Decreto 728 de 07-03-2008

Por: actualicese.com
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Publicado: 7 de Marzo de 2008

República de Colombia

Decreto 728
07-03-2008

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por medio del cual se establecen las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para pequeños aportantes e independientes.

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES, MEDIANTE DECRETO No.G8G DE 2008.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el literal b) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993, y en desarrollo de los artículos 15 de la Ley 797 de 2003 y 10 de la Ley 828 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1465 de 2005 reglamentó la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, que permite a los aportantes autoliquidar y pagar todos sus aportes al Sistema de la Protección Social de manera unificada a través de internet;

Que el Decreto 1931 de 2006 establece el mecanismo de liquidación asistida para que las personas que no cuentan con la capacidad de efectuar un pago integrado de los aportes al Sistema de la Protección Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes de que trata el decreto 1465 de 2005 por carecer de capacidad tecnológica o capacitación para acceder a Internet, puedan hacer el pago unificado de los aportes al Sistema de la Protección Social.

DECRETA:

Artículo 1. Aplicación de las fechas de obligatoriedad de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. Con el propósito de que el sistema de autoliquidación y pago integrado denominado Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, pueda contar con el tiempo necesario para que la liquidación asistida entre plenamente en funcionamiento, la fecha de obligatoriedad para su utilización para los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con 10 o menos cotizantes, será el 2 de mayo de 2008 y para los trabajadores independientes el 10 de julio de 2008.

Parágrafo: A partir de cada una de las fechas antes señaladas, no podrán efectuarse los pagos a los que se refiere el presente decreto, en otra modalidad o mecanismo, salvo las excepciones previstas en las normas que regulan la materia y hasta tanto la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes permita el pago de estos casos exceptuados.

Artículo 2. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias, en particular lo pertinente a los Decretos 1931 de 2006 y 1670 de 2007.

Publíquese y Cúmplase
Dado en Bogotá, D.C., a 07 de marzo de 2008.

Oscar Iván Zuluaga Escobar
Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Diego Palacio Betancourt
Ministro de la Protección Social

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  • FABIO SANCHEZ

    Eso quiere decir que tampoco es obligatorio para el pago de EPS?

  • JOHANA CASTRO

    Les cuento a todos mis colegas y lectores, que aunque a nosotros nos mantienen actualizados al parecer a las EPS aun no, mi caso fue particularmente con EPS HUMANAVIVIR, en la sucursal Barranquilla no entregan planillas f铆sicas alegando que es obligatorio el PILA, llam茅 hoy (17 marzo 2008) a la linea 018000… y me dicen que aun ellos no tienen ninguna orden de entregar planillas f铆sicas porque aun el Ministerio no los ha notificado de nada. Que ironico, estamos actualizados nosotros – gracias a actualicese – y las EPS aun no. QUE TAL.

  • JOSE LUIS

    Asi como vamos yo creo que este a帽o no la pasamos como los dos anteriores de plazo en plazo. aunque si deberian poner estandares en los operadores de Informacion por ejemplo el de Banco agrario de Colombia tiene una particularidad, que si yo pago por un empleado una fraccion de mes, me liquida la fraccion de mes para ERP-AFP-CCF, pero para la EPS tengo que pagar el mes completo incurriendo en un gasto dem谩s para las empresas que administramos y la admiiradoras no reintegran ese valor, dicen que la descontemos en la proxima planilla; 驴pero como? si el operador no me permite hacer esa transaccion.

    Se帽ores de Actualicese, Gracias por tenernos al dia, asi nosotros podemos ir siempre un paso mas adelante que nuestros jefes y aun el grupo juridico.

  • David Sevilla

    Si yo no trabajo actualmente, pero los ahorros de mi familia me peremiten pagarme actualmente una EPS, debo cotizar Pensiones. No entiendo. Si no estoy trabajando, por qu茅 debo cotizar una pensi贸n? Si adem谩s no tengo con qu茅?

