Patrocinado por:

Decreto 3787 de 02 /10/2007

Por: actualicese.com
Print This Post Print This Post   
Publicado: 2 de Octubre de 2007

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

DECRETO 3787
02 /10/2007

Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a que se refiere el inciso tercero del artículo 477 del Estatuto Tributario

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y el articulo 477 del Estatuto Tributario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Decreto 4650 de 2006

DECRETA:

ARTICULO 1. Cupos de bienes importados que se encuentran exentos del impuesto sobre las ventas. Para efectos de lo dispuesto en el articulo 3 del Decreto 4650 de 2006, fijanse los siguientes cupos máximos de importación de alimentos de consumo humano y animal procedentes de Venezuela, Brasil y Perú destinados exclusivamente al consumo local de los departamentos de Amazonas, Guainía, Guajira, Vaupés y Vichada, correspondientes al cuarto trimestre del ano 2007.

Estos cupos están fijados en términos de peso neto expresado en kilogramos para cada una de las partidas del arancel de aduanas comprendidas entre los capítulos II al XXIII inclusive, que corresponden a los bienes de consumo humano y animal.

Los departamentos de Amazonas, Guainía, Guajira, Vaupés y Vichada solo podrán gozar del beneficio consagrado en el artículo 477 del Estatuto Tributario tal como fue adicionado por el artículo 56 de la Ley 1111 de 2006, siempre y cuando las importaciones de alimentos para consumo humano y animal provengan efectivamente del país o los países colindantes con cada departamento en particular, tal como se ilustra en la siguiente tabla:

DEPARTAMENTO DE CONSUMO

PAISES COLINDANTES

Amazonas

Perú y Brasil

Guainía

Venezuela y Brasil

Guajira

Venezuela

Vaupés

Brasil

Vichada

Venezuela

La Dirección de: Impuestos y Aduanas Nacionales efectuará un seguimiento permanente sobre las importaciones objeto de la exención por cada uno de los departamentos beneficiarios. En el momento en que se alcancen los cupos máximos de importación asignados, se entenderá que el beneficio ha cubierto completamente el consumo local de cada departamento y en consecuencia se suspenderá la exención del impuesto sobre las ventas para estas partidas arancelarias.

A fin de controlar lo dispuesto en este articulo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicará en su portal de Internet, el peso neto de las importaciones acumuladas de los bienes y mercancías objeto del beneficio, provenientes de los países colindantes con cada departamento.

Para el cuarto trimestre del ano 2007, los cupos máximos de importación son los que figuran en la siguiente tabla:

AMAZONAS

Kilos

Partida

Arancelaria

Descripción /1

trimestre 4

03.06

Crustáceos, aptos para la alimentación humana.

104

03.07

Moluscos, aptos para la alimentación humana.

362

09.09

Semillas de comino

363

12.01

Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas.

3.454

12.04

Semillas de lino.

279

12.12

Algarrobas, algas.

96

18.05

Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

1.090

19.04

Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado

36.592

21.06

Mejoradores de panificación.

65

Total

42.426

 

VICHADA

Kilos

Partida

Arancelaria

Descripción /1

trimestre 4

03.06

Crustáceos, aptos para la alimentación humana.

103

03.07

Moluscos, aptos para la alimentación humana.

356

09.09

Semillas de comino

358

12.01

Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas,

3.399

12.04

Semillas de lino.

275

12.12

Algarrobas, algas.

95

18.05

Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

1.073

19.04

Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado

36.019

21.06

Mejoradores de panificación.

83

Total

41.761

 

VAUPES

Kilos

Partida

Arancelaria

Descripción /1

trimestre 4

03.06

Crustáceos, aptos para la alimentación humana.

51

03.07

Moluscos, aptos para la alimentación humana.

175

09.09

Semillas de comino

176

12.01

Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas,

1.672

12.04

Semillas de lino.

135

12.12

Algarrobas, algas.

47

18.05

Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

528

19.04

Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado

17.712

21.06

Mejoradores de panificación.

41

Total

20.536

 

GUAINIA

Kilos

Partida

Arancelaria

Descripción /1

trimestre 4

03.06

Crustáceos, aptos para la alimentación humana.

56

03.07

Moluscos, aptos para la alimentación humana.

195

09.09

Semillas de comino

196

12.01

Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas,

1.863

12.04

Semillas de lino.

151

12.12

Algarrobas, algas.

52

18.05

Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

588

19.04

Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado

19.742

21.06

Mejoradores de panificación.

46

Total

22.889

 

GUAJIRA

Kilos

Partida

Arancelaria

Descripción /1

trimestre 4

10.06

Arroz.

553.001

11.08

Almidón y fécula de maíz.

30.310

15.17

Margarina, excepto la margarina líquida.

917

16.04

Sardinas en salsa de tomate.

49.135

17.02

Jarabe de Glucosa

17.484

19.01

Preparaciones para alimentación infantil.

