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A diario las empresas utilizan uno u otro contrato sin tener claro las diferencias y las obligaciones contractuales. Entérese como empresario o trabajador cuando es legal o ilegal realizar un contrato de trabajo o un contrato de prestación de servicios.
EXCELENTE ESTA CONFERENCIA, MUCHAS VECES, LAS PERSONAS TANTO EMPLEADORES COMO EMPLEADOS, CAEN EN ERRORES, QUE LES PERJUDICAN POR DESCONOCER LOS CONCEPTOS COMO TAL, QUE SE PRESENTAN EN ESTAS CIRCUSTANCIAS, AGRADEZCO AL DR. ALEXANDER POR ESTE TIPO DE CONFERENCIAS QUE PERMITEN MANEJAR LAS COSAS DE LA MANERA MAS LEGAL SIN RECIBIR ALGUN PERJUICIO.
Muchas gracias por este aporte tan valioso, aunque parece muy sencillo, y que todo profesional de la Contaduría debería conocer, pero que hay veces que lo pasamos por alto, consciente o inconscientemente, como una herramienta más para poder brindar una buena asesoría a nuestros clientes en este aspecto que incide en nuestras decisiones y registros contables, así no sean de nuestra incumbencia por no pertenecer directamente a nuestro ámbito profesional.
Que Dios les continúe bendiciendo.
Es necesario para mi hacerle saber que estoy muy complacida y satisfecha con la explicacion que ofrecio, soy una estudiante de primer semestre que ingresa cada vez que puede a esta pagina para estar al dia en las ultimas noticias de mi futura profesion; esta tematica a pesar de parecer sencilla, pasa muchas veces desapercibida, por eso siento necesario felicitarlo por tratarlA.
le DESEO QUE DIOS LO BENDIGA SIEMPRE PARA QUE SIGA REALIZANDO APORTES VALIOSOS A TODOS LOS CONTABLES.
Excelente la conferencia, como contador me fascina esta parte, muchas veces nos concentramos en otras cosas que nos parecen mas importante y obviamos este tema y lo hacemos a nuestro parecer o aparentemente para evitar mas gastos, y ahi es donde vienen los problemas laborales. Necesito mas informacion al respecto, al igual que los contratos con servicios domesticos, manejamos dentro de la empresa que laboro muchos tipos de contratos con empleados a termino fijo, indefinido, por dias etc., con servicio domestico no en la empresa, sino de la personas que estan asociadas a esta empresa, que a nivel nacional somos mas de 1.000. Estoy interesada en este tema.
Aura, en actualicese.com ya puedes encontrar las minutas de Contratos de Trabajo de Servicio Doméstico Interna y Doméstica al Día, al igual que puedes encontrar un modelo de Contrato de Trabajo a Término Fijo todos en Word.
Esperamos que te sean de gran ayuda.
Gracias por participar.
Alexander Coral R.
Líder de Investigación Legal
actualicese.com
Doctor Alexander: que tipo de contrato aconseja hacerle a la persona que realiza el aseo a las instalaciones de la empresa, por que no es un servicio domestico o bajo que condiciones como empleador le puedo hacer un contrato de prestacion de servicios.
Agradezco su atención.
NANCY
DR CORAL TENGO UNA DUDA TALVES PODRIA RESPONDERME AL E-MAIL yefry89@hotmail.com,…… llevo tres meses seguidos con un contrato de prestacion servicios por un mes prorrogados,, si al cuarto mes se prorrogo el contrato ya no es por un mes si no por un año,,????? ya que paso la prorroga de mismo tiempo pactado al principio ,,,,mes a mes ,,este es el cuarto pero el contratante no me ha dicho nada,,,,
en esta misma empresa firmo el mismo contrato que yo pero en el 2 mes a los 8 dias del mismo le dijeron que ya no seguia ,,será que puede discutir eso,,,
tambien estamos bajo subordinacion eso se puede discutir en la oficina de empleo ..verdad???
muy buenos dias me encanto esta conferencia, es muy interesante observar como podemos caer en errores por falta de informacion, esto lo digo por que soy un estudiante de contaduria publica de 3 semestre, pero aun tengo una duda es la siguiente: yo llevo un año y seis meses trabajando por “servicios” aunque tengo que cumplir con un horario,tengo un jefe y tengo un salario mensual, la pregunta es ¿ en caso de que yo renunciara o me echaran me pagarian alguna carga prestacional?
