
1. ¿Que es despedir?
Justa Causa ≠ Sin Justa Causa
2. No prorrogar
No Prórroga Legal – No Prórroga Ilegal
3. ¿Es obligatorio prorrogar el Contrato de Término Fijo de la Mujer Embarazada?
4. ¿Se necesita solicitar permiso al Inspector de Trabajo para No prorrogar el contrato a Término fijo?
Duración: 11 Minutos (Encienda los parlantes de su Computador)
buenos dias, aprovecho la oportunidad para felicitarlos, ya que es un muy buena herramienta para nosotros los estudiantes y futuros contadores. en la empresa tengo un compañera de trabajo que se encuentra en estado de embarazo, me gustaria saber como es el proceso para liquidar las incapacidades, como manejar los permisos para el medico, y todo el proceso para la liquidacion de la licencia de maternidad.
gracias
MI ESPOSA ES COTIZANTE DE COMPENSAR Y YO DE SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.O.S ACABAMOS DE TENER UN HIJO EL DIA 17. MI PREGUNTA ES ¿COMO HAGO PARA SABER CUANTOS DIAS DE LICENCIA DE PATERNIDAD TENGO DERECHO PORQUE EN LA EMPRESA SOLO ME QUIEREN RECONCER CUATRO(4) y A MI INTERPRETACION DE LA LEY SON OCHO DIAS? PARAGRAFO MODIFICADO ART. 1 LEY 755 DE 2002.
hola adolfo. si consultas el codigo sustantivo del trabajo en su articulo 236, en el paragrafo, si ambos padres cotizan el padre tiene derecho a 8 dias pero si solo es el padre el que cotiza y la madre es beneficiaria tendra derecho a 4 dias. en tu caso si tu esposa esta como cotizante en compensar tu tienes derecho a 8 dias y la eps es la que se encarga de esta licencia pero debes presentar el registro civil en los primeros 30 dias a la eps.
NO ESTOY DE ACUERDO QUE LA NORMA LABORAL ESTE DE PARTE DEL EMPLEADOR Y NO DE LA MUJER EMBARAZADA EN LOS CONTRATOS A TERMINO FIJO, PUES ESTA DEBE DE IR DE LA MANO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA DONDE PROTEGE A LA MUJER EMBARAZADA EN EL DERECHO A LA SALUD Y LA PROTECCION AL MENOR, PUESTO QUE EL BEBE YA ES UN SER HUMANO Y MERECE PROTECCION DESDE EL MISMO MOMENTO DE GESTARSE EN LA FUTURA MADRE. OJALA SE ACTUALICE LA LEY DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO SOBRE LA NO PRORROGA DEL CONTRATO A LA MUJER EN EMBARAZO. PONGAMONOS EN LA SITUACION DE ELLAS SOBRE TODO LAS QUE VAN A SER MADRES SOLTERAS.
GRACIAS POR LA ATENCION PRESTADA Y DE PRONTO PODER COMUNICARNOS.
SALUDOS.
La solucion esta en sus manos puede elaborar un proyecto de ley que corrija esas debilidades de nuestras normas legales y seguramente lo logra “Exitos”
Buen día, me gusto muchisimo el tema de la conferencia, siempre ahy muchas dudas al respecto. Pro tengo una inquietud, para ver si alguien me ayuda, que pasa cuando el contrato se vence durante el tiempo de la licencia de maternidad? es legal que no prorroguen el contrato con el debido preaviso, aunque los 30 dias antes del vencimiento la mujer se encuentre en su licencia de maternidad??
Muchas gracias.
