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Retención en la fuente a título de los impuestos nacionales vigentes en Colombia (renta, iva, timbre) aplicable durante el año fiscal 2006

 

Nota: se incluyen los conceptos más relevantes, aunque en la práctica existen muchos más; se recomienda examinar cada caso particular a la luz de la norma vigente antes de tomar la decisión final)

*Ultima fecha de actualización: abril de 2006

Categoría

Item

CONCEPTOS

A partir de (cifras en pesos)

%

A título del impuesto de Renta y Complementarios

- Cuando el beneficiario es un residente en Colombia -


(art 365 a 404-1 del ET)

(ver nota 1 abajo)

1

Ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria

$ 1.895.001

Véase tabla dec 4713 de 2005

2

Rendimientos financieros en general

 

$ 1

7%

3

Honorarios y Comisiones
(cuando el beneficiario sea una persona jurídica o asimilada ;

 

$1

11%

4

Honorarios y Comisiones
(cuando el beneficiario es una persona natural , que va a recibir de parte de un mismo pagador, un monto de honorarios o comisiones que no exceden , dentro del mismo año fiscal 2006, el valor de $ 66.888.000 ; sin embargo, si del contrato firmado con tal persona natural se desprende que sí va a recibir un valor superior al antes citado, la tarifa se aplica al 11% desde el comienzo de los pagos; igualmente, si no hay contrato, pero en algún momento dentro del año 2006 la suma de los pagos acumulados llega a exceder dicho tope, desde ese momento en adelante se cambia la tarifa del 10% al 11%; )

 

$1

10%

5

Contratos de consultoría y administración delegada (cuando el beneficiario sea una persona jurídica o asimilada )

 

$1

11%

5.1

Contratos de consultoría y administración delegada POR OBRAS PUBLICAS, en donde el contratante es la Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito Capital de Bogotá, los establecimientos públicos, las empresas industriales, y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta en las que el Estado posea el 90% (cuando el beneficiario del pago sea una persona juridica o natural declarante de renta)

$1

6%

5.2

Contratos de consultoría y administración delegada POR OBRAS PUBLICAS, en donde el contratante es la Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito Capital de Bogotá, los establecimientos públicos, las empresas industriales, y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta en las que el Estado posea el 90% (cuando el beneficiario sea persona natural no declarante de renta; la persona natural pasará a estar sujeta a tarifa del 6%, si el contrato a firmar supera los $66.888.000, o si en algun momento dentro del año 2006 los pagos que le realice un mismo agente retenedor superen esa cifra)

$1

10%

6

Contratos de administración delegada
(cuando el beneficiario sea una persona natural ; se aplican los mismos criterios que antes citamos cuando el pago es por “honorarios y comisiones”)

 

$1

10%

7

Servicios en general
(cuando el beneficiario sea una persona jurídica. Aplica también si el beneficiario es una persona natural declarante de renta; en este ultimo caso, la persona natural será “declarante de renta” solo si los pagos que le haga un mismo agente de retención, durante el año 2006, exceden los $66.888.000; si no exceden de tal tope, se aplica la tarifa del 6%)

 

$ 78.000

4%

8

Servicios en general
(cuando el beneficiario sea un persona natural no declarante de renta; tal persona será “no declarante” cuando los pagos que le haga el mismo agente de retención, dentro del año 2006, no excedan los $ 66.888.000 )

 

$ 78.000

6%

9

Servicios de transporte nacional de carga
(terrestre, aereo o marítimo)

 

$ 78.000

1%

10

Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre)

 

$ 545.000

3,5%

11

Servicio de transporte nacional de pasajeros
(aéreo y marítimo)

  • Dec 399 de 1987, art.2

 

$ 78.000

1%

12

Servicios prestados por Empresas Temporales de Empleo

 

$ 78.000

1 %

13

Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo

 

$ 78.000

2 %

14

Arrendamiento de Bienes Muebles

 

$ 1

4%

15

Arrendamiento de Bienes Raíces

 

$ 545.000

3,5%

16

Loterías, Rifas, Apuestas y similares

 

$ 952.000

20%

17

Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes

 

$ 78.000

3.5%

18

Enajenación de activos fijos por parte de una persona natural (si lo que enajena es un bien raíz, el agente de retención es el notario; si lo que enajena es un vehículo, el agente de retención es la secretaría de transito; si enajena otro tipo de activos fijos, el agente de retención será quien le hace el pago;

 

$ 1

1%

19

Contratos de construcción, urbanización y en general confección de obra material de bien inmueble

