Es un gravamen creado por el Congreso de la República mediante la ley 223 de 1995, el cual afectó todos los actos, documentos o contratos que deben registrarse ante las Cámaras de Comercio. Este impuesto está destinado exclusivamente a los departamentos y al distrito capital.
Recibe semanalmente la información Contable y Tributaria más actualizada.

Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
ALGO CORTO, SENCILLO PERO MUY IMPORTANTE. ASI CALIFICO ESTA PUBLICACION DE ACTUALICESE. SIGAN UTILIZANDO ESTA IMPORTANTE HERRAMIENTA.
Estimados colegas:
El artÃculo de la fecha omitió que también grava la inscripción de algunos documentos en las Oficnas de Registro de Instrumentos Públicos y que, en el caso de las acciones, dado que coexiste con el Impuesto de Timbre; preferirá aquel.
en el contrato de prestacion de servicios (aseo en la oficina)la persona que prestara el servicios, asegura que el monto no le alcanza para pagar aportes a una EPS, que esta afiliada a una ARS, por el SISBEN. Mi pregunta es que si le podemos aceptar esta afiliacion.
gracias
Yaneth Contreras