Oficio 006165
18-01-2008
DIAN
Tema: Renta
Descriptor: Posibilidad de imputar impuesto al patrimonio contra la cuenta de revalorización del patrimonio en la contabilidad de las cooperativas.
***
Señor
YESID NOSOS ECHEVERRY
Federación Nacional de Cafeteros de Colombia
Calle 73 No. 8-13
Bogotá D.C.
Cordial saludo, señor Nosos:
Atentamente damos respuesta a la solicitud contenida en el oficio del radicado Ye la referencia remitida a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por el Señor Superintendente Delegado para la Supervisión del Ahorro, radicado Supersolidaria 20073100238061 por considerarlo de nuestra competencia
Se consulta si existe la posibilidad de que las Cooperativas puedan imputar el pago del impuesto al patrimonio, contra el saldo que fue trasladado hacia esa cuenta en el año 2001, y que está plenamente identificado en una subcuenta denominada revalorización del patrimonio.
Sea lo primero manifestar que este despacho es competente para resolver en sentido general y abstracto las consultas que se formulen con respecto a la interpretación y aplicación de las normas relativas a los impuestos de orden nacional a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con las prescripciones de los artículos 11 del Decreto 1265 de 1999 y 10 de la Resolución No. 1618 de 2006.
Teniendo en cuenta que este despacho carece de competencia para pronunciarse sobre normas de contabilidad mediante oficio 009 del día 18 de enero de 2007, se ha dado traslado de su solicitud al Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Ahora bien, sobre la posibilidad de imputar el impuesto al patrimonio contra la cuenta de revaloración del patrimonio sin afectar los resultados del ejercicio de que trata el parágrafo del artículo 292 del E.T, este despacho se pronunció mediante oficio 000661 del día 04 de enero de 2008, cuya copia se anexa.
Por último, solo queda manifestarle que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, la base de los Conceptos en materia Tributaria, aduanera y cambiarla expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" - "Técnica"-, dando click en el link "Doctrina Oficina Jurídica".
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCÉS SANCHEZ
Jefe División de Normativa y Doctrina Jurídica
Oficina Jurídica
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Modalidad: Conferencia de 42 minutos
Conferecista: Dr. Alexander Coral
Material IncluÃdo: Diapositivas, Video, MP3
Tema: Cuando una empresa entra en una liquidación o en un plan de salvamento comercial, los primeros afectados son los proveedores a quienes se les debe dinero. Y muchas veces no sabemos a quien priorizar.Afortunadamente, las normas vigentes plantean salidas claras mediate la Prelación de Créditos.
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