gracias
william b
hermeswy@hotmail.com
Lo importante para el caso de las instituciones educativas, en las que claramente el representante legal no puede contratar personal con el Fondo de Servicios Docentes es que se haga un contrato de prestación de servicios con una persona jurídica y que el representante legal no caiga en el error de colocarle horario o suministrar materiales y suministros al personal designado por la persona jurídica o hacer reuniones con dicho personal para dar instrucciones sobre su desempeño, como muchas veces ocurre con la prestación de servicios de aseo y vigilancia por personal de personas jurídicas.
si una persona labora por tareas ejemplo en una empresa de confecciones se le puede realizar contrato de trabajo?
HOLA, LES AGRADEZCO ME COLABOREN.
TRABAJE CON UNA CONTADORA DURANTE UN AÑO COMPLETO, CUMPLIA CON UN HORARIO, Y RECIBIA MI PAGO MENSUAL. PASADO EL AÑO SE ME PRESENTO UNA MEJOR OPCION Y DECIDI INFORMARLE QUE NO SEGURIRIA CON ELLA, TRABAJE DOS O TRES DIAS MAS PARA CUMPLIR EL MES Y EL AÑO EXACTO. QUISIERA SABER SI ELLA ESTA EN LA OBLIGACION DE CANCELARME LA CORRESPONDIENTE LIQUIDACION. MI DUDA ES PORQ NO TENGO CONTRATO POR ESCRITO, A LO MEJOR SE BASE EN ESO PARA NO PAGARME NI LIQUIDACION NI EL ULTIMO MES QUE TODAVIA ME DEBE. LLEVO DOS MESES ESPERANDO AUN.
GRACIAS
Sobre la exigencia del pago a la seguridad social, en los contratos de prestación de servicios, es legal que le retengan el pago de lo ya trabajado, o solamente da lugar a impedir seguir en la labor.? Usted explica que al pedir dichos soportes el pagador se libra de la mala conducta.
Alexander, gracias por tu conferencia. Persiste la duda sobre el servicio domèstico que se contrata por dos o tres dìas a la semana, y que por costumbre se cancela el valor diario al finalizar cada jornada. Que consecuencia trae, existe una fuente de derecho que regule esta situación, es una figura atìpica jurìdicamente?…….. te agradezco
EXCELENTE CONFERENCIA. A LOS ESTUDIANTES DE CONTADURIA MUCHAS VECES NO NOS EXPLICAN TODAS ESTAS DIFERENCIAS, GRACIAS A ACTUALICESE HEMOS ENCONTRADO OTRO MECANISMO PARA ESTAR SIEMPRE AL DIA. FELICITACIONES
Alexander muchas gracias por la explicacion en la actualidad es de suma importancia para nosotros manejar esta area….tu me podrias colaborar con una inquietud..puedo realizar un contrato de servicios con un vendedor y como lo puedo hacer …muchas gracias
Alexander… si el vendedor cumple un horario y está subordinado a sus órdenes diarias, lo mas recomendable es hacerle un contrato de trabajo. Pero si el vendedor no tiene horario, simplemente recibe un porcentaje de venta o comisión y no recibe órdenes diarias, se puede presentar lo que ahora llaman “freelance” y es viable el contrato de prestación de servicios.
Alexander Coral R.
Líder de Investigación Legal
actualicese.com
ME PARECIO EXCELENTE DE ECHO ALGUNAS VECES SE NOS ESCAPAN ESTOS DATOS TAN IMPORTANTES . PERO USTEDE DICE QUE SOLO SE CONTRATA PARA LABORES EXTRAORDINARIAS,¿ SERA QUE PUEDO HACE UN CONTRATO.PRESTACION DE SERVICIO PARA UN EL CARGO DE JEFE DE CONTROL DE CALIDAD EN UNA LAVANDERIA?
GRACIAS! POR ACTUALIZARNOS DIARIAMENTE .
hola amigos:
es posible bajar la conferencia sobre diferencia de contrato de trabajos y prestacion de servicio, por el doctror alexander coral. estupendo tood lo que de una forma practica y sencilla se expone mil gracias alexander.