El señor Oscar tiene toda la razon, como mujer me atrevo a decirle sin embargo, que la constitucion lo consagra, pero las empresas y al final todos los demas somos los que pagamos las bondades de la constitucion y aun cuando los tiempos han cambiado tanto lamentablemente algunas mujeres continuan utilizando el embarazo como una herramienta para su continuidad laboral, nadie niega el derecho ala salud y proteccion del menor, existen el sisben y el icbf y en general sin el animo de ser cruel, la constitucion es un libro muy bonito que no es claro en cuanto a de donde salen los recursos para cumplir todas esas bondades,
Hola carito .. disculpa eres esteril, lesbiana y odias los niños o tu mamita no te dio todo el amor que debio darte y para rematar no tienes hermanas? puesto que me estraña que siendo mujer pienses de esas manera ya que si no lo sabes el sisben solo sirve para lo medio basico ya que no te brindas las medicinas y el icbf es solo para madres DESNATURALIZADAS que despues que menten las patas dejan a sus hijos regados y se olvidan de ellos. Cuando uno es madre solo piensa en darle lo mejor y que no les falte nada pero te pregunto que le darias a tu hijo si tu unica fuente de ingreso te la quitan y quedas a mitad de camino? ah disculpa pues parece que no lo sabes? y si todavia tienes madre y te da cariño preguntaselo pa´ve que te dice. Puesto que si fueras mujer al menos pensaras en la angustia que es ver a tu hijo y no poder darle nada puesto que no puedes ni siquiera buscar empleo por que las empresas no contratan a mujeres embarazada…. Al menos piensa en que algundia pudiste haber estado en esa situacion y si no eres tu algun familiar tuyo!!!
Yaneth Jimenez, tu comentario me genera un profundo respecto, soy madre de tres hijos y he vivido parte de las circuntancias de las que tu hablas, y realmente es dificil sobrellevarlas; sin embargo quiero contarte que afortunadamente conoci al señor Jesucristo y me gozo en las verdades de su palabra respecto a la relacion patrono empleado, al patron le dice que trate bien a sus empleados, sabiendo que tambien el es siervo de Dios; y al empleado le dice que todo lo que haga lo haga como si fuera para Dios mismo, en actitud correcta, honesta,respetuosa y responsable. Esta relacion laboral conforme a la palabra constituye un equilibrio fundamental que hace falta hoy en dia en nuestro mundo laboral. Ahora bien si haz sido despedido(con justa o sin justa causa), si dejaste de laborar, o simplemente nunca haz podido acceder al mercado laboral; te doy una buena noticia: La palabra de Dios dice: MI DIOS PUES SUPLIRA TODO LO QUE OS FALTE CONFORME A SUS RIQUEZAS EN GLORIA, EN CRISTO JESUS. Eso no quiere decir que no debemos trabajar, pero si nos da la certeza de que tenemos un Dios Todo poderoso que suple todas nuestras necesidades y su abrigo sobrepasa la proteccion laboral, la estabilidad de un salario, la seguridad de una pension, en fin todo. Tambien tienes al Señor Jesucristo quien siendo hijo de Dios vino a este mundo en forma de hombre y murio en la cruz por nuestros pecados a fin de reconciliarnos con su padre y darnos la vida eterna; y cuando resucito y le arrebato a Satanas las llaves de la muerte y nos dio victoria para vida eterna, subio al cielo y esta sentado a la diestra del Padre, dejandonos al Espiritu Santo de Dios; quien nos convence de Juicio, de Justicia y de pecado para que viviendo una vida conforme a la palabra de Dios tengamos en Cristo Jesus vida y vida en abundancia. No me alcanzaria este medio para seguirte hablando de mi salvador, pero si quieres saber mas de El te invito a que en oracion la abras la ouerta de tu corazon y le digas: SEÑOR JESUSCRISTO: RECONOZCO QUE SOY PECADORA, ME ARREPIESTO Y PIDO PERDON AL PADRE EN TU NOMBRE, CREO QUE DISTE LA VIDA EN LA CRUZ PARA EL PERDON DE MIS PECADOS, TE RECIBO EN MI CORAZON COMO MI UNICO Y SUFICIENTE SALVADOR, TE PIDO QUE ME INSCRIBAS EN EL LIBRO DE LA VIDA, ME SELLES CON TU ESPIRITU SANTO,Y ME DES VIDA ETERNA. SEÑOR JESUS CREO SOY SALVA POR LA FE QUE HE DEPOSITADO EN TI. CAMINA COMIGO JESUS..AMEN.
