Decreto 018 de 04/01/2007

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Publicado: 4 de Enero de 2007

 

Derogado por el Decreto 519 de 26/02/2007

DIARIO OFICIAL 46.501

DECRETO 018

04/01/2007

por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 4090 de 2006.

Herramienta

Interés Bancario Corriente – Tasa de Usura

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el literal 1) del numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

DECRETA:

Artículo 1. Modifícase el artículo 2° del Decreto 4090 de 2006, el cual quedará así:

Artículo 2°. Modalidades de crédito cuyas tasas deben ser certificadas. Para los efectos previstos en este decreto se establecen las siguientes modalidades de crédito:

1. Comercial y de Consumo: Los créditos bajo la modalidad de comercial son aquellos otorgados a personas naturales o jurídicas para el desarrollo de actividades económicas, distintos a los otorgados bajo la modalidad de microcrédito. Los créditos bajo la modalidad de consumo son aquellos otorgados a personas naturales para financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, independientemente de su monto.

2. Microcrédito: Los créditos bajo la modalidad de microcrédito son aquellos otorgados a microempresas, cuyo saldo de endeudamiento con la respectiva entidad no supere veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Por microempresa se entiende toda unidad de explotación económica realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, cuya planta de personal no supere los diez (10) trabajadores o sus activos totales, excluida la vivienda, sean inferiores a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Artículo 2°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de enero de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrer

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    [...] Decreto 18 de 2007 [...]

  • Adalgisa Martinez

    BUENAS TARDES.

    QUE ES EL DECRETO 018 PARA EL PAGO DE IMPUESTO DE VEHICULO MATRICULADO EN CUNDINAMARCA CON AÑOS ANTERIORES DE IMPUESTOS NO PAGOS.

  • Juan Manuel Castro

    Tengo una duda en cual de todos los decretos se encuetra el impacto legal sobre los gota a gota y prestamistas informales.

  • Williamrivera_1972

    en cucuta hay una empresa de vigilancia llamada cootraporte es pirata y pagan 600.000 x 12 horasy la super no los sancionan ni muchos menos les sierran ese chuso y cobran como empresa privada que descaro solo funciona con una camara de comercio

  • omar duque

    En ocasiones, nos concentramos en criticar lo que las universidades o entidades del gobierno hacen para formar al contador, pero la verdad en las dos se aprende, la respuesta la dara el profesional cuando se enfrente a su tarea contable, de acuerdo a su labor profesional.
    Atte: Omar Duque
    desde Colombia
    ariano5935@hotmail.com

  • J Altuzarra

    Los resultados obtenido por un aprendiz en el SENA a niveles técnicos y tecnológicos son mas competitivos que los de un egresado universitario, por eso les duele tanto que un TGO del SENA se homologado en un séptimo semestre habiendo cursado 4 en el SENA, debe ser por dinamismo y competitividad y dejar el docto a un lado, cuantos profesionales existen en Colombia y que carencia hay de técnicos y tecnologos, el sano debate es prospectivo y propositivo que solución alterna presentan ante esta situación en vez de desmeritar al SENA

  • J Altuzarra

    Seguramente para usted seria humillante que el SENA lo evaluara y no fuese competente y no lograse la certificación; Sr Contador con todo respeto conecte la NEURONA antes de responder, tal vez la interdisciplinieridad no este en su programación y es de las personas que data de la vieja escuela y no se ha dado cuenta de los procesos dinámicos que día a día el mundo nos depara, seguramente sera una persona muy versada en la aplicación e implementación de estrategias TIC´s, saludos

  • J Altuzarra

    Tenes razón Lorena jamas estará al nivel de una universidad; incluso los hechos lo demuestran en este momento su nivel es superior.  Y no solo es Técnica!

  • J Altuzarra

    Un profesional idóneo, también se caracteriza por la integralidad de la información y esa no puede ser exelente; amigo la euforia también permite utilizar la corrección ortografica..

  • Oliva Parra Chimbaco

    Es un exabrupto. Si es la Junta Central de Contadores quien tiene la competencia para expedir las matrículas profesionales de los Contadores Públicos, debería ser este organismo quien expidiera la certificación para que los Contadores den fé publica sobre los estados financieros ajustados a las normas internacionales, de lo contrario este organismo estaría condenado a desaparecer porque a futuro los contadores y la comunidad confiará más en la información certificada bajo ifrs debido a la globalizacion y la mayor confianza que esta les genera.

  • Musidago

    buenos dias, soy estudiante de auxiliar contable y tengo una pregunta, que es valorizacion positiva y negativa.
    agradezco información.
    saludo cordial

  • Musidago

    buenos dias, soy estudiante de auxiliar contable y tengo una pregunta, que es valorizacion positiva y negativa.
    agradezco información.
    saludo cordial

  • Oskarculma

    me parece excelente pues hay empresas de seguridad que abusan del personal como por ejemplo la empresa de vigilancia santafereña en cali gerenciada por el capitan de la policia gerardo rojas


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