Mientras en otros lugares del mundo se propicia una contabilidad simplificada para las pymes expidiendoles reglas contables específicas o excepciones a la aplicación de algunos conceptos que sean considerados “complejos” en lo referente a sus características o en consideración a su responsabilidad pública, en Colombia se está proponiendo un proyecto de Ley en el cual se les exige menos información. A diferencia de otros proyectos de contabilidad para pymes (aquí relacionados), la presenta iniciativa gubernamental no especifica los aspectos excepcionales ni se considera en que casos algunas de estas entidades deberían reportar información completa para los usuarios generales y para el público en caso de que realicen ciertas operaciones, suscriban contratos o asuman riesgos que le impliquen responsabilidad pública con distintos grupos de interés.
No obstante, el presente borrador de decreto publicado por el Ministerio de Comercio, representa un primer paso para el establecimiento de un régimen de contabilidad simplificada para las Pymes en Colombia, avance reclamado constantemente por algunos sectores académicos y profesionales del país.
1. Para ver el Proyecto de Ley en Colombia, Click aquí;
2. Para ver el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas Aprobado en España, Click aquí;
3. Para ver el Proyecto de Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Empresas presentado por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB en sus siglas en inglés), seleccione el enlace directamente desde el sitio web de IASB, así:
Proyecto de IFRS para las entidades pequeñas y medianas
Se destaca que el Ministerio de Comercio esté tomando en cuenta los criterios de los debidos procesos internacionales en la emisión de normas contables, es decir, publicar un borrador de la norma antes de emitirla. Esta es una buena señal de cómo en Colombia se están adoptando mejores prácticas internacionales, tanto en la regulación como en la práctica contable.
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La recientemente expedida ley 1231 de julio 2008 introduce importantes modificaciones al código de Comercio para redefinir la forma en como se seguirán manejando los títulos valores que hasta ahora se conocen como “Facturas Cambiarias de Compraventa” y que a partir del 18 de octubre de 2008 se llamarán simplemente “Factura”.
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