Patrocinado por:

Concepto 147 de 23-10-2007

Por: actualicese.com
Print This Post Print This Post   
Publicado: 23 de Octubre de 2007

Manejo del exceso o defecto de la provisión por Impuesto de Renta.

CTCP 147 / 2007
23-10-2007

CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

REFERENCIA:

Fecha de la Consulta: ___ de _____ de 2007
Entidad de Origen: Presentación Directa
Nº de Radicación CTCP: 0000000
Temas: MANEJO DEL EXCESO O DEFECTO DE LA PROVISIÓN POR IMPUESTO DE RENTA

En desarrollo de lo previsto en el Artículo 23 de la Resolución 002 de 2005 expedida por el Consejo Técnico de Contaduría Pública y cumplido el trámite previsto en esta disposición, respondemos su consulta de la referencia, en la cual se plantea:

PREGUNTA (Textual):

Si durante el año se realizan provisiones para impuestos y finalmente al diligenciar las declaraciones tributarias se presentan diferencias entre lo provisionado y lo que efectivamente se genera como gasto de impuesto, lo correcto es regresar a diciembre del año correspondiente; por ejemplo al 2006 y afectar contablemente las diferencias y dejar en las cuentas 24 el valor real de la deuda o afectar contablemente en marzo (para el caso de industria y comercio con periodo anual) en abril (para el caso de renta) la diferencia que resultare llevándolo como gasto de ejercicio anterior?

RESPUESTA:

Después de analizada la pregunta del consultante es importante hacer claridad en los siguientes aspectos:

El impuesto de renta se determina por regla general con base en la depuración que se le efectúa a la utilidad contable de acuerdo a las normas fiscales aplicables, por este motivo si se mira la estructura contable, se nota claramente que el impuesto de renta es un tributo que se hace al estado de la cual no se deriva una contraprestación directa.

Así las cosas, para efectos de reversión de los mayores o menores valores causados en relación con su determinación, en periodos posteriores debe hacerse tal como lo tiene contemplado el artículo 106 del citado Decreto 2649 de 1993 que estipula:

Art. 106. Reconocimiento de errores de ejercicios anteriores. Las partidas que correspondan a la corrección de errores contables de períodos anteriores, provenientes de equivocaciones en cómputos matemáticos, de desviaciones en la aplicación de normas contables o de haber pasado inadvertidos hechos cuantificables que existían a la fecha en que se difundió la información financiera, se deben incluir en los resultados del período en que se advirtieren.”

También es de tener en cuenta que al finalizar el periodo contable, el ente económico debe revelar en notas a los estados financieros todo aquello que sea necesario para comprender y evaluar correctamente su situación financiera, de suerte que el impuesto de renta se convierte en un factor importante de revelación, pues indica la obligación que tiene el ente económico de transferir recursos al Estado, por ello debe calcular su monto y realizar la correspondiente provisión; para lo cual, dado que las bases contables y fiscales son diferentes, el hecho se debe revelar en cumplimiento del artículo 115 “Normas Generales Sobre revelaciones” en su numeral 19 Expresa:

“19. Conciliación entre el patrimonio contable y el fiscal, entre la utilidad contable y la renta gravable y entre la cuenta de corrección monetaria contable y la fiscal, con indicación de la cuantía y origen de las diferencias y su repercusión en los impuestos del ejercicio y en los impuestos diferidos. Si existieren ajustes de períodos anteriores que incidan en la determinación del impuesto, en la conciliación deberá indicarse tal circunstancia”.

Por todo lo anterior, y al considerar que para efectos del impuesto de renta, el ente económico efectúa una provisión razonablemente estimada, la reversión de la misma debe elaborarse afectando la cuenta 4250 “Recuperaciones” subcuenta 425035 “de provisiones” y/o 5315 “Gastos Extraordinarios” Subcuenta 531515 “Costos y gastos de ejercicios anteriores” ya que las dinámicas contenidas en el Decreto Reglamentario 2650 de 1993 Plan Único de Cuentas Para Comerciantes contempla que :

Cuenta 4250:“Registra los ingresos extraordinarios originados en la recuperación de costos o gastos en el presente ejercicio, provenientes entre otros de: recuperación de activos castigados en ejercicios anteriores; reintegro de provisiones creadas en ejercicios anteriores que han quedado sin efecto por haber desaparecido o disminuido las causas que las originaron o por ser excesivas o indebidas y las devoluciones de impuestos” (el subrayo y la negrilla son nuestros)

Cuenta 5315: “Registra el valor de los gastos pagados o causados en que incurre el ente económico para atender operaciones diferentes a las del giro ordinario de sus actividades y que no corresponden a los conceptos enunciados en las cuentas 5305 y 5310 del presente Plan, tales como costas y procesos judiciales y actividades culturales y cívicas.”