JcF
Hola Alexander, excelente tu confgerencia gracias por estos aportes que dia a dia la pagina de actualicese nos brinda, por que siempre hay cositas que se nos escapan en el diario trabajo. Gracias y felicitaciones nuevamente.
DR. Alexander muchas gracias por esa conferencia que me dejo claros los conceptos manejados,y felicitaciones por la labor que desarrolla.
Que el Dios todopoderoso lo llene de muchas bendiciones, para que siga transmitiendo sus conocimientos, para el desarrollo de nuestra profesion.
ME PARECIO PERTINENTE ESTA CONFERENCIA, SOBRE TODO PORQUE MUCHAS EMPRESAS EN SU AFAN DE NO VINCULAR PERSONAL MEDIANTE CONTRATO DE TRABAJO, SEGUN ELLOS PARA EVITAR CIERTOS GASTOS DE NOMINA, HOY DIA ESTAN ELBORANDO CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS, EN LOS QUE SE REUNEN A SIMPLE VISTA LOS TRES ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO, DE ESTA MANERA DE SE ESTAN EXPONIENDO A LA SITUACION DE ASUMIR RIESGOS INHERENTES AL RECURSO HUMANO, QUE PUDIERAN HABERLOS TRANSFERIDOS AL REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL. AL TIEMPO QUE SE ESTAN DEJANDO DE HACER LAS PROVISIONES DEL CASO PARA EFECTOS DE VACACIONES, PRIMAS Y CESANTIAS.
Estimado Doctor quiero comentarle lo siguiente soy contadora publica hace nueve años trabajo con el hospital local de candelaria bajo la modalida de contrato por prestacion de servicios en estos momentos me han dicho verbalmente que mi contrato va solo hasta junio de este año que es efectivamente la fecha de terminacion de este contrato. he trabajado de 7 a12 horas dominicales, festivas, sabados mi horario lo tomo en la mañana o en la tarde. el gerente me dijo que queria exclisividad con el hospital por tal razon deje las otras contabilidades que tenia y ahora me sale con el cuento que le pidieron el puesto la alcaldesa. mi pregunta es tengo algun derecho ganado por los años trabajados o de lo contrario salgo con una mano adelante y otra atraz. puedo dar la pelea por persecucion politica. o me resigno a perder mi trabajo al cual le dedique 9 años de mi vida.
la costitucion dice que todos tenemos los mismos derechos cuales derechos si a cada rato se pasa por alto estos derechos.espero su pronta respuesta. tengo las disponibilidades desde el año 2001
y los balances firmados desde el año 1997
gracias por su comentario
Ana Delia… si usted demuestra que había subordinación y sobre todo le exigían el cumplimiento de un horario, usted podría entablar una demanda administrativa para que se declare la existenia del vinculo laboral y no comercial.
Le sugiero que toda la documentación (contratos, actas, etc) sean estudiadas por un Abogado Administrativista que le puede ampliar sobre el tema.
gracias por participar
ALEXANDER CORAL R
Líder de Investigación Legal
HOLA ANA DELIA
ME GUSTARIA QUE TU PUDIERA COMPARTIR LA REPUESTA DE TU PREGUNTA,
YO SOY CONTADOR TAMBIEN Y ESTO EN UNA SITUACION SIMILAR A LA TUYA
SI PUEDES ME REGALAS UN CORREO A ESTA DIRECCION julioflorez@hotmail.com
gracias
Hola Alexander
Gracias por la excelente conferencia que nos ayuda a fortalecer nuestros conocimientos y aclaran muchas dudas
Dr Alexander: Muchisimas gracias por esta conferencia que para mi es un tema demasiado importante, ya que al momento de uno entrar a laborar en una empresa los jefes siempre asumen en nosotros la responsabilidad de determinar que clase de contrato se debe aplicar a cada uino de los empleados.
Gracias a todo el equipo de actualicese.com y al Sr.Alexander Coral por tan valiosa información de la conferencia, los futuros administradores incurrimos en el error de algunos conceptos y diferencias de tipo de contratos de trabajo, me alegro haber encontrado este sitio, excelentes notas de interes.