Yaneth, no es casualidad que hoy recibas este mensaje. Te bendiga en mi condicion de hija de Dios, con toda bendicion del cielo y de la tierra, y espero (si no llego a conocerte en esta tierra) firmemente verte un dia en la eternidad junto con Jesus.
Atentamente:
Numa.
Hola yaneth me parece de muy mal gusto la respuesta que le diste a Carito, y sobre todo en un medio tan academico y profesional como es ACTUALICESE, debes ser un poco mas diplomatica para tus comentarios debido a que rayan en comentarios que van en contra de la persona.
De otra parte si bien la ley debe proteger a la mujer embarazada no hay que olvidar que hay mujeres que utilizan este medio para mantenerse en empresas por cierto tiempo.
El embarazo es un estado por el cual pasa la mujer, más no es una enfermedad, y asi se debe entender, y si bien hay derechos que protegena la mujer, hay quienes creen que por estar en estado de gestación no pueden ser despedidas y se dan el lujo de descuidar su trabajo y no cumplir con sus funciones. Tengo varias preguntas:
1. Si el contrato de trabajo es a término indefinido y tengo justas causas para despedir a la mujer en embarazo, pero decido esperar hasta el nacimiento del bebe, debo pagarle indemnización? los llamados de atención sobre hechos causales de depido pueden ser utilizados en cualquier momento???
2. Hasta cuando debe esperar la empresa para despedir a una trabajadora que se encuentra en estado de gestación con o sin indemnización??
Gracias
Muchas gracias por la aclaración, estamos claros cuando nos refereimos al tema en los contratos a termini fijo, mi pregunta es tiene el mismo funcionamiento en contratos por labor contratada? y que pasa enl os contratos a termino indefinido? me gustaria saber cual es el proceso a seguir.
Respetado Dr.
En mi condicion de abogado litigante y docente sobre el tema laboral en la ciudda de Medellin, me permito precisarle lo siguiente.
Es reiterativa la jurisprudencia de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y por ende la de los Tribunales y Juzgados de Circuito, en NO hacer distincion, cuando una mujer esta embarazada, de modo que si el contrato es a termino fijo o a termino indefinido, por esa proteccion reforzada, debera solicitarse permiso de la oficina del trabajo. Es decir equipara la no prooroga al despido.
De ustedes
Doctor Mauricio, comedidamente le solicito su colaboración para resolver una inquietud.
Tengo un empleado en las siguentes condiciones:
El esta afiliado como cotizante y su esposa tambien, ella acaba de dar a Luz, duratne el periodo del embarazo El estuvo 20 días sin trabajo y por ende sin EPS, en este momento le dicen que por esta razon no le pueden dar la incapacidad correspondiente a la Ley Maria.
Es esto correcto?
si en el periodo de prueba una mujer resulta embarazada pero
no cumple con las expetativas esperada se pude dar por termiado
Buenos Dias!
Si alguien me pudiera colaborar aclarandome esta duda.
Cuando se da la no prorroga ilegal como se calcula la indemnizacion?
Buenas tardes, si la empleada embarazada tiene 8 1/2 meses en el momento de no prorrogar el contrato la incapacidad por maternidad se cancela a la empleada.
ahora bien con el mismo caso se puede dar no prorroga al contrato y vincular a la empleada cuando pasen 2 o 3 meses
De antemano mil gracias
Solicito información sobre el proceso de liquidación de Incapacidades por enfermedad general, lo que se debe pagar a seguridad social cuando se esta incapacitado, lo que la EPS le reconoce al empleador y lo que la empresa esta obligado a pagarle al trabajador?…….
Buenas tardes;
Me place tener la oportunidad de de participar en esta seccion de inquetudes.
