¿Que es la Prima de Servicios?
Se entiende como prima de servicios a un salario mensual por cada año laborado que un trabajador debe pagar a sus empleados (Excepto Servicio Doméstico). Si es inferior a un año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado. (Corresponde a 15 días de salario por cada semestre del año laborado o proporcional si es menor). Otros aspectos importantes a tener en cuenta son:
- Empleadores Independientes deben pagar Prima de Servicio
- Sanción por no pagar o demorarse con la Prima: Sanción art. 65 C.S.T.
- Los días de incapacidad y licencias remuneradas se contabilizan para la Prima
- Los días de vacaciones se contabilizan para pagar la Prima
- No se contabiliza los días de licencia no remunerada o suspensión disciplinaria
¿Cuándo se paga?
- 30 de junio
- primeros 20 días de diciembre.
Fórmula para liquidar la Prima de Servicio
Salario x días laborados en el semestre ÷ 360 = Prima Servicio
Salario Variable: Se promedia los salarios del semestre, no del año.
Nota: Se suma al salario el Auxilio de Transporte si el trabajador lo percibe. (Art. 7º Ley 1ª de 1963)
Consideraciones Importantes:
- El Salario Base para la Liquidación de la Prima corresponde al salario promedio del respectivo período semestral a pagar, más subsidio de transporte si el trabajador lo percibe.
- La Prima se causa por lo laborado entre el 1 de enero y el 30 de junio o proporcional en dicho tiempo y la segunda quincena que se cancela por lo laborado entre el 01 de julio y el 31 de diciembre o proporcional en dicho tiempo del semestre.