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¿Un empleado de una sociedad que no ostenta la calidad de socio puede representar acciones,de varios asociados sin incurrir en prohibiciones?

Por: actualicese.com
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Publicado: 14 de Julio de 2008

La prohibición a que alude el artículo 185 del Estatuto Mercantil, procura garantizar la independencia entre la gestión que desarrollen tanto los empleados que ejecuten funciones administrativas de confianza y manejo, como los socios o accionistas, con las decisiones que adopte el máximo órgano social. Portal motivo, los empleados se encuentran incursos en la referida prohibición, sin necesidad que estos ostenten la calidad de socios o accionistas.

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