Actualicese.com El Portal de los Contadores Públicos

 
 

 

Título III

Instrucciones para el Diligenciamiento de la Declaración Informativa Consolidada Precios de Transferencia (Formulario 130) Año gravable 2004 ó Fraccion año gravable 2005.

Capítulo Uno

Estas instrucciones son una orientación general para el diligenciamiento de la Declaración Informativa Consolidada Precios de Transferencia, formulario 130, prescrito por la DIAN para el efecto, y no eximen de la obligación de aplicar, en cada caso particular, las normas legales que regulan el régimen de precios de transferencia.

El formulario 130 está compuesto de dos hojas: una Hoja principal y otra denominada “Hoja 2” .

Recuerde que si se trata de la corrección de algún dato de la declaración, deberá diligenciar todos los renglones de un nuevo formulario, el cual reemplaza totalmente al anterior, salvo en la sección pagos, donde debe registrar únicamente los valores que cancele junto con la presentación de la declaración de corrección. Las cifras consignadas en el formulario deberán presentarse en pesos colombianos. Los valores diligenciados en la declaración deberán ser aproximados al múltiplo de mil más cercano. Para efectos prácticos, primero se presentarán las instrucciones para el diligenciamiento de la Hoja 2 y posteriormente, las instrucciones para el diligenciamiento de la Hoja principal, debido a que algunos de los datos consignados en aquella deben ser trasladados a la Hoja principal.

 

Instrucciones a la Hoja 2 de la Declaración Informativa Consolidada Precios de Transferencia Año gravable 2004

Cuando requiera más de una página de la Hoja 2 de la Declaración Informativa Consolidada Precios de transferencia, deberá utilizar tantas fotocopias de la misma como sean necesarias, las cuales deberán corresponder al mismo formulario y adjuntarse a la declaración para su presentación. Tenga en cuenta que existirá la obligación de presentar la Declaración Informativa Consolidada, cuando el ente controlante o matriz o cualquiera de las sociedades o entidades subordinadas o controladas tenga la obligación de presentar la Declaración Informativa Individual Precios de Transferencia. En esta declaración se deberá incluir la totalidad de las operaciones realizadas por el obligado a declarar y por todas las subordinadas o controladas con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, independientemente de que las mismas se encuentren o no obligadas a presentar la Declaración Informativa Individual Precios de Transferencia.

 

ESPACIO RESERVADO PARA LA DIAN

Página ___ de___.

Usted debe presentar la consolidación de sus operaciones y las de cada subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, por lo cual puede necesitar más espacios o ítems de los destinados para el efecto en la Hoja 2, para ello, deberá fotocopiar esta hoja cuantas veces sea necesario. Diligencie en este espacio, de derecha a izquierda, cuantas páginas utilizó, indicando en cada una el número que le corresponda seguido del total de las mismas. A manera de ejemplo, si diligencia sólo una página de la Hoja 2 deberá anotar página 1 de 1; si diligencia 3 páginas de esta hoja, en la primera página se anotará página 1 de 3, en la segunda 2 de 3, y así sucesivamente.

 

Casilla 1. Año.

De acuerdo con el artículo 260-8 del Estatuto Tributario la Declaración de Precios de Transferencia tiene una periodicidad anual. Esta casilla corresponde al año gravable que se declara. Viene preimpreso: 2004.

Recuerde que la declaración debe diligenciarse en el formulario 130 prescrito por la DIAN para el año gravable que se va a declarar.

Casilla 4. Número de formulario.

Espacio determinado para el número único asignado por el sistema de la DIAN a cada uno de los documentos.

 

SECCION DATOS GENERALES.

 

Casilla 5. Número de Identificación Tributaria (NIT).

El Número de Identificación Tributaria, NIT, constituye el código de identificación de los inscritos en el RUT.

El Registro Unico Tributario, RUT, establecido por el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, constituye el nuevo y único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Todos los obligados a declarar deben inscribirse en el Registro Unico Tributario para obtener el NIT.

Para efectos de la presentación de las declaraciones tributarias y pago de las obligaciones, el documento de identificación es el “Número de Identificación Tributaria - NIT” asignado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (Art. 555-1 E. T.)

Escriba el NIT, asignado al obligado a declarar por la DIAN , sin el dígito de verificación. En ningún caso escriba puntos, comas, guiones o letras.

 

Casilla 6. DV. (Dígito de verificación).

La DIAN al final del NIT asigna un dígito llamado de verificación que no se considera parte integrante del NIT, cuya función es garantizar la veracidad de la expedición y la exclusividad para el contribuyente al que se le asignó, según lo determina el artículo 31 del Decreto 2321 de 1995.

Escriba el número que en el NIT del obligado a declarar se encuentra separado por un guión, llamado “Dígito de verificación”.

 

Casilla 7. Apellidos y nombres completos o razón social.