  • Jenny Barrera

    Buen dia

    yo quiero saber si alguien me puede ayudar con la siguiente inquietud,?
    Cuales son los casos eceptuados, que permiten pagar despues de la fechas establecidas como obligatorias para la pila aportes a EPS por otro mecanismo como cupon en el banco para independientes?

    milgracias…

  • luis fernando

    Favor me pueden colaborar con la siguiente inquietud.

    Al liquidar los parafiscales por la planilla 煤nica y al imprimir el recibo con el cual nos dirigimos al banco a cancelar. En 茅ste recibo aparece un valor de $2.900 como valor transacci贸n financiera el cual est谩 sumando al valor a cancelar. Mi pregunta es si es obligatorio cancelar 茅ste valor el cual es cobrado especificamente en el recibo que arroja haciendo la liquidaci贸n por COMFATOLIMA. Si es obligatorio en que documento est谩 reglamentado.

    GRACIAS.

  • Tunged

    La obligatoriedad del pago de pensi贸n esta desde la ley 100 de 1993, la PILA no define esta obligatoriedad, solo reglamenta los tiempos y la forma de hacer los aportes por medio electronico (WEB, Transferencia de fondos) y por medio asistido(Tel茅fono, WEB y algunos supermercados), hay algunas excepciones para el no pago de pensi贸n. En concreto si es obligatorio hacer el pago de pensi贸n, pero esta obligatoriedad no es a causa de la PILA.

  • jose ojeda

    Como quiere el se帽or del ministerio de “la proteccion social” que hagamos para pagar pension las persnas que nos ganamos un minimo, y que a duras penas nos alcanza para pagar una EPS??

  • Alexandra

    alguien me podria dar informacion acerca de la excepcion del pago a pension para estudiantes de pregrado, hasta donde tengo entendido los estudiantes que no deben pagar pension son los de postgrado y yo estoy en pregrado. Me parace que si un estudiante de postgrado no esta obligado a pagar pension, con mayor razon no deberia estar obligado un estudiante de pregrado.
    Gracias

  • Luis Parra

    En la actualidad se viene hablando de la obligaci贸n que tiene una persona de cotizar a pensi贸n si esta cotizando a salud. Pero el caso que tengo en el contrario, es decir; una persona siendo beneficiaria en salud, puede cotizar unicamente a pensi贸n?. Agradezco respuestas y orientaci贸n sobre el particular.

  • Johanna Rodriguez

    Hola solo queria agregar que el pago de la PILA exactamente esta obligando a los independientes a cotizar pensi贸n y si no la llegan a pagar no pueden tampoco el de salud obligando a los independientes a pagar la pension cuando hay miles de ellos que no tienen los recursos, el ministerio exige e impone y no hacemos nada, estos operadores brindan el servicio de pago segun lo establecido por la ley pero hay que abrir el ojo por ejemplo al pagar por electronica muchos de ellos tienen fallas, ahora ministerio que ha pasado con esa ley que esta en estudio para dar opcion o dar una excepcion a los que no tienen recursos.

  • Johanna Rodriguez

    Luis Parra el nuevo sistema de la pila no te permite ser beneficiario de salud y pagar solo la pension debes por obligacion cotizar pension.

  • Johanna Rodriguez

    Alexandra los estudiantes no estan obligados a cotizar pension hay operadores electronicos que te permiten escojer ese tipo de cotizante o cuando realices el pago por medio de asistido tambien te lo podran confirmar.

    Gracias

  • Johanna Rodriguez

    Luis Fernando no te compliques usando operadores como COMFATOLIMA si tienes acceso al internet busca operadores que manejen el banco que usas, sino recuerda que esos operadores manejan otro medio de pago que es el asistido y por medio de el te liquidan para que te dirijas al banco, ojo los operadores son totalmente gratuitos y no se debe hacer pagos adicionales a ellos.

    Gracias

  • Alfonso Cervantes

    siempre me he esforsado para pagarla EPS, mi familia necesita la salud, ahora si no tengo para pagar la pension, no me reciben la salud y por consiguiente pongo en riesgo la salud de mi familia y mis hijos; debo entutelar la dichosa ley ? la salud es un derecho fundamental pero la pension no lo es. sera que necesitan mas plata los se帽ores ?

