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¿Un empleado puede representar a un socio o accionista en Junta o Asamblea?

Por: actualicese.com
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Publicado: 19 de Agosto de 2008

Un empleado que no es socio o accionista, ¿Puede representar acciones, cuotas o partes de interés de varios asociados en las reuniones del máximo órgano social sin incurrir en la prohibición del Art.185 del C.Co.?

La prohibición a que alude el artículo 185 del Estatuto Mercantil, procura garantizar la independencia entre la gestión que desarrollen tanto los empleados que ejecuten funciones administrativas de confianza y manejo, como los socios o accionistas, con las decisiones que adopte el máximo órgano social.

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