Si es persona jurídica o sociedad de hecho, escriba la razón social completa como está inscrito en el RUT. Si es persona natural, escriba el nombre completo y en orden como figure en el documento de identificación del obligado a declarar: Primer apellido, segundo apellido, primer nombre y otros nombres, así: Ej.: RAMIREZ PARDO SEBASTIAN ENRIQUE ó “ LA IDEAL Y CIA. LTDA.”

 

SECCION OPERACIONES CON VINCULADOS ECONOMICOS O PARTES RELACIONADAS DEL EXTERIOR.

Inicie esta sección registrando las operaciones propias del obligado a declarar que sean objeto de consolidación.

 

Casilla 43. Nombre o razón social del obligado a declarar o razón social de la entidad subordinada o controlada.

En esta casilla se deberá diligenciar el nombre o la razón social del obligado a declarar o la razón social de la entidad subordinada o controlada en Colombia, según sea el caso, que celebró operaciones por el año gravable 2004 con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, tal como aparece en el RUT.

Casilla 44. Número de Identificación Tributaria (NIT).

Registre el NIT del obligado a declarar o de la entidad subordinada o controlada que está informando, según corresponda. En ningún caso escriba puntos, comas, guiones o letras.

Casilla 45. “DV”. (Dígito de verificación).

Escriba el dígito de verificación, correspondiente al NIT del obligado a declarar o de la entidad subordinada o controlada que está informando sin puntos, comas o guiones según corresponda.

Casilla 46. % Porcentaje participación en la subordinada o controlada.

Registre la participación que el obligado a declarar tenga en la composición del capital de la subordinada o controlada informada, a 31 de diciembre de 2004, indicando el porcentaje con dos cifras decimales aún cuando se trate de ceros. A manera de ejemplo, si el porcentaje obtenido de la operación da como resultado 20,50, se deberá anotar 20,50. Diligencie en ceros (0) cuando no se tenga participación o si se trata del reporte de las operaciones del obligado a declarar.

Casilla 47. Monto de las operaciones de ingreso.

Registre la sumatoria de los montos de las operaciones de ingreso realizadas por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso, y en relación con los siguientes tipos de operación:

OPERACIONES DE INGRESO

- Netos por venta de inventarios producidos.

- Netos por venta de inventarios no producidos.

- Servicios intermedios de la producción.

- Servicios administrativos.

- Seguros y reaseguros.

- Comisiones.

- Honorarios.

- Regalías.

- Publicidad.

- Asistencia técnica.

- Servicios técnicos.

- Prestación de otros servicios financieros.

- Prestación de otros servicios diferentes de los financieros.

- Intereses.

- Arrendamientos.

- Enajenación de acciones.

- Venta de activos fijos.

- Utilidad por operaciones de futuros distintas de las del sector financiero.

- Otros ingresos.

En caso de no presentarse operaciones de ingreso, diligencie en esta casilla cero (0).

 

Casilla 48. Monto de las operaciones de egreso.

Registre la sumatoria de los montos de las operaciones de egreso realizados por el obligado a declarar, o por la entidad subordinada o controlada en el país, con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso, y en relación con los siguientes tipos de operación:

OPERACIONES DE EGRESO

- Compra neta de inventarios para producción.

- Compra neta de inventarios para distribución.

- Servicios intermedios de la producción.

- Servicios administrativos.

- Seguros y reaseguros.

- Comisiones.

- Honorarios.

- Regalías.

- Publicidad.

- Asistencia técnica.

- Servicios técnicos.

- Prestación de otros servicios financieros.

- Prestación de otros servicios diferentes de los financieros.

- Intereses.

- Arrendamientos.

- Compra de acciones (inventario).

- Pérdidas por operaciones de futuros distintas de las del sector financiero.

- Garantías.

- Compra de acciones y aportes (activo fijo).

- Otras inversiones.

- Compra de activos fijos no depreciables.

- Compra de activos fijos depreciables, amortizables, intangibles y agotables.

- Compra de otros activos.

- Otros egresos.

Cuando no se realicen operaciones de egreso diligencie en esta casilla cero (0).

 

MONTO DEL MOVIMIENTO Y SALDO DEL ACTIVO Y DEL PASIVO.

 

Casillas 49 a 54.

En las casillas 49 a 54 únicamente se deberá informar las operaciones del activo y/o pasivo realizadas en el año gravable 2004 que correspondan a los siguientes conceptos: Préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior; siempre y cuando no hayan afectado el estado de resultados. Las demás operaciones de activo y/o pasivo no deben ser declaradas. Lo anterior en relación con los siguientes tipos de operación de activo y pasivo:

Operaciones de Activo:

- Cuentas por cobrar clientes.

- Cuentas por cobrar accionistas y/o socios.

- Otras cuentas por cobrar.

- Acciones y aportes (activo fijo).

- Otras Inversiones.

- Inventarios.

- Activos fijos no depreciables.

- Activos fijos depreciables, amortizables, intangibles y agotables.

- Otros activos.