Como siempre pensando en el cliente, felicitaciones.
Buenos dias en la empresa en que laboro existe el contrato por corretaje para los vendedores la verdad aca es el unico sitio donde he visto este tipo de contratos y queria saber si es legal de ser asi donde encuentro legislacion al respecto gracias
BUENAS TARDE DOCTOR ALEXANDER.
ANTE TODO FELICITARLO POR SU EXCELENTE SERVICIO A TRAVEZ DE ESTE MEDIO.
TENGO UN PREGUNTA Y ES LA SIGUIENTE:
LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS SE PUEDE CELEBRAR DE MANERA CONSECUTIVA E INDEFINIDA?
¿A CASO NO SERA ESTE UN MECANISMO PARA ELUDIR LOS DERECHOS PRESTASIONALES DE LOS TRABAJADORES?
GRACIAS
Excelente la conferencia, mi pregunta es primero existe subordinación, existe un salario y hay que cumplir con un horario de trabajo pero se realizo un contrato de prestación de servicios por mutuo acuerdo pero en el salario va incluido samlv+salud+pensio+ARP, pero no es por contrato de trabajo porque la empresa no tiene para pagar impuestos o camara de comercio y otras cosas estoy hablando de una intitución educativa que apenas esta empezando y con ayudas, donaciones completa para la nomina, se escucha que esta intución debe estar registrada en la camara de comercio, pagar impuestos, retenciones y otras cosas y tambien pagar a sus empleados todo con prestaciones, pero como dije al comienzo todo se realizo por mutuo acuerdo porque queremos que esta intitución se levante y siga creciendo y mas adelante si podra pagar todo legalmente es correcto que esto se realice de esta manera? gracias por su comentario….
Me llamo LUCY Y QUIERO PREGUNTAR:
PRESTE MIS SERVICIOS POR CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DESDE EL 21 DE JULIO DEL 2005 HASTA DICIEMBRE DEL 2007, EN EL MISMO CONTRATO DECIA QUE EL HORARIO QUE SE CUMPLIRIA SERIA EL MISMO QUE CUMPLIA LA ENTIDAD DONDE PRESTARIA MIS SERVICIOS.
1. TENIA HORARIO DE 7.30 A 12.30 DEL DIA Y DE LA 1.30 PM A 5.30 DE LUNES A VIERNES, PERO SI HABIA TRABAJO TENIAMOS QUE TRABAJAR SABADO, DOMINGO O DIA FESTIVO.
2. TENIA SUBORDINACION
3. RECIBIA UNA REMUNERACION
PREGUNTO:
puedo reclamar prestaciones sociales por ese tiempo 2 años y medio?
Mil gracias por esta oportunidad de aclarar tantas dudas que hay en este campo laboral.
BUENAS TARDES. GRACIAS POR TODOS LOS APORTES TAN IMPORTANTES PARA NUESTRA PROFESIÓN.
LES RUEGO EL FAVOR DE COMENTAR SOBRE EL CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL. SI EL AGENTE (POR LO GRAL.PROFESIONAL) ES CATALOGADO COMO COMERCIANTE.
Dr. Alexander Coral, Me parecio que la conferencia esta muy interesante pero me deja con una duda, USTED DICE QUE EL CONTRATO POR PRESTACION DE SERVICIOS; SE DA CUANDO ES UN SERVICIO QUE NO TIENE NADA QUE VER CON EL GIRO ORDINANRIO DE LA EMPRESA, SI YO TENGO UNA EMPRESA DONCE TENGO MECANICOS Y ELLOS TRABAJAN SIN SUBRDONACION, SIN HORARIOS Y GANAN SOLO LO QUE HAGAN EN LA SEMANA PORQUE NO PUEDO MANEJAR ESTE CONTRATO POR SERVICIOS., ESTE SERVICIOS QUE ME PRESTAN A MI DE IGUAL MANERA ESTA INCLUIDO EN EL GIRO ORDINARIO DE LA EMPRESA POR YO LO FACTURO. Y SI ES POSIBLE CADA CUANTO LE HARIA SU CONTRATO POR SERVICIOS 3 MES O 6 MESES… LE HE EXIJIDO LA SEGURIDAD SOCIAL…
LES AGRADESCO ME CONFIRME QUE CLASE DE CONTRATO LE ELABORARIA.