    Donde esta la funcion social de los abogados ? alguno se tiene que apersonar de este exabrupto y separar la salud (como derecho fundamental de todos los colombianos) del resto de aportes.

  • Juan Esteban Espinosa

    La misma pregunta que Don Jose me hago yo. Vivo del rebusque y apenas si puedo completar la plata para la EPS como me va alcanzar para m谩s? Tocar谩 retirarnos todos los independientes de escasos recursos y pedirle cupo al Sisben que vive a reventar. Por favor todos pronunciemonos, no nos quedemos callados y que el gobierno no abra campo en el Sisben.

  • Juan Esteban Espinosa

    La culpa es de nosotros que el gobierno haga lo que le da la gana. Ellos viven en un pa铆s muy distinto al nuestro y por esos legislan seg煤n las condiciones de ellos, no tienen idea cuanta gente vive del rebusque d铆a a d铆a. Ellos dir谩n, si no tiene plata afiliese al Sisben pero uno pide la encuesta y por tener una mecha de televisor ya sale como estrato tres y practicamente le toca pagar todos los servicios de salud que le prestan. Nos quedan dos caminos: unirnos al estilo de los Bolivianos y dar la pelea o irnos a vivir a un tugurio para poder tener derecho al Sisben.

  • FRANCISCO PEREZ

    Este sistema diab贸lico que ha creado este gobierno ser铆a ben茅fico, siempre y cuando este gobierno creara tambi茅n fuentes de empleo com una remuneraci贸n digna a los trabajdores y ahora pretende sno los que na est谩 dando cobertura necesaaria y suficiente a la poblkaci贸n sino que ahora pretende reducirle el salario m铆nimo legal vigente (SMMLV)con obligarlo a pagar una cotizaci贸n para una pensi贸n que seguramente nunca la va alcanzar. 驴En que pa铆s vivimos se帽ores gobernantes?

  • FRANCISCO PEREZ

    Este sistema diab贸lico que ha creado este gobierno ser铆a ben茅fico, siempre y cuando este gobierno creara tambi茅n fuentes de empleo com una remuneraci贸n digna a los trabajdores y ahora pretende no los que no est谩 dando cobertura necesaaria y suficiente a la poblkaci贸n sino que ahora pretende reducirle el salario m铆nimo legal vigente (SMMLV)con obligarlo a pagar una cotizaci贸n para una pensi贸n que seguramente nunca la va alcanzar. 驴En que pa铆s vivimos se帽ores gobernantes?

  • FRANCISCO PEREZ

    johana me gustaria saber cuales son esos operadores pues yo me encuentro en esta situaci贸n estoy octavo sementre y perdi la calidad de beneficiario por edad 25 a帽os y la intensidad horaria 20 horas semanal por tanto estoy cotizando a salud y si as铆 me que pesado cotizando solo salud como sera adicionando pensi贸n que todav铆a no laboro formammente

  • Eliana Ospina

    Hola
    Muchachos les cuento que tengo un grupo de amigos que tampoco estamos de acuerdo con esta nueva ley que no favorece para nada a las personas que trabajamos independientes, que un mes nos va bien y otros meses que no tenemos sueldo, por que la situacion en la calle esta dura para todos, incluso para los que se gastaron la plata de las pensiones que actualmente no tienen con que pagar a los que ya estan pensionados y entonces nos obligan a nosotros a pagar para poder pagarles a ellos y la otra mitad para el bolsillo de ellos.
    Yo hago un esfuerzo para la EPS, por que mi mama tiene un cancer de seno ella afortunadamente esta bien, pero necesita un control de examenes y no creo que el sisben la acepte con este tipo de enfermedad y pagar la pension es sacar el doble de lo que uno estaba pagando.

    Yo estoy de acuerdo en que todos nos unamos y entutelemos este asunto yo soy de medellin y voy a averiguar que debo hacer para para montar la TUTELA, SOLO QUIERO QUE EL QUE ESTE DEACUERDO CON MIGO NOS COMUNIQUEMOS EN EL FASEBOOK PARA QUE CREEMOS UN GRUPO EN CONTRA DE ESTA LEY.
    Mi direccion es elipuntog@hotmail.com
    Utilicemos esta herramienta de internet como debe ser para unirnos como ciudadanos y ensenarle a los politicos a ADMINISTRAR.

