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¿Quiénes están facultados para convocar a las reuniones del máximo órgano social?

Por: actualicese.com
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Publicado: 25 de Agosto de 2008

Lo están para convocar a las reuniones del máximo órgano social: Los administradores, entre los que se encuentran el representante legal, el liquidador, los miembros de junta directiva; de igual forma están legitimados para tal efecto la junta directiva como cuerpo colegiado, el revisor fiscal, y la Entidad que ejerza inspección vigilancia y control, según lo dispuesto por el artículo 181 del Código de Comercio.

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