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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
Se帽ores ACTUALICESE; gracias por su servicios.
Respecto a la conferencia sobre los contratos a t茅rmino fijo inferior a un a帽o, me gustaria que el Dr. Coral, precisara dos puntos.
A partir de la 4a pr贸rroga, 茅sta se extiende por 1 a帽o pero hasta tres a帽os, y de all铆 por tiempo indefinido.
La otra precisi贸n respeto a las prorrogas, es sobre el tiempo de la prorroga respeto al contrato inicial. Puede que este desactualizado pero historicamente he entendido que las prorrogas no pueden superar el tiempo del contrato inicial. Como lo dice en la conferencia.
Gracias
Augusto鈥 est谩 interpretando mal el numeral 2潞 del art铆culo 46 del c贸digo laboral.
Respecto a su primer interrogante, a partir de la 4陋 prorroga esta ser谩 por t茅rminos de 1 a帽o y siguientes, indefinidamente o sea que las 7陋, 10陋, 15陋, etc. pr贸rrogas posteriores a la 4陋, ser谩n por un t茅rmino no inferior cada uno de un a帽o.
Lo que tal vez usted est谩 interpretando es solo el primer par谩grafo del art铆culo 46, que debe entenderse en el sentido que si se hace un (1) s贸lo contrato de t茅rmino fijo este puede ser incluso por un t茅rmino de 3 a帽os, lo que no puede es hacerse un solo contrato a t茅rmino fijo por 4 a帽os por ejemplo.
Frente al segundo interrogante, a veces los conceptos 鈥渉ist贸ricos鈥 pueden estar errados o mal interpretados, lo que busca la legislaci贸n laboral es la continuidad y la estabilidad y mal ser铆a decir que si el contrato inicial es por 3 meses, la pr贸rroga no puede ser por 5, 6 o 7 meses.
Y finalmente Augusto agrego lo siguiente: un contrato a t茅rmino fijo puede ser prorrogado 10, 20 30 veces, que por este hecho NO SE CONVERTIR脕 en uno indefinido.
Agradeciendo mucho por participar鈥
Alexander Coral R.
L铆der de Investigaci贸n Legal
actualicese.com
Buenas Tardes….. Alexander… lo felicito por la conferencia… sin embargo, me parece que hay una inexactitud en relaci贸n con las prorrogas de los contratos cuando existe el preaviso,,, dado que Usted indica en la conferencia que las prorrogas se pueden dar por un tiempo mayor al anicial, apreciaci贸n que es contraria a lo que indica el numeral 2 del art铆culo 46 del C贸digo Laboral, el cual manifiesta:
“2. No obstante, si el t茅rmino fijo es inferior a un (1) a帽o, 煤nicamente podr谩 prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) per铆odos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el t茅rmino de renovaci贸n no podr谩 ser inferior a un (1) a帽o, y as铆 sucesivamente”.
Como indica el numeral, los contratos a termino fijo solo se prorrogan por por per铆odos iguales o inferiores ….
En conclusi贸n como usted dice la ley busca la continuidad y estabilidad del trabajador, por tal raz贸n no tiene sentido que el contrato se prorrogue por un tiempo mayor al inicial..
Muchas Gracias y feliz d铆a
Muy buenas, Sr. Coral Ramos me gustaria que me respondiera, si en el caso de las prorrogas con pre-aviso tambien aplica la regla de que despues de 3 a帽o a partir de la fecha inicial del contrato, se lleva automaticamente a termino indefinido…
MUY INTERESANTE LA CONFERENCIA, PERO TENGO ALGO DE DUDA, UNA PERSONA FIRMA UN CONTRATO POR 4 MESES, SE PRORROGA AUTOMATICAMENTE O SEA 4 MESES MAS,LA SIGUIENTE PRORROGA ES EXPRESA POR 4 MESES Y LA SIGUIENTE POR 2 MESES, A MI PARECER LA SIGUIENTE DEBE SER POR 1 A脩O COMO LO MENCIONAN, PERO A ESTE TRABAJADOR LE CAMBIAN EL CONTRATO POR EL DE LABOR CONTRATADA, ESO ES PERMITIDO??