    Saludos
    Eliana Ospina

  • juan ramirez ramirez

    PERSONALEMNTE ME DIRIGI POR ESCRITO AL MINISTERIO DE DESPROTECCION SOCIAL Y COMENTE EL CASO DE UMI HIJA QUE ESTUDIA UNA CARRERA QUE NO LE DEJA TIEMPO PARA PORQUE ESTA RELACIONADA CON LA SALUD Y LA RESPUESTA DE LA OFICINA JURIDICA DE ESE MINISTERIO FUE QUE LA LEY DICE: … Y ME TRANSCRIBEN TODA LA REGLAMENTACI脫N.

    VERBALMENTE ME DIJERON QUE A ESA EDAD (MAS DE 25 A脩OS) TENIA ERA QUE ESTAR PRODUCIENDO (LIMITAN LA EDAD PARA ESTUDIAR?) Y QUE NO HABIA OTRA ALTERNATIVA QUE PAGAR PENSI脫N Y SALUD O DE LO CONTRARIO NO RECIBIAN Y OBVIAMENTE NO LE DAN SALUD.

    HACEN CASO OMISO DE QUE QUIEN PAGA ES EL PADRE DE FAMILIA Y NO EL ESTUDIANTE, PUES A ELLOS NO LES IMPORTA.

    TENEMOS QUE UNIRNOS Y PROTESTAR A DONDE SEA, AUN A ORGANISMOS INTERNACIONALES COMO LOS DERECHOS HUMANOS, PUES NO ES JUSTO QUE NOS SAQUEN A LAS MALAS DINEROS QUE COMO EN MI CASO, MI HIJA NO ESTA DEVENGANDO.

    Y LO MAS GRAVE, TODAVIA HAY GENTE QUE DEFIENDE LA REELECCI脫N QUE PORQUE ESTE SR. HACE UN MUY BUEN GOBIERNO. QUE TAL CON ESTO ?

  • maria emperatriz

    TENGO ALGUNAS DUDAS ACERCA DE ESTE PAGO, YO SOY ESTUDIANTE Y COTIZO A SALUD COMO INDEPENDIENTE, PERO MI HERMANA ES QUIEN ME LO PAGA PUES SOY MAYOR DE EDAD Y NO ME PUEDEN INCLUIR COMO BENEFICIARIA…NO TENGO SOLVENCIA ECONOMICA PARA ABRIR UNA CUENTA Y HACER ESOS PAGOS POR INTERNET Y BUENO SI NO TENGO PARA PAGAR LA PENSION…ES DECIR QUE NO TENGO DERECHO A TENER MI SALUD?… YO ESTOY AFILIADA A COMPENSAR Y ALLA SOLO SE LIMITAN A DECIRME QUE SOLO LO PUEDO HACER POR MEDIO ELECTRONICO…NO TENGO OTRA ALTERNATIVA?

  • Johanna Rodr铆guez

    Holaa solo quiero decirte Maria que en si esta nueva ley te obliga como persona independiente mayo de 25 a帽os a pagar la salud y la pensi贸n, el simple echo de ser cotizante en una EPS para el gobierno es una persona independiente y supuestamente con un salario para cotizar estos dos subsistemas en si no debes tener una cuenta lo puedes hacer por internet e imprimir la planilla o llamar a uno de los operadores que estan vigentes, lamentablemente en cualquiera de estos operadores estas obligada a cotizar de manera unificada la salud y la pensi贸n.
    Gracias

  • carlos

    me parece injusto que nos obligen a pagar un monto mas para hacer ricos a los ricos, yo apenas tengo la oportunidad de pagar el seguro y la plata me la rebusco…

    propongo que nos hagamos mas fuertes y nos unamos en contra de este regimen que lo unico que hace es que estemos de mal en peor…