El caso es el siguiente:
La mujer se encuentra en embarazo
El contrato es a terminio fijo inferior a un año
La persona se incapacita porque el embarazo es peligroso
Durante ese tiempo de incapacidad se vecne el contrato
Mis inquietudes son ¿Se puede dar por terminado el contrato durante la incapacidad?, o ¿Hay que esperar que se termine la incapacidad? o en su defecto ¿Despues de terminada la incapacidad el contrato se prorroga automaticamente?
Gracias
señores
tengo un problema. mi hermana trabaja para una empresa a la cual piensan terminarla pero ella esta embarazada, y este mes no le han pagado el seguro y nisiquiera el sueldo:ella tiene un contrato a termino indefinido tiene de antiguedad en la empresa solamente 6 meses pero tiene una emfermeda que necesita el seguro en un caso de esos que se de hacer muchas gracias respuesta pronto
La seguridad Social es un derecho irrenunciable, el no pago por parte de la empresa no es causal para que no la atiendan en la EPS.
El problema es para la empresa por que es obligacion de ella realizar los pagos.
Si no la atienden puede acudir ante un juez solicitando a travez de una accion de tutela, la seguridad social y el derecho a la vida( del bebe y de la madre que esta en rie
Como abogado litigante y docente universitario de la ciudad de Bogotá, les informo a todos los intervinientes, incluso al conferencista, que la Corte Constitucional ha fijado como precedente en la sentencia C-016 de 1998 la realización del principio de estabilidad laboral, pues siempre que al momento de la expiración del plazo inicialmente pactado, subsistan la materia de trabajo y las causas que lo originaron y el trabajador haya cumplido efectivamente sus obligaciones, a éste se le deberá garantizar su renovación.
En consecuencia, si a la mujer embarazada no se le renueva el contrato de trabajo, en el que subsisten las causas que le dieron origen, en virtud de los principios de estabilidad laboral y protección a la maternidad, se puede obligar al empleador mediante acción de tutela al reintegro de dicha trabajadora a su puesto de trabajo y al pago de todos los derechos económicos a ella conculcados.
Cordialmente JORGE O. LEÓN FORERO
DR LEON
Quisiera que me colabore con unas inquietudes que me genero al hablar con una amiga
es verdad que el preaviso desaparecio?
que el periodo de prueba tambien?
que se puede despedir a una mujer embarazada con 3 memorandos acumulados?
por que me dejo muy confundida
le agradezco muchisimo su aporte
UNA PERSONA QUE HA SIDO CONTRATADA EN ESTADO DE EMBARAZO Y FIRMO UN CONTRATO DE TRABAJO POR UN LASSO DE 4 MESES, CUMPLIDO LOS 4 MESES ELLA SE PRESENTA A TRABAJAR A PETICION DEL EMPLEADOR UN DIA MAS, ES LEGAL SU DESDIPO, CABE RESALTAR QUE LE FUE INFORMADO SU NO PRORROGA CON UN MES DE ANTELACION.
GRACIAS POR LA OPORTUNIDA.
liliana
si el empleador le pide que trabaje un dia mas se renovara el contrato automaticamente.
Les agradezco responderme la siguiente pregunta :
En el caso de los contratos de trabajo por (O P S- ORDEN POR PRESTACION DE SERVICIO ) los cuales en su mayoria se hacen por el tèrmino de uno, dos o tres meses y en estos tres meses la trabajadora queda embarazada ¿ SE PUEDE DAR POR TERMINADO SU CONTRATO ? sin necesidad a que se condene a la entidad a pagarle INDEMNIZACION AGUNA.
Existe alguna obligaciòn de la entidad para con la trabajadora en el sentido que deba continuar trabajando sencillamente por haber quedado embarazada en este tèrmino y con este tipo de contrato.
