Patrocinado por:

Oficio 021881 de 20-03-2007

Por: actualicese.com
Print This Post Print This Post   
Publicado: 20 de Marzo de 2007

Oficio 021881
20-03-2007

DIAN

Tema: Iva
Descriptor: Bienes excluidos. Computadores personales.

***

Señor
RAFAEL ESTEBAN TRAVECEDO VILLARREAL
Sophocheck Latinoamérica Soco Ltda.
Carrera 74 No. 49 A 72
Bogotá, D.C.

TEMA:                              Impuesto sobre las ventas

DESCRIPTORES:                Bienes excluidos

FUENTES FORMALES:        Estatuto Tributario, artículos 424, 485 Y 488

                                        Ley 1111 de 2006, artículo 31

                                        Decreto 576 de 2007

Cordial saludo, señor Travecedo Villareal:

Conforme a lo establecido en el artículo 11 del decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 del 22 de febrero de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias cuyos impuestos administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Solicita se informe cual es el alcance del término computadores personales de escritorio o portátiles, referido al beneficio de que trata el artículo 31 de la Ley 1111 de 2007 que modificó el artículo 424 del estatuto Tributario.

Para efectos de lo dispuesto en el artículo 424 del Estatuto Tributario, el artículo quinto del Decreto 567 del primero de marzo de 2007, por medio del cual se reglamentó parcialmente la Ley 1111 de 2006, desarrolló la aplicación del beneficio en comento, en el sentido de indicar qué se entiende por computador personal de escritorio y por computador personal portátil, así como cuáles elementos no se encuentran excluidos del impuesto, en los siguientes términos:

ARTICULO 5. Exclusión de IVA para computadores personales. Para efectos de lo dispuesto en el articulo 424 del Estatuto Tributario, tal como fue adicionado por el articulo 31 de la Ley 1111 de 2006, se entiende por computador personal de escritorio, la unidad compuesta por la Unidad Central de Proceso (CPU), monitor, teclado y/o mouse, manuales, cables, sistema operacional preinstalado y habilitado para acceso a Internet.

Para los mismos efectos se entiende como computador personal portátil, aquel que tiene integrado en el mismo continente la Unidad Central de Proceso (CPU), el monitor o pantalla y todos los demás componentes para que funcione de manera autónoma e independiente y se encuentre habilitado para acceso a Internet, con la característica adicional de que su peso permite IIevarlo de manera práctica de un lugar a otro en equipaje de mano.

No se encuentran excluidos del impuesto elementos tales como: Impresora, unidades de almacenamiento externo, escáner, módem externo, cámara de video y, en general, otros accesorios o periféricos, así como partes y piezas de los computadores.

Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co , la base de los Conceptos en materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividadâ€- Tecnicaâ€-, dando click en el link “Doctrina Oficina Jurídica.

Cordialmente,

ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ
Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica

Comentarios »

No hay comentarios aún. ¿Por qué no te animas a comentar de primero?


Lee esto antes de comentar:

  • Aunque nos gustaría, nuestro Equipo Editorial no contesta las dudas o consultas que se hagan aquí (posiblemente en el futuro lo hagamos). Si deseas ver cómo resolver una pregunta en actualicese.com, haz click aquí.
  • ¿Quieres que aparezca tu foto al lado de tu comentario? Crea una cuenta en Gravatar.com y aparecerá aquí inmediatamente!
 
Servicio de Actualización Permanente

La Propiedad Horizontal y la Ley 675 de 2001

Conferencia de esta semana por el Dr. Mauricio Uribe, Abogado Especialista en Propiedad Horizontal.


Agenda de Actualización para Fin de 2008 e Inicio de 2009

En actualicese.com hemos programado una serie de Jornadas de Actualización para el fin de año 2008 e inicio del 2009 que incluyen:

  1. Jornada de Actualización en el Cierre Contable y Fiscal
    Fecha: 17 al 19 de Diciembre de 2008 --> Ya están disponibles las grabaciones
    [Conferencia # 1 ] [Conferencia # 2]] [Conferencia # 3]] [Conferencia # 4]] [Conferencia # 5]]
  2. Novedades Laborales 2009 e Implicaciones Contables del Aumento del Salario Mínimo
    Fecha: 7 de Enero de 2009
  3. Jornada de Actualización para el Revisor Fiscal
    Fecha: Enero 14 al 16 de 2009
  4. Actualización en Reportes a Supersociedades
    Fecha: Enero 22 de 2009
  5. Actualización en el Diligenciamiento de los nuevos Formularios de RTF e IVA
    Fecha: Enero 23 de 2009
  6. 1a. Gran Jornada de Actualización 2009 (es el evento más grande, con 10 conferencistas)
    Fecha: Enero 28, 29 y 30 de 2009

* Recuerda que si no puedes estar en alguna de las conferencias, cada conferencia quedará publicada para que la repitas cuando necesites.

Temario y detalles adicionales

  • 10 Tecnologías de Información que el Contador Público debe conocer [actualicese.com]
  • Responsabilidad de los Socios en los distintos entes societarios - [actualicese.com]

Archivos

Por fecha

Por tema