  • BIANEY GARCIA HERNADEZ DE SINCELEJO SUCRE

    HOLA COMO ESTAN LES CUENTO QUE ESTOY MUY FURIOSA CON LA NUEVA PLANILLA QUE ME OBLIGA A PAGAR UNA PENSION QUE QUIZAS NUNCA ME DARAN ESTOY EMBARAZADA DE 5 MESES NO TENGO TRABAJO POR QUE ME SACARON DE LA EMPRESA DONDE TRABAJABA EMBARAZADA Y NO ME PUEDEN CONTRATAR EN OTRA Y APARTE DE ESE ATROPELLO MI POBRE HIJO QUE AHUN NO HA NACIDO YA LE QUITAN EL DERECHO A TENER UN CARNET PRIVADO DE SALUD POR QUE EMN EL SISBEN SE MUERE UNO EN LAS FILAS ,ESTOY HACIENDO EL ESFUERZO PARA PAGAR LA SALUD POR QUE DESEO QUE MI BEBE PUEDA TENER EL SERVICO DE SALUD CUANDO NAZCA NO TENGO RECURSOS NO TENGO DINERO TODOS LOS DIAS SUFRO MUCHO POR ESO Y APARTE DE ESO AHORA EL MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL ACABA CON MI POQUITO DE TRANQUILIDAD MI BEBE VA A NACER ESTRESADO Y TRIZTE SOLO POR SER POBRES NO TENEMOS DERECHO A PODER IR A UNA CLINICA PRIVADA Y RECIBIR UNA BUENA ATENCION SOLO LOS RICOS PUEDEN HACER LO QUE QUIEREN EN ESTE PAIS POR FAVOR RECAPACITEN Y SAQUEN DE ESA LEY ALAS PERSONAS QUE NO PODEMOS PAGAR ESA PENSION .HAY QUE UNIRNOS Y AHCER ALGO ESTO NOS PERJUDICA A TODOS LA LEY Y LOS GOBERNANTES NO PUEDEN ESTAR POR ENSIMA DEL PUEBLO Y MUCHO MENOS DE UN DERECHO FUNDAMENTAL COMO ES LA SALUD .

    SE脩OR MINISTRO SE脩OR PRESIDENTE RECAPACITEN Y AYUDENOS OR NOSOTROS USTED TIENE SU PUESTO

    ATT . BIANEY GARCIA HERNANDEZ (DE SINCELEJO SUCRE )
    CORREO ELECTRONICO bianeygarciah211@hotmail.com

  • http://www.macondos.es.tl Mario

    Este se帽or Diego Palacio es un delincuente que pronto, si hay justicia en este pais, debe irse para la carcel por el caso de Yidis Medina y por ser un malandro de la peor especie.

    Yo creo que esta medida atenta contra el derecho a la salud que tenemos los 680.000 trabajadores independientes que ahora somos obligados a pagar pension. Debemos unirno para colocar acciones de tutelas masivas y obligar a la corte que se pronuncie al respecto del derecho a la salud violado.

    Alvaro Uribe es un malandro que a enga帽ado a la gran mayoria de Colombianos los cuales no se dan cuenta que esta acabando con la pobresa en Colombia con los metodos neoliberales: matando de hambre a los pobres.

    bernier777@yahoo.es
    http://www.macondos.es.tl

    Atte

    Mario Rodriguez Bernier

  • Myriam Vargas

    hola Eliana, me gustaria unirme a tu iniciativa. En verdad pense en enviar y convocar una voz de total desacuerdo a esta ley que atenta contra el derecho fundamental a la salud de ltodos los colombianos que escasamente conseguimos para sobrevivir, que no tenemos propiedades y solo vivimos el dia a dia a punto de nuestro trabajo honesto y dduro por cierto. Porque esto es una saltadera de matones. Tambien pense hacerlo por facebook, pero pienso que antes debemos analizar de objetiva los fundamentos legales violados y determinar el mecanismo juridico idoneo para reclamar por las vias legales. cualquier inquietud la puedes enviar a mi correo.
    Hasta pronto.
    ATt. Myriam