AGRADEZCO QUIEN ME ACLARE LA INQUIETUD Y COMO SE DEBE PROCEDER.
Mony423鈥 Si en la 4陋 prorroga le cambian la definici贸n del contrato por uno de labor contratad como plantea, pero siguen las mismas condiciones reales, sigue haciendo lo mismo, la misma cantidad, igual subordinaci贸n, etc. Mejor dicho todo igual menos el nombre que se le da al contrato, se debe entender como una continuidad y como tal una 4陋 prorroga, la cual ir谩 por 1 a帽o y sucesivamente.
Agradecemos tu participaci贸n 鈥
Alexander Coral R.
L铆der de Investigaci贸n Legal - actualicese.com
Muchas gracias Sr. Alexander por su aclaraci贸n, cambiarle el nombre del contrato fue exactamente lo que hicieron, las condiciones de trabajo son las mismas, el trabajador esta actualmente bajo este tipo de contrato, amanecera y veremos…
Nuevamente muchas gracias y hasta otra oportunidad.
ME GUSTARIA SABER SI ESTE ES EL MEDIO POR DONDE PUEDO TENER RESPUESTA INMEDIATA A MIS INQUIETUDES, YA QUE RECIBI UNA INVITACI脫N PARA UNA CONFERENCIA A LAS 4PM Y NO HE PODIDO ENTRAR.
hola muy buenas tardes. solo queria decir que me parece excelente todas las noticias que publican ene esta pagina, asi como la manera en que ayudan a las personas a salir de dudas, yo estoy estudiando contaduria y pues cada vez que puedo entro a la pagina para ver que nuevo ahi, y asi aprender cada vez mas cosas que pues uno de estudiante a veces no tiene la capacidad de aprender..felicitaciones al doctor Coral, por sus aportes.. y pues espero poder estar en contacto con uds.. para que me ayuden en el proceso de aprendizaje en el q me estoy formando.. muchas gracias.bye.
buenas tardes se帽or Alexander, la parte de las tres primeras prorrogas y la cuarta prorroga la tengo clara. me gustaria entender un poco mas la parte en que usted le responde al se帽or Aogusto, y le dice que los contratos se pueden prorrogar 10, 20 o 30 veces mas.
gracias
ese caso me sucede a mi Gerson mi contrato a sido renovado varias veces y con prorrogas de 35,45 y mas veces antes de tener prorrogas de 1 a帽o solo por cuidado de la empresa donde laboro que es una contratista y su cliente caera en una pausa de actividad por una guelga sindical estodepronto responde tu pregunta de cuantas veces puede tener prorroga un contrato antes de tener prorroga de 1 o mas a帽os .acepto y me coorijan si estoy errado .
Dr. nuevamente m egustaria saber cual ser铆a la implicaci贸n de esta figura en termino de prestaciones sociales?
Hasta cuantas veces se puede prorrogar un contrato fijo de 1 a帽o?
Dr alexander me gustaria saber que sucede si despues de la tercera prorroga se liquida el contrato al trabajador. por que la empresa cierra por efecto de vacaiones en diciembre, y cuando ingresan nuevamente en enero al mismo empleado se le comienza un nuevo contrato con la misma figura de termino fijo a tres meses. Esto se repetiria cada a帽o. Es el legal este procedimiento? gracias
Cordial saludo Dr Coral excelente su conferencia tengo una pregunta para usted, que tan valido es un contrato termino fijo inferior a un a帽o que fue firmado por alguien distinto al empleador, por su cooperaci贸n muchas gracias.Exitos en su labor.
Buenas tardes Dr Coral si tengo un emeplado con un contrato inferior a un a帽o que inicio el 01 junio 2007 y se prorroga automaticamente 3 veces, al terminar el a帽o 2007 cono deber ser el manejo de las prestaciones sociales debo consignar las cesantias en un fondo de cesantias y pensiones o las provisiono y las cancelo cuando termine el contrato.
