley regirá a partir de la fecha de su publicación&quot; por lo tanto comienza a regir desde nov. de este año y a partir de ahi los pensionados pagarán el 12%. Lo que descontaron antes (el 0.5 %) no lo devolverán porque antes la ley no estaba vigente- Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>para todos los que han comentado anteriormente, les aclaro lo siguiente:desde que salió el decreto del pago por PILA se estableció en el mismo el llamado Cotizante 41 que es el independiente que no paga pensión por incapacidad de pago y se hace a traves de un tercero- Asimismo la ley 1250 fue objetada por el presidente en Nov de 2007 y el congreso se demoro 10 meses en aclarar las objecciones y solo en nov de este año salió publicada- Por eso dice que será efectiva desde enero del 2008, pero en la misma ley en su artículo tercero dice que &#8220;esta ley regirá a partir de la fecha de su publicación&#8221; por lo tanto comienza a regir desde nov. de este año y a partir de ahi los pensionados pagarán el 12%. Lo que descontaron antes (el 0.5 %) no lo devolverán porque antes la ley no estaba vigente- Gracias</p>
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	<item>
		<title>Por: sam 375834</title>
		<link>http://www.actualicese.com/normatividad/2008/11/27/ley-1250-de-27-11-2008/comment-page-1/#comment-6683</link>
		<dc:creator>sam 375834</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Dec 2008 14:20:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.actualicese.com/normatividad/?p=4511#comment-6683</guid>
		<description>alvaro al aparecer es retroactiva la ley y que van delvover lo pagado demas hay que verlo.



La Ley es retroactiva porque tiene efectos desde el 1 de enero de 2008. ¿Esto qué significa?

Que al pensionado que le hayan descontado de su mesada pensional de los meses de Enero a Diciembre de 2008 el 12.5%, se le debe devolver ese 0.5% que se le descontó de su mesada durante dichos meses.(actualicese)

la pregunta es como hacemos para que a las empresas le devuelvan ese 0.5% sera que estas entidades a donde se pago si podran devolver ese porcentaje?

me parece que alli debe haber un error como lo expuse en un comentario se va hacer muy tediodo este tema



att

s.c</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>alvaro al aparecer es retroactiva la ley y que van delvover lo pagado demas hay que verlo.</p>
<p>La Ley es retroactiva porque tiene efectos desde el 1 de enero de 2008. ¿Esto qué significa?</p>
<p>Que al pensionado que le hayan descontado de su mesada pensional de los meses de Enero a Diciembre de 2008 el 12.5%, se le debe devolver ese 0.5% que se le descontó de su mesada durante dichos meses.(actualicese)</p>
<p>la pregunta es como hacemos para que a las empresas le devuelvan ese 0.5% sera que estas entidades a donde se pago si podran devolver ese porcentaje?</p>
<p>me parece que alli debe haber un error como lo expuse en un comentario se va hacer muy tediodo este tema</p>
<p>att</p>
<p>s.c</p>
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