En los términos anteriores se absuelve la consulta presentada, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante, que su texto fue debatido y aprobado en sesión del 23 de Octubre de 2007 y que los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, su contenido no compromete la responsabilidad de este organismo, no es de obligatorio cumplimiento o ejecución, no constituye acto administrativo y contra él no procede recurso alguno.

Cordialmente,

MARÍA VICTORIA AGUDELO VARGAS
Presidente

Comentarios »

No hay comentarios aún. ¿Por qué no te animas a comentar de primero?


Lee esto antes de comentar:

  • Aunque nos gustaría, nuestro Equipo Editorial no contesta las dudas o consultas que se hagan aquí (posiblemente en el futuro lo hagamos). Si deseas ver cómo resolver una pregunta en actualicese.com, haz click aquí.
  • ¿Quieres que aparezca tu foto al lado de tu comentario? Crea una cuenta en Gravatar.com y aparecerá aquí inmediatamente!
Servicio de Actualización Permanente

Cuando se liquida una sociedad, ¿a quien se le paga primero? - Todo sobre la Prelación de Créditos y su Pago

Modalidad: Conferencia de 42 minutos
Conferecista: Dr. Alexander Coral
Material Incluído: Diapositivas, Video, MP3
Tema: Cuando una empresa entra en una liquidación o en un plan de salvamento comercial, los primeros afectados son los proveedores a quienes se les debe dinero. Y muchas veces no sabemos a quien priorizar.Afortunadamente, las normas vigentes plantean salidas claras mediate la Prelación de Créditos.


* Para participar en estas conferencias (que incluyen sesiones de preguntas y respuestas) debes ser suscriptor del Servicio de Actualización Permanente.
  • Semana del 30 de Junio - Ley 165 - Adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad por Convergencia- [Dr. Juan Fernando Mejía]
  • 3 de Julio - 10 Tecnologías de Información que el Contador Público debe conocer [actualicese.com]
  • 7 al 10 de Julio - Jornada de Actualización Integral 2008 (conferencistas por confirmar)
    • Efectos del cruce financiero de información con Cooperativas, Notarías, Bolsa de valores y Comisionistas de bolsa, Registraduría, Preparadores de Facturas y otros actores. [Dr. Gabriel Vásquez Tristancho]. 
    • Propuesta para un futuro sin evasión- [DIAN]
    • Resolución No. 3847 del 30 de Abril de 2008 - [actualicese.com]
    • Novedades Laborales para el segundo semestre del 2008 - PILA para Independientes y Tutelas en Seguridad Social - [actualicese.com]
    • ¿Que pasará con el futuro de la Contaduría cuando los docentes asuman la tecnología? - [Dr. José Hernando Zuluaga Marín]
    • Propuestas de Reforma del Consejo Técnico de la Contaduría y el apoyo del Ministerio de Comercio Industria y Turismo- [Dr. Rafael Franco Ruiz]
    • En qué momento decidir  la reorganización empresarial - [Dr. Alvaro Marín]
    • CILEA Comité de Integración Latino Europa-América y las opciones internacionales para las  Pymes. [Dr. Jaime A Hernández Vásquez]
  • 14 de Julio - Instructivo Multimedia para pago de IVA - [actualicese.com]
  • 21 de Julio - Instructivo Multimedia para pago de Retención en la Fuente - [actualicese.com]
  • 28 de Julio - Responsabilidad de los Socios en los distintos entes societarios - [actualicese.com]

Dr. Jose Hernando Zuluaga M.¿Cómo ven la Contaduría Pública los estudiantes?
Expositor:
Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 1 hora 13 minutos

Hilos Conductores para el Contador Público del Futuro
Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 2 conferencias de

Lo legal y lo ilegal en la contratación del Servicio Doméstico
Conferencista: Dr. Alexánder Coral- Líder de Investigación Legal - actualicese.com
Duración: 48 minutos

3 Casos prácticos para la Declaración de Renta 2007 de Personas Naturales
Conferencista: Dr. Diego Hernán Guevara
Duración: 42 minutos
Material complementario:

  • [Archivo] Requisitos para Exoneración de la Presentación de la DR año 2007
  • [Archivo] ¿Cómo determinará un asalariado el valor de sus rentas exentas en su Declaración de Renta del 2007?

Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)


Archivo completo de Conferencias y Material entregado