Muy amable
johana sarmiento johasa06@hotmail.com
señores muy buena la conferencia , pero no se cual es la falla con el audio. NO SE ESCUCHA BIEN , es como si se adelantara automaticamente por un segundo , y a veces no se entiende. gracias
Muy buena conferencia. concreta y la verdad, me resolvió muchísimas dudas
Hola!! Excelente la presentación, pero me queda la inquietud de las cuentas de cobros en prestación de servicios? siempre le descuentan a uno la retención en la fuente y de cuanto es? existen formas o topes para que no la descuenten? y el cobro sea total
HOLA, EXCELENTE CONFERENCIA.
MI PREGUNTA SI TRABAJO COMO VENDEDORA Y TENGO UN CONTRATO DE TRABAJO A TRES MESES PERO EN EL CUAL SE ME ESPECIFICA QUE EL SALARIO A DEVENGAR ES EL MINIMO, QUE NO HAY DERECHO A TRANSPORTE NI A SEGURIDAD SOCIAL (por el contrario me pidieron la copia de mi sisben (claro que ellos me preguntaron que eps tenia y les dije que yo queria solo el sisben)) ESTE CONTRATO ES LEGAL??
me parece una buena forma de comunicar temas tan inportantes tanto para empresarios como para trabajadores especialmente estudianres como yo, esta muy completo y muy resumido.
muchas gracias por el tema
Dr Coral
Soy un empresario independiente, tengo una empresa de manufactura que se constituyo hace dos meses y cuento con personas que (los dìas que pueden y desean hacerlo) me colaboran con las actividades operativas en la fabrica.
Soy conciente que debo definir y legalizar la situaciòn laboral de mis ayudantes, pero los gastos de constituciòn, mantenimiento, inversiòn e impuestos que debo pagar no me permiten tener una nòmina establecida con ellos. Mi pregunta es si como empresario que está en proceso de desarrollo de mi pymes tengo un tiempo que me permita definir mi negocio para organizar los contratos y obligaciones que tengo con mis ayudantes?
Muchas gracias por la conferencia y por su respuesta.
GRACIAS POR TODO LO QUE NOS ENSEÑAS
SERIAS TANA AMBLE DE ENVIARME LA MINUTA DEL CONTRATO DE TRABAJO DE OBRA, POR DESTAJO Y POR SEVICIOS
GRACIAS,
DIOS LES BENDIGA ABUNDANETEMENTE.
Doctor Buenas tardes:
Muy respetuosamente quiero preguntarle si una persona que se encuentre con Contrato de Prestacion de servicios, se le puede tomar descargos por el incumplimiento de una labor asignada.
Buenos Dias
Coinsidero que el video es una gran herramienta de ayuda en el ambito juridico, le agradezco mucho la publicacion del mismo.
De igual manera quisiera saber si es posible descargarlo y su contenido.
Excelente el aporte, hay que tomar todos estos aspectos juridicos que son de la habitualidad y generan un campo de practica justa y honesta en el entorno en el que nos movemos. Invito a seguir con estas conferencias mil gracias
Nestor
QUISIERA SABER SI UN EMPLEADO PUEDE TENER SIMULTANEAMENTE CONTRATO DE TRABAJO Y CONTRATO DE PRESTACION DE SRVICIOS, Y SI ES ASI, CUANTO TIEMPO PUEDE SER EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Y QUE IMPLICAIONES TIENE.
O SOMO SE PUEDE MANEJAR EL PAGO DE DINERO EXTRA QUE EL TRABAJADOR RECIBA POR PRODUCTIVIDAD O INCENTIVO. Y SI ESTE DINERO EXTRA HACE PARTE DEL INGRESO, DE TAL MANERA QUE SE LE HAGA RETENCION EN LA FUENTE O QUE HAGA PARTE DE LA BASE DE COTIZACION AL SISTEMA DE SEG. SOCIAL
MUCHAS GRACIAS, A QUIEN PUEDA ACLARARME ESTA DUDA. ME PUEDEN ESCRIBIR AL CORREO yamissela@hotmail.com