Duración: 7 minutos
Luego de los cambios que la ley 1066 de julio de 2006 le hiciera al art.804 del ET, los contribuyentes podrán lograr que sus abonos parciales a sus deudas tributarias pendientes de pago sirvan para aplicar una parte del mismo al valor del impuesto y no que se distine dicho abono a solo cubir los intereses y las sanciones. Con un ejemplo práctico ilustramos la aplicación de esta norma.
- Examen general a la norma del art.804 del ET que establece la forma en como se deben imputar los abonos parciales que se efectuén sobre obligaciones tributarias (nacionales y territoriales) que se encuentren pendiente de pago
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
HOLA, LES AGRADEZCO ME INDIQUEN COMO DEBO BUSCAR UN TEMA EN ACTUALICESE.
GENERALMENTE LEO LA PAGINA Y SE QUQE TEMAS HAN TRATADO, PERO DESPUES CUANDO DESEO LOCALIZARLO NO SE COMO BUSCARLO PARA TRAERLO Y LEERLO OTRA VEZ.
SI SE PUEDE HACER? COMO EN UN GOOGLE? HAY ALGUNA PARTE DE LA PAAGINA DONDE COLOCO EL TEMA Y LO BUSCO?
PORFA INDIQUENLO POR QUE ME SERIA MUY UTIL
GRACIAS
PERLA
Muchas gracias, son temas de necesario conocimiento. Bien
[...] Es decir, la DIAN le dará un único y primer aviso al contribuyente (enviándoselo a su dirección de correo urbano) para que proceda ese mismo día en que reciba el aviso a presentar en bancos los recibos oficiales de pago con los cuales cancele la totalidad de los valores que esté adeudando (por retenciones, intereses de mora o sanciones), recordándole que los pagos se imputarán de acuerdo a la norma contemplada en el artículo 804 del Estatuto Tributario (que tratamos en nuestra conferencia: “Cómo se imputan los abonos parciales a las declaraciones tributarias”). [...]