GRACIAS
CESAR A. GONZALEZ JIMENEZ
Si una trabajadora esta en una empresa de suministro temporal y la cual tiene una oferta mercantil firmada con la empresa usuaria durante 6 meses y durante ese tiempo una de las trabajadoras queda embarazada y la misma no informa a la empresa temporal su estado hasta que punto tiene responsabilidad la empresa temporal en cuanto a si tambien acaba el contrato con ella o tiene que reubicarla hasta q se cumpla todo el tiempo de incapacidad o si decide salir de ella tiene que correr con el pago de la incapacidad, me gusataria saber que hasta donde tengo entendido con las empresas temporales se firma contrato por incremento o labor contratada.
muchas gracias y en espera de sus comentarios
Buenos días:
En los contratos que se hacen a través de una temporal, donde éstos se denominan “por término de labor contratada”, es decir no tienen un periodo fijo, como tampoco indefinido, y en cualquier momento se dan por terminados,que sucede con la mujer embarazada; ¿se puede dar por terminado el contato en cualquier momento, se conozca o no que se encuentra embarazada?
Hola
Estoy plenamente de acuerdo con lo manifestado por el Dr Coral en su sin embargo, quisiera tener su concepto respecto de lo siguiente. Yo fui nombrada en una entidad del estado en reemplazo de una funcionaria de libre nombramiento y remociòn que fue declarada insubsistente. Despues de un mes de estar trabajando, la empleada presenta una accion de tutela contra la entidad argumentando que esta embarazada, sin embargo no habia informado antes del despido al gerente de la entidad que estaba embarazada. El juez tutelo el derecho argumentando que estaba primero el derecho a la vida del menor y ordeno erl reintegro y consecuencialmente yo fui declarada insubsistente, con fundamento en el fallo de tutela. Es valida la posicion del juez?. Se me esta violando mi derecho teniendo en cuenta que la señora no habia informado al gerente que ella estaba embarazada?- Gracias
Hola.
me gustaria que la persona que tenga el conocimiento me resuelva mi inquietud y la de muchas personas aca que tienen la misma, yo trabajo por intermedio de una bolsa de empleo mi contrato es por obra o labor a mi no me han indicado una fecha de corte o terminacion de la labor soy aux. contable me gustaria quedar en embarazo pero me da miedo quedar sin empleo, que posibilades tenemos la mujeres que trabajamos con este tipo de contrato?
Agradezco porfavor sus respuesta.
Cordial Salud
Para el mejoramiento continuo, el comferencista al momento de tomar un tema debe estar bien informado, enterarse de todas las sentencias, ya que se puede prestar para muchas dudas. Sobre este tema en especifico, no se tuvieron en cuenta.
Gracias
Doctor Coral buenas tardes: Me gustaría saber que podemos hacer nosotros como Colegio con contratos por el año lectivo (10 meses), con los casos de docentes embarazadas que hemos tenido que indemnizar por tutelas interpuestas y por orden del Ministerio de la Protección Social, sabiendo de antemano que los contratos terminan el 30 de Noviembre de cada año y se les ha recordado previamente (30 días antes al vencimiento) por escrito que su contrato termina al 30 de Noviembre del correspondiente año. De acuerdo con su valiosa información cuál sería el procedimiento para poder recuperar en algo o en todo lo que hemos tenido que pagar por indemnizaciones No a lugar para nosotros por no haber renovado y ellas mediante sus apoderados pedir reintegro, continuidad (en época muerta -de no trabajo “Diciembre-Enero”) e indemnizaciones o en el peor de los casos regresan solamente para que se les atienda la Licencia de Maternidad y luego se van. Mil gracias!
es verdad que desaparecio el preaviso?
otra que se puede despedir a una mujer embarazada, treniendo acumulado 3 memorandos?
gracias por su aporte
Con todo respeto, no estoy de acuerdo con lo expuesto en la conferencia por cuanto considero que se le está dando una interpretación muy literal a la norma, ya que aún cuando es cierto que la mujer en embarazo podría no prorrogársele el contrato, también es cierto que para que no se prorrogue este contrato, a término fijo, deben demostrarse que NO subsisten la materia del trabajo, las causas que lo originaron y que el trabajador ha incumplido con sus obligaciones, precisamente en defensa del principio constitucional de estabilidad laboral, que no aplica solo para las embarazadas, sino para cualquier trabajador que se encuentre laborando bajo la modalidad de término fijo, tal y como lo ha consagrado La Corte Constitucional en Sentencia C-016 del 4 de febrero de 1.998.
