Esta carta, la pueden enviar a las empresas aquellos trabajadores independientes cuyos ingresos mensuales por contrato o contratos de servicios (honorarios, comisiones o bien emolumentos eclesiásticos), que no superen hoy 300 UVT mensuales (300 X $ 25.132 = $ 7.539.600) , o anuales (300 X 12 =3.600 x 25.132 = $ 90.475.200)




