Duración: 6 minutos
De acuerdo con las normas vigentes, cuando una persona natural adquiera por primera vez la condición de declarante de renta deberá hacer figurar en su RUT la responsabilidad 05 como “Declarante de Renta en el Régimen Ordinario”.
Pero en los años siguientes, cuando quizás no le corresponda declarar, no hay problema en seguir dejando ese código en su RUT. Aquà hacemos un examen a las normas que rigen el proceso de inscricpión y actualizadión en el RUT para las personas naturales declarantes de renta.
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
Buenos Dias, agracezco al equipo de actualicese por la información que nos suministran a diario, pero me queda una pregunta con respecto a si una persona natural deja de presentar este año la declaracion de renta porque cumple con los requisitos para no hacerlo, que debe hacer para que la DIAN no lo requiera?
Monica: Si una persona natural declara renta en un año y en el otro no, no tiene que hacer ninguna modificacion en el RUT; y si la DIAN lo requiere para que presente la declaracion usted sencillamente le dice que usted para ese año no esta obligado y en caso contrario sera la DIAN la que le toca demostrar si usted es declarante o no.
Una persona natural asalariada, que para el año gravable 2007 tiene que declarar renta. Tiene que actualizar su rut?, ya que tiene pero clasificado unicamemte como regimen simplificado.
Gracias.
De acuerdo con la conferencia de esta misma pagina,yo puedo en un año ser declarante y en siguiente no o viceversa y no debo hacer ningun tramite de modificacion de mi Rut. Cordial saludo
Correcto.
Las personas naturales que en años anteriores cumplieron con la obligación de declarar y que en el año gravable del 2007 no cumplen con los topes establecidos en el Art. 8 del Decreto 4818 del 14 de Diciembre de 2007.
En mi opinión, es aconsejable enviar un oficio a la DIAN manifestándolo.
Lo anterior, es debido a que por mi experiencia como Contador Publico Independiente, he tenido que enviarlos antes de la fecha de vencimiento de la declaración; en razón a que la DIAN, a oficiado a varios de mis clientes por no haber presentado tales declaraciones.
De igual forma, si por alguna razón es requerido posteriormente, quedarÃa como soporte el oficio enviado en forma oportuna
El RUT no es necesario modificarlo.
Buenos dias , me gustaria saber que accion puede realizar la DIAN a una persona que presento una declaracion de renta sin estar obligado, pero la presento extemporaneamente sin pagar la sancion por extenponidad
Gracias
Buenos dias, si una persona en el RUT muestra que es declarante 05 yo le hago rte fte de 11% y si ya al siguiente año no es declarante le tendria que hacer el 10%, como hago para saber si es o no declarante si no me actualiza el RUT?
Muchas gracias por tan excelente portal