Dian
Oficio 019607
26-02-2008
Tema: Procedimiento
Descriptor: Requisitos para acceder a la reducci贸n de intereses por mora en el pago de obligaciones tributarias.
***
Doctor
FERNANDO EMIRO BECERRA BECERRA
Bogot谩 D.C
Cordial saludo doctor Becerra:
De conformidad con los art铆culos 11 del Decreto 1265 de 1999 y 10 de la Resoluci贸n 1618 de 2006, este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretaci贸n y aplicaci贸n de las normas tributarias de car谩cter nacional.
Consulta si las declaraciones tributarias de los per铆odos gravables 2005 y anteriores que no han sido presentadas pueden presentarse para acogerse a los beneficios de la Ley 1175 de 2007 tema sobre el cual le informo que la Direcci贸n de Impuestos Nacionales profiri贸 la Circular Nro. 00012 de febrero 11 de 2006 mediante la cual defini贸 los criterios a tener en cuenta para la aplicaci贸n de las disposiciones consagradas en la mencionada ley
鈥淟as obligaciones correspondientes a declaraciones tributarias de los periodos gravables 2005 y anteriores que no hayan sido presentadas podr谩n ser objeto de las condiciones especiales previstas en la Ley 1175, siempre y cuando el contribuyente o responsable, dentro del plazo se帽alado para acogerse a ellas, presente la respectiva declaraci贸n y cumpla la totalidad de los requisitos. Igualmente podr谩n ser objeto de las condiciones especiales previstas en la citada Ley las obligaciones a cargo de los deudores solidarios vinculados mediante mandamiento de pago”.
As铆 mismo, en el numeral 3潞 de la Circular 00012 de 2008, se precisaron los requisitos para acogerse a la aplicaci贸n de las condiciones previstas por la mencionada Ley, a saber:
鈥3. Requisitos
Para acceder a la reducci贸n del 70% de los intereses de mora, consagrada en el literal a) del art铆culo 1潞 de la Ley 1175 de 2007, el deudor deber谩 cancelar, dentro del plazo arriba se帽alado, el valor total del impuesto, las sanciones actualizadas y el 30% de los intereses moratorios, por cada concepto y periodo.
Para acceder al otorgamiento de la facilidad para el pago de los intereses moratorios y las sanciones, en los t茅rminos del literal b) del art铆culo 1潞 de la Ley 1175 de 2007, se debe cancelar, dentro del plazo arriba se帽alado, el valor total del impuesto, por cada concepto y periodo y radicar ante la Administraci贸n, dentro del mismo plazo, solicitud de facilidad de pago con garant铆a, con el lleno de los requisitos y anexos indicados en la Orden Administrativa No 004 de 2007″.
Finalmente, le informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Direcci贸n de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su p谩gina de INTERNET, www.dian.gov., ingresando por el icono de 鈥淣ormatividad” 鈥 “t茅cnica鈥, dando clic en el link “Doctrina Oficina Jur铆dica”.
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ
Jefe Divisi贸n de Normativa y Doctrina Tributaria
Oficina Jur铆dica
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