Flash Tributar: Declaración de retenciones sin pago tendrán validez legal - J. Orlando Corredor Alejo
La ley 1066 de 2006 determinó la obligación legal de presentar las declaraciones de retención en la fuente con pago, so pena de tenerse como no presentadas. En efecto, el artículo 580 literal e) del ET, adicionado por la citada Ley 1066, determina que no se entenderá cumplido el deber de presentar la declaración de retención, cuando la declaración se radique sin pago.