Gracias por su repuesta
buenas tardes
mira tengo una situaci贸n trabaje para el citibank colombia por una temporal durante un a帽o y luego este a帽o me contrataron directa por el banco con contrato a termino fijo con terminos de 3 meses cada uno a partir del 16 de enero al 16 abril y asi sucesivamente hasta el 14 de julio fecha en la cual me pasaron una carta que decia que me despedian sin justa causa segun ley 789 de 2000, seg煤n esto no me quisieron pagar la indemnizaci贸n si no solo de dos dias porque supuestamente vencia el 16 de julio la segunda prorroga, me pueden colaborar con este tema yo creo que el contrato se renov贸 debido a que no recibi preaviso un mes antes y que me deben pagar la indemnizaci贸n por esos tres meses mas gracias
Cordial Saludo:
seg煤n escuch茅 en su conferencia la prorroga debe hacerse con 30 d铆as de antelaci贸n, mi inquitud radica en que si es un contrato a termino definido por espacio de 31 d铆as, cu谩l debe ser la antelaci贸n para la pr贸rroga?
Muchas Gracias
Me gustaria saber si con los contratos por prestacion de servicios se pueden prologar automaticamente. Si es asi por cuanto tiempo.
Gracias.
Alexander me fascinan tus conferencias, nos actualizan con un lenguaje simple y muy claro todos los temas, me gustaria que me aclarara lo siguiente: si un empleado trabaja en una empresa desde el a帽o 1996 en una empresa hasta la fecha, todos los a帽os le hacen contrato inferior a un a帽o y lo van liquidando anualmente lo pueden sacar sin ningun tipo de indemnizacion.
Muchas gracias
UN EXCELENTE INFORME Y ME DESPEJO UNA GRAN DUDA QUE TENIA EN CUANTO A SI SE PODIA PRORROGAR UN CONTRATO DE TRABAJO POR MENOS TIEMPO DEL INICIALMENTE PACTADO.
MUCHAS GRACIAS
GRACIAS POR LA CONFERENCIA, ME RESOLVIERON MUCHAS DUDAS
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, LAS PRORROGAS DEBEN EXPRESARCE MEDIANTE UN OTRO SI AL CONTRATO, O S脫LO BASTA LA COMUNICACI脫N MEDIANTE OFICIO
GRACIAS
Muy interesante la conferencia.
tengo un caso.
hay un trabajador con un contrato a termino fijo de 6 meses inicio el 01/10/2005 y termino el 30/03/2006 esta en la ultima prorroga no queremos que pase a un a帽o. pensamos hacer lo siguiente terminar el contrato, es decir liquidarlo y hacer uno nuevo por tres meses es correcto o no.
Buena tarde,
lo que sucede es que tengo una empleada la cual se le hizo un contrato inicial por 3 meses que comenzo en enero de 2008 se dejo prorrogar por otros 3 meses automaticamente y luego por otros tres meses; es decir el contrato se terminaria en octubre, mi pregunta es este se puede renovar por otros tres meses? o debemos de cambiarlo, por que no deseamos dejarla con contrato de un a帽o. y si se puede renovar se puede dejar automaticamente?
mil gracias
Buenos d铆as, quisiera saber lo siguiente:
Un primer contrato fue por 6 meses, luego existi贸 una prorroga por 1 a帽o. En el caso que de hacer una nueva pr贸rroga, 茅sta debe ser por el mismo tiempo de la pr贸rroga anterior (1 a帽o) 贸 se podr铆a hacer por menos tiempo?
Gracias
Buenas Tardes Dr. Alexander
En un contrato inicial inferior a un a帽o por tres meses que antes de la primera prorroga, es decir treinta dias antes se clausula que la renovacion se hara por un mes. La siguiente prorroga es automaticamente por un mes tambien o debe ser por el inicialmente pactado es decir por tres meses?
No se hizo ningun acuerdo expreso adicional
Gracias