1.155

19.02

Pastas alimenticias, incluso cocinas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis. Fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones, cuscús, incluso preparado.

1.312

19.04

Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado

54.451

19.05

Productos de panadería o galletería.

1.428

20.07

Confituras, jaleas y mermeladas.

50.871

21.03

Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada

7.419

22.09

Vinagre y sucedáneos del vinagre

4.776

Total

772.259

/1 Los cupos están proyectados con elasticidades precio de la demanda de alimentos y crecimiento de a población, a partir de los consumos históricos.

Parágrafo. Los cupos de importación establecidos en el presente artículo se aplicarán tan solo a los bienes y mercancías expresamente señalados en los cuadros anteriores, independientemente que por la partida arancelaria correspondiente se clasifiquen otros bienes respecto de los cuales no se aplicará la exención de que trata el artículo 477 del Estatuto Tributario.

ARTICULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, a los 02 OCT 2007

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR
Ministro de Hacienda y Crédito Público

Comentarios »

No hay comentarios aún. ¿Por qué no te animas a comentar de primero?


Lee esto antes de comentar:

  • Aunque nos gustaría, nuestro Equipo Editorial no contesta las dudas o consultas que se hagan aquí (posiblemente en el futuro lo hagamos). Si deseas ver cómo resolver una pregunta en actualicese.com, haz click aquí.
  • ¿Quieres que aparezca tu foto al lado de tu comentario? Crea una cuenta en Gravatar.com y aparecerá aquí inmediatamente!
Servicio de Actualización Permanente

Cuando se liquida una sociedad, ¿a quien se le paga primero? - Todo sobre la Prelación de Créditos y su Pago

Modalidad: Conferencia de 42 minutos
Conferecista: Dr. Alexander Coral
Material Incluído: Diapositivas, Video, MP3
Tema: Cuando una empresa entra en una liquidación o en un plan de salvamento comercial, los primeros afectados son los proveedores a quienes se les debe dinero. Y muchas veces no sabemos a quien priorizar.Afortunadamente, las normas vigentes plantean salidas claras mediate la Prelación de Créditos.


* Para participar en estas conferencias (que incluyen sesiones de preguntas y respuestas) debes ser suscriptor del Servicio de Actualización Permanente.
  • Semana del 30 de Junio - Ley 165 - Adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad por Convergencia- [Dr. Juan Fernando Mejía]
  • 3 de Julio - 10 Tecnologías de Información que el Contador Público debe conocer [actualicese.com]
  • 7 al 10 de Julio - Jornada de Actualización Integral 2008 (conferencistas por confirmar)
    • Efectos del cruce financiero de información con Cooperativas, Notarías, Bolsa de valores y Comisionistas de bolsa, Registraduría, Preparadores de Facturas y otros actores. [Dr. Gabriel Vásquez Tristancho]. 
    • Propuesta para un futuro sin evasión- [DIAN]
    • Resolución No. 3847 del 30 de Abril de 2008 - [actualicese.com]
    • Novedades Laborales para el segundo semestre del 2008 - PILA para Independientes y Tutelas en Seguridad Social - [actualicese.com]
    • ¿Que pasará con el futuro de la Contaduría cuando los docentes asuman la tecnología? - [Dr. José Hernando Zuluaga Marín]
    • Propuestas de Reforma del Consejo Técnico de la Contaduría y el apoyo del Ministerio de Comercio Industria y Turismo- [Dr. Rafael Franco Ruiz]
    • En qué momento decidir  la reorganización empresarial - [Dr. Alvaro Marín]
    • CILEA Comité de Integración Latino Europa-América y las opciones internacionales para las  Pymes. [Dr. Jaime A Hernández Vásquez]
  • 14 de Julio - Instructivo Multimedia para pago de IVA - [actualicese.com]
  • 21 de Julio - Instructivo Multimedia para pago de Retención en la Fuente - [actualicese.com]
  • 28 de Julio - Responsabilidad de los Socios en los distintos entes societarios - [actualicese.com]

Dr. Jose Hernando Zuluaga M.¿Cómo ven la Contaduría Pública los estudiantes?
Expositor:
Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 1 hora 13 minutos

Hilos Conductores para el Contador Público del Futuro
Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 2 conferencias de

Lo legal y lo ilegal en la contratación del Servicio Doméstico
Conferencista: Dr. Alexánder Coral- Líder de Investigación Legal - actualicese.com
Duración: 48 minutos

3 Casos prácticos para la Declaración de Renta 2007 de Personas Naturales
Conferencista: Dr. Diego Hernán Guevara
Duración: 42 minutos
Material complementario:

  • [Archivo] Requisitos para Exoneración de la Presentación de la DR año 2007
  • [Archivo] ¿Cómo determinará un asalariado el valor de sus rentas exentas en su Declaración de Renta del 2007?

Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)


Archivo completo de Conferencias y Material entregado