 

$ 545.000

1%

20

Compras y otros ingresos tributarios en general

 

$ 545.000

3.5%

21

Compra de bienes y productos Agrícolas o Pecuarios sin procesamiento industrial

 

$ 1.848.000

1.5%

22

Compra de Café Pergamino o cereza

 

$ 3.128.000

0.5%

23

Compra de Combustibles derivados del petróleo

  • DR.3715 de 1986, art.2

 

$1

0.1%

24

Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito
(en estos casos, el agente de retención es el banco emisor de la tarjeta débito o crédito)

 

$1

1,5%

 

25

Por emolumentos eclesiasticos efectuados a personas naturales, y si la persona es "declarante de renta"

$545.000

4%

 

26

Por emolumentos eclesiasticos efectuados a personas naturales , y si la persona no es declarante de renta

$545.000

3,5%


A título del impuesto de Renta y Complementarios

- Cuando el beneficiario es un No residente en Colombia -


( art.319 a 328 y 406 a 419 del ET )

(ver nota 1 abajo)

1

Dividendos y participaciones

(nota: la retención solo se hace a título de renta, pero no se hace retención a título de impuesto de remesas)

Las utilidades que de haberse distribuido a un residente en Colombia hubieren estado gravadas

35%

2

Intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial

$1

35% a título de renta y 7% a título de remesas; este ultimo porcentaje se calcula sobre la base después de restar la retención a título de renta

3

Consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior

$1

10% como tarifa única de renta y remesas

 


A título del impuesto sobre las ventas


( art. 437-1 y 437-2 del ET

(ver nota 2 abajo)

1

Por compras de bienes (de $547.000 en adelante) y servicios (de $78.000 en adelante) gravadas con IVA, cuando el beneficiario del pago es residente en Colombia, y el pago se realiza por fuera del sistema de tarjetas débito o crédito

La base es el 100% del valor del IVA facturado o teórico (ver nota 3 abajo)

50% del IVA

2

Por compras de bienes (de $547.000 en adelante) y servicios (de $78.000 en adelante) gravadas con IVA, cuando el beneficiario del pago es residente en Colombia, y el pago se realiza utilizando como medio de pago las tarjetas débito y crédito (en este caso el agente de retención de IVA es el banco emisor de la respectiva tarjeta)

 

La base es el 100% del valor del IVA facturado o teórico (ver nota 3 abajo)

10% del Iva

3

Por el pago de servicios (de $78.000 en adelante) gravados con IVA, prestados en suelo colombiano, pero quien prestó el servicio es un no residente en Colombia

La base es el 100% del IVA teórico (ver nota 3 abajo)

100% del IVA

4

Por compras de aviones
(en este caso el agente de retención es la Aeronáutica Civil )

La base es el 100% del valor del IVA facturado

100% del IVA


A título del impuesto de timbre nacional


( art.519 parágrafo, del ET)

1

El impuesto se origina sobre documentos en los cuales se desprendan obligaciones para una de las partes y derechos para la otra, siempre y cuando en la fecha de la firma de dicho documento el mismo tenga una cuantía superior a….

o sin tener cuantía determinada, se pueda tener certeza de que los pagos superarán dicha cifra (en el primer caso, la retención se practica en la fecha de emisión del documento; en el segundo caso, la retención se practica en el momento de cada pago parcial

 

 

$ 63.191.000

 

 

1.5%

 

Notas

(1) Las personas naturales que efectúen pagos, son también agentes de retención a título de renta y complementarios unicamente por los conceptos de “salarios” (art.383 del ET), y en todos los conceptos en los que el beneficiario sea un “no residente” en Colombia. De otra parte, para poder actuar como agentes de retención a título del impuesto de renta y complementarios en los conceptos de “honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos” (art.392 del ET), “rendimientos financieros (art.395 del ET) y ”, “compras” (art.401 del ET), se exige que la persona natural que hace el pago cumpla con la totalidad de los siguientes requisitos (ver art.368-2 del ET):

- Ser comerciante obligada a llevar libros de contabilidad

- Haber tenido a dic de 2005 un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a $596.135.000

(2) Solo cuando el valor de la compra antes de IVA da base para hacer retención a titulo de renta, en ese caso se hará también la retención a titulo de IVA pero se hace sobre el valor del IVA liquidado ( ver DR 782 de 1996 , art.1 y 2) sin embargo, aunque para “compras” la base para hacer retención de renta es $ 545.000, en el caso de la retención de IVA varía a $ 547.000 (vease el