Gracias, y celebro la oportunidad de debatir sobre estos temas.
Buenas tardes ¿Qué sucede con las aprendices que quedan en embarazo durante el tiempo de práctica? ¿se les debe prorrogar?
CON EL RESPETO QUE SE MERECEN LAS ARGUMENTACIONES JURÍDICAS DE NUESTROS COLEGAS,DEBO OBSERVAR QUE EL DR. CORAL EN SUS COMENTARIOS, SOSTIENE UNA TESIS VARIAS VECES SUPERADA POR SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, COMO LO ANOTAN OTROS COMENTARIOS A SU CHARLA. TANTO EN EL EVENTO DE DESPIDO COMO EN EL DE VENCIMIENTO DEL TERMINO, LA MUJER EMBARAZADA CONSERVA EL DERECHO A QUE SU CONTRATO NO SE TERMINE SIN LA AUTORIZACIÓN PREVIA DEL MINISTERIO DE TRABAJO, SOPENA DE QUE SEA REINTEGRADA A SU CARGO Y ADEMÁS SE LE CANCELEN LAS INDEMNIZACIONES LEGALES.
FRANCISCO SALIVE
Esta situación en prorrogar o no el contrato de trabajo a una mujer embarazada es correcto todo lo que usted dice; pero surge está pregunta: ¿Qué sucede cuando la mujer embarazada se dirige a la E.P.S. digamos 35 días antes de vencerse el contrato y estos le dan a ella una incapacidad de dos meses? Agradecería me dieran una respuesta a esto. Que mi Señor Jesús los bendiga.
La Corte Constitucional mediante Sentencia T-095 de 2008, sento UNA nueva tesis respecto del despido de la mujer embarazada dentro del contrato de trabajo a termino fijo. Para la corte, el cumplimento del plazo no puede entrenderse como una razon justa para dar por terminada la relacion laboral. en cita textual la corte dijo:
“En el caso de los contratos a término fijo y por obra, la protección debe otorgarse a las mujeres gestantes que hayan quedado embarazadas durante la vigencia del contrato, con independencia de si el empleador ha previsto o no una prórroga del mismo. La madre gestante debe comprobar que quedó embarazada antes del vencimiento del contrato a término fijo o por obra pero no resulta indispensable que lo haga con antelación al preaviso.
Esto último resulta de la mayor importancia porque muchos empleadores niegan la protección con el argumento de que desconocían el estado de la trabajadora al momento de comunicarles el preaviso.”
En este fello de tutela la Corte le concedio la proteccion a la mujer embarazada y ordeno su reintegro, lo mismo que el pago de seguridad social, gastos de maternidad e indemnizaciones de ley.
DUBERNEY VASQUEZ CASTIBLANCO
TENGO UN TRABAJADOR QUE LLEVA 20 AÑOS VINCULADO A LA EMPRESA, EL UNICO CONTRATO QUE TIENE ES A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO, NO TIENE NINGUN OTRO CONTRATO NI TAMPOCO CRTAS ALGUNAS DONDE SE LE INFORME DE PRORROGAR NI CAMBIO DE CONTRATO… QUE DEBO HACER PARA LIQUIDARLO Y NO CONTRATARLO MAS.
Claudia: Al ser un contrato a termino fijo inferior a un año y no haberle pasado ninguna carta, ste se renueva automaticamente y a la tercera renovación se vuelve automaticamente un contrato indefinido, por lo tanto si quiere liquidar a su empleado de 20 años debe indemnizarlo de acuerdo a la ley .
Hola Stella. Un contrato a término fijo NUNCA se convierte en indefinido sino que se convierte a término fijo por un año.
se puede terminar el contrato al vencimiento de una mujer en periodo de lactancia?
No.