  • Luis Parra

    Hola JOHANNA RODRIGUEZ, primero agradecerte la deferencia al contestar mi inquietud; pero creo que te equivocaste y quisiste decir que estoy obligado a pagar salud siendo beneficiario,para poder seguir cotizando a pensiones; pero he le铆do toda la normatividad y no existe tal obligaci贸n, es decir que estamos frente a uno de los vacios que siempre quedan en la normas cuando entran en vigencia. Pero me ser铆a de mucha utilidad si conoces la norma y art铆culo que me obliga como beneficiario en salud a cambiarme a cotizante en salud, para poder cotizar a pensi贸n. Recordemos que la ley vigente OBLIGA a quien cotize en SALUD a cotizar necesariamente en PENSI脫N, pero no lo contrario, es decir a quien cotize en PENSI脫N lo obligue a cotizar en SALUD, ya que lo que el gobierno pretende es proteger a sus conciudadanos y normalmente la gente solo quiere cotizar a salud,pero no a pensiones, es por ello que los obliga, para presuntamente asegurar un futuro pensional. Nuevamente muchas gracias y agradezco a la persona que me pueda sacar de la duda su valiosa orientaci贸n.

  • BEATRIZ CAMACHO

    PUES LA VERDAD ESTO ME PARECE SOLO CONVENIENTE PARA LOS DE CUELLO BLAMCO POR QUE SE LES ACAB脫 LA PLATICA PARA LOS PENSIONADOS Y COMO LOS J脫VENES NO COTIZAMOS NO HAY DE DONDE SACAR LA PLATICA. DEFINITIVAMENTE EL GOBIERNO CADA VEZ EST脕 PEOR… ADEM脕S CREO QUE NO NOS DEBEN OBLIGAR A ALGO QUE SABEMOS QUE NO VAMOS A ALCANZAR PUES CADA VEZ AUMENTAN LA EDAD PARA PENSIONARSE. YA DEJEN DE ROBAR AL PUEBLO…CADA UNO SABE LO QUE QUIERE Y CUANDO QUIERE NO SEAN TAN HIJOS DE PUTA…

  • ELIS MIRANDA

    HOLA ELIANA.

    TE FELICITO POR TU INICIATIVA Y DE ANTEMANO TE INFORMO QUE ESTOY DE TU LADO. LA VERDAD ES QUE LOS COLOMBIANOS DEL COMUN SIEMPRE ESTAMOS SUBYUGADOS POR LOS GRANDES PERSONAJES POLITICOS QUE SOLO PIENSAN EN SUS INTERESES Y LOS DE UNOS CUANTOS, YA SEA POR SU PARENTESCO POLITICO O POR QUE LE HAN HECHO UN FAVORCITO. ES HORA DE QUE TODOS NOS ASOCIEMOS Y EXPRESEMOS NUESTRA INCORFORMIDAD ANTE TAL ARTICULO ABSURDO QUE EN REALIDAD SU FINALIDAD ES SACAR A LAS PERSONAS DE ESCOSOS RECURSOS QUE SE ENCUENTRAN AFILIADOS EN ENTIDADES DE SALUD PRIVADA PARA QUE POSTERIORMENTE SE AFILIEN AL SISBEN Y ELLOS PUEDAN ROBAR MAS PLATA.

  • natalia tr

    hola: haber tengo una duda bien grande, yo en el seguro estoy afiliada como supuesta “trabajadora independiente”, cosa que ya no es cierta, por que ya no me encuentro laborando acrtualmente… y consigo lo poco ps para pagar por lo menos la salud… paso que me cai en 4 meses de aportes…con este nuevo sistema, tengo que obligatoriamente pagar salud y pension en los 4 meses que debo, osea pagar ambas cosas… o eso solo rije de julio en adelante!!!???? ademas, soy estudiante de pregrado… estoy en la obligacion de pagar pension???

  • ANUAR OBEID

    HOLA A TODOS. ASI COMO UDS, YO TAMPOCO ESTOY DE ACUERDO CON PAGAR 2 APORTES SI ESCASAMENTE ALCANZA PARA UNO. YO TERMIN脡 INGENIERIA CIVIL, TENGO POCO TIEMPO DE SER EGRESADO Y HE CONTRATADO VARIAS VECES, PERO CONTRATOS PEQUE脩OS Y DE CORTO TIEMPO (DE 1 A 2 MESES M脕XIMO), Y NO TAN SEGUIDO COMO QUISIERA. DURANTE LO QUE DURA EL CONTRATO COTIZO LOS 2 APORTES PORQUE LAS ENTIDADES P脷BLICAS ME LO EXIGEN, PERO CUANDO SE TERMINA QUEDO EN EL AIRE, INCLUSO POR M脕S DE 2 MESES, Y LA VERDAD ES QUE ME ESMERO POR COTIZAR LA SALUD; LA PENSI脫N PARA QU脡 LA VOY A COTIZAR SI NO DURO TODO ESE TIEMPO SIN HACER NADA. ENTONCES AHORA ESTE GOBIERNO C脫MO ME VA A OBLIGAR A HACER ESOS 2 APORTES?, NO ES JUSTO, UNO DEBE HACERLO MIENTRAS EST脡 DEVENGANDO CON EL RESPECTIVO CONTRATO VIGENTE; PERO SIN CONTRATO DEBER脥A SER OPCIONAL. MEJOR DICHO LO POQUITO QUE ME GANO EN UN CONTRATICO ME LO TENDR脡 QUE GASTAR HACIENDO APORTES TODOS LOS MESE QUE DURE SIN HACER NADA. PROTESTO, ESTA LEY DEBE SER MODIFICADA. NO ESTOY DE ACUERDO.

  • Johanna Rodr铆guez

    Hola Francisco existe varios operadores el m谩s usado es el SOI donde puedes por internet ingresar a http://www.soi.com.co

  • Johanna Rodr铆guez

    a Francisco adem谩s hay algunos reuerimientos para ue puedas pagar como estudiante problamente en internet encuentras una informaci贸n profunda de este tipo de cotizante.
    Gracias

  • Johanna Rodr铆guez

    Hola seria bueno empezar a unirnos como un solo pueblo y demostrar al Gobierno que no se puede salir con la suya no se propongo abrir un grupo en facebook donde se unan familiares y amigos a la causa.
    Ustedes que opinan?

  • Johanna Rodr铆guez

    Hola Luis mira es muy sencillo todas las administradoras tanto de EPS, AFP, ARP, ICBF entre otras no te van a permitir pagar con ellos directamente la cotizaci贸n. al dirigirse a una AFP o cualquiera de las anteriores administradoras lo primero que te dicen es que debes pagar por medio de la PILA (planilla unica de liquidaci贸n de aportes) donde las condiciones son que un independiente debe pagar pension y salud o sino no seria usuario de ningun operador. en si todo se maneja en red por decirlo asi y las mismas administradoras son las que no estan dando otra opci贸n al independiente. Para que te empapes un poco de esta estafa del gobierno leete el dec 1931 aunque haymuchos m谩s.
    Gracias y saludos

  • humberto

    PARA EL SE脩OR MINISTRO DE LA PROTECCIOON SOCIAL, NO CREE USTED QUE ESTA HACIENDOLE EL JUEGO A LOS OPERAODRES DE SALUD, LLAMADOS EPS, CUANDO MARIDO Y MUJER SON EMPLEADOS INDEPENDIENTES Y AMBOS TIENES QUE APORTAR A SALUD Y PENSION.
    SI ESTE APORTE REPRESENTARTA UN MEJOR SERVICO, NO ABRIA INCONVENIENTE, PERO EL SERVICIO ES IGUAL.
    PORQUE NO QUITAR EL DOBLE APORTE???

  • Luis Alberto

    El nuevo sistema de pago de aportes de salud solo ha traido aumento de costos, para pagar hay que ir a una oficina para que le generen un codigo y poder pagar en un banco y eso nos cobran $ 2.000 y si uno quiere copia de la planilla vuelva despues y pague mas.

    Por otra parte considero que el obligar al trabajador independiente a pagar pension es un atropello, el que pueda pagar que pague y el que no pues que no pague, si un padre o madre cabeza de hogar solo logra reunir para pagar salud, menos va a poder pagar pension, esto mas que beneficio para los colombianos ha sido un perjuicio, porque conozco familias que se han quedado sin seguro porque no tienen para la pension, realmente el que se invento esto, no tiene nada de inteligente, primero hay que hacer un estudio de que beneficios y que perjuicios va a traer esta norma, que lo que ha traido es un gran perjuicio, porque ha dejado a muchos colombianos sin servicio de salud y pasarsen al sisben, esta norma debe ser entutelada, a mi no me perjudica porque soy trabajador dependiente, trabajo con una empresa y pago, salud, pension y riesgos, a dios gracias tengo un sueldo fijo y puedo responder, el dia que quede desempleado me ire para el sisben.

  • http://www.actualicese.com/actualidad/2008/11/27/no-hubo-mas-aplazamientos-para-la-pila-y-se-empezo-a-usar-de-forma-obligatoria-desde-julio-del-2008/ No hubo m谩s aplazamientos para la PILA y se empez贸 a usar de forma obligatoria desde Julio del 2008 | actualicese.com – Actualidad Contable, Tributaria y Laboral

    [...] marzo 1 de 2008, el Ministerio de la Protecci贸n Social dio un quinto y ultimo aplazamiento聽para que los trabajadores independientes usaren la PILA para el pago de sus Aportes Obligatorios a [...]

  • angie

    ME GUSTARIA SABER SI UN CONTRATO POR PRESTACION DE SERVICIOS SE PUEDE CONVERTIR EN UNO INDEFINIDO??? Y PORQUE????

  • Edwinamaya27

    nunca la naturaleza del contrato es diferente , la del contrato por prestacion de servicios es 聽civil. no hay relacion laboral.

  • JOSE DAVID

    Buena tarde, con referencia al articulo de los contratos inferiores a un a帽o, me permito discrepar por que en la ley 50 de 1990, el espiritu del legislador no da pie a esa interpretacion ,mas bien es la interpretacion que la da ciertos abogados a esa ley para beneficio de las empresas, lo invito a que me demuestre en que parte o parrafo de la ler 50 del 1990 hable sobre esa apreciacion que usted da.

  • ROMASA

    A cual interpretacion se refiere para poder responder

  • Jennyacampo

    Aunque el Contrato de Prestaci贸n de Servicios es de tipo civil y no laboral, si podr铆a llegar a convertirse en un Contrato Laboral, por el principio de la primac铆a de la realidad, si un Juez de la Rep煤blica聽comprueba que se dan los elementos necesarios para que se configure una relaci贸n laboral de tipo dependiente: (i) prestaci贸n personal del servicio (ii) remuneraci贸n, Y, (iii) continuada subordinaci贸n.

  • JRLEGUIZAMO

    EXISTE ALGUNA NORMA ESPECIAL聽 O DIFERENTE DE LA NORMAL,聽 PARA LIQUIDAR LA PRIMA DE SERVICIOS, EN UN COLEGIO CON CONTRATO A TERMINO FIJO DE 10 MESES..???聽 NO CANCELAN LOS DIAS TRABAJADOS, SINO QUE PROMEDIAN LOS DIAS DE LA PRIMA ..????聽 EJ:聽 TRABAJARON 102 DIAS.. NO CANCELAN LOS 102 DIAS DE PRIMA, SINO QUE LA PROMEDIAN Y SOLO CANCELAN 42 ..ES CORRECTO ESTO..???聽 JRLEGUIZAMO@HOTMAIL.COM ..聽 GRACIAS

  • Jonsan808

    Yo tengo un contrato a termino fijo, terminado este tiempo firmo un otro si y despues la empresa quiere que firme un nuevo contrato liquidando el primero, nunca me pasaron preaviso y yo nunca menifeste la terminacion de mi contrato,
    una empresa puede liquidar a sus empleados y hacer que firmen contratos nuevos asi por que si?

  • Gloria

    QUIERO SABER SI ES LEGAL QUE LA FECHA DE VENCIMIENTO聽DE 聽UN CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN A脩O SEA EL 31 DE DICIEMBRE?


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