Resoluci贸n 8691 de 15-09-2008

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Publicado: 15 de septiembre de 2008

Resolución 8691
15-09-2008
DIAN

Por la cual se modifica la Resolución 00005 del 2 de enero de 2003

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales y en especial la consagrada en los literales i) y e) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, y

RESUELVE

ARTICULO 1: Adiciónese al Numeral I, Importación Ordinaria – Códigos de operación, contenido en el artículo 1 de la Resolución 00005 de 2003, los siguientes códigos de modalidad:

IMPORTACIÓN ORDINARIA CON DIFERIMIENTO DEL GRAVAMEN ARANCELARIO
C1
C2
C3
C4
C5
OBS
IMPORTACIÓN ORDINARIA DE MERCANCÍAS SUJETAS A UN DIFERIMIENTO DEL GRAVAMEN ARANCELARIO DEL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) DE ACUERDO CON LAS NORMAS QUE INDIVIDUALMENTE LO CONTEMPLEN
C140
C240
C340
C440
L1
IMPORTACIÓN ORDINARIA DE MERCANCÍAS SUJETAS A UN DIFERIMIENTO DEL GRAVAMEN ARANCELARIO DEL CUARENTA POR CIENTO (40%) DE ACUERDO CON LAS NORMAS QUE INDIVIDUALMENTE LO CONTEMPLEN
C141
C241
C341
C441
L2

Las modalidades C140, C240, C340, C440, C141, C241, C341, C441, su vigencia será hasta el 1 de septiembre de 2009.

ARTICULO 2: Adiciónese al literal c) del artículo 1 de la Resolución 00005 de 2003, las observaciones L1 y L2 de la siguiente manera:

OBS: GRAVAMEN ARANCELARIO IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
L1: 35% GENERAL
L2: 40% GENERAL

ARTICULO 3: La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C, a los 15-09-2008

(Original Firmado)
OSCAR FRANCO CHARRY
Director General

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