 

Operaciones de Pasivo:

- Cuentas por pagar a proveedores.

- Cuentas por pagar accionistas y/o socios.

- Cuentas por pagar al sector financiero.

- Ingresos recibidos por anticipado.

- Otros pasivos.

 

MONTO DEL MOVIMIENTO Y SALDO DEL ACTIVO.

Casilla 49. Movimiento débito.

Registre el monto total de los movimientos débito de las operaciones de activo por los conceptos de: Préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior, realizados por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país, con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso. Cuando no se presenten movimientos diligencie en esta casilla cero (0).

 

Casilla 50. Movimiento crédito.

Diligencie el monto total de los movimientos crédito de las operaciones de activo por los conceptos de: Préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior, realizados por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso. Cuando no se presenten movimientos diligencie en esta casilla cero (0).

 

Casilla 51. Saldo final.

Diligencie el saldo contable a 31 de diciembre de 2004 registrado por los conceptos de: Préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior, realizados por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso. En ningún caso diligencie con valores negativos.

 

MONTO DEL MOVIMIENTO Y SALDO DEL PASIVO.

 

Casilla 52. Movimiento débito.

Diligencie el monto total de los movimientos débito de las operaciones de pasivo por los conceptos: Préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior, realizados por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso. Cuando no se presenten movimientos diligencie en esta casilla cero (0).

 

Casilla 53. Movimiento crédito.

Diligencie el monto total de los movimientos crédito de las operaciones de pasivo por los conceptos: Préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior, realizados por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso. Cuando no se presenten movimientos diligencie en esta casilla cero (0).

 

Casilla 54. Saldo final.

Diligencie el saldo contable a 31 de diciembre de 2004 registrado por los conceptos: préstamos, reintegros o reembolsos de gastos y operaciones efectuadas a nombre de vinculados económicos del exterior, realizados por el obligado a declarar o por la entidad subordinada o controlada en el país con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior, según sea el caso. En ningún caso diligencie con valores negativos.

 

SECCION RESUMEN DE LOS VALORES ANOTADOS EN LA HOJA 2 DE LA DECLARACION INFORMATIVA CONSOLIDADA PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

Cuando se utilice más de una página de la Hoja 2 de la Declaración Informativa Consolidada Precios de Transferencia, el resumen de las operaciones deberá diligenciarse únicamente en las casillas correspondientes de la última página utilizada. En las demás páginas deberán registrarse enestas casillas cero (0). De igual forma cuando las sumatorias realizadas sean iguales a cero (0) deberá registrarse ese valor. Estos valores son los que llevará a la Hoja principal de esta declaración .

 

Casilla 55. Monto total de las operaciones de ingreso.

Registre la sumatoria de los montos de las operaciones de ingreso declarados en la casilla 47 (Monto de las operaciones de ingreso) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 29 (Monto total de las operaciones de ingreso) de la Hoja principal.

 

Casilla 56. Monto total de las operaciones de egreso.

Registre la sumatoria de los montos de las operaciones de egreso declarados en la casilla 48 (Monto de las operaciones de egreso) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 30 (Monto total de las operaciones de egreso) de la Hoja principal.

 

MONTO TOTAL DEL MOVIMIENTO Y SALDO DEL ACTIVO.

 

Casilla 57. Movimiento débito.

Registre la sumatoria de los movimientos débito del activo declarados en la casilla 49 (Movimiento débito) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 31 (Movimiento débito) de la Hoja principal.

 

Casilla 58. Movimiento crédito.

Registre la sumatoria de los movimientos crédito del activo declarados en la casilla 50 (Movimiento crédito) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 32 (Movimiento crédito) de la Hoja principal.

 

Casilla 59. Saldo final.

Registre la sumatoria de los saldos contables del activo declarados en la casilla 51 (Saldo final) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 33 (Saldo final) de la Hoja principal.

 

MONTO TOTAL DEL MOVIMIENTO Y SALDO DEL PASIVO.

 

Casilla 60. Movimiento débito.

Registre la sumatoria de los movimientos débito del pasivo declarados en la casilla 52 (Movimiento débito) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 34 (Movimiento débito) de la Hoja principal.

Casilla 61. Movimiento crédito.

Registre la sumatoria de los movimientos crédito del pasivo declarados en la casilla 53 (Movimiento crédito) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 35 (Movimiento crédito) de la Hoja principal.

Casilla 62. Saldo final.

Registre la sumatoria de los saldos contables del pasivo declarados en la casilla 54 (Saldo final) de la Hoja 2. Esta cifra deberá ser llevada a la casilla 36 (Saldo final) de la Hoja principal.

Casilla 63. Total de entidades consolidadas.

Registre, de derecha a izquierda, el número total de entidades que son objeto de consolidación por el año gravable 2004. Este dato deberá llevarse a la casilla 28 (Total entidades consolidadas) de la Hoja principal.

 